31/Ene/08 20:30
CREDITO AL SALARIO PARA LA DECLARACION ANUAL DE SUELDOS 2007
Hola buenas noches, el art. 177 y 178 de la LISR vigente para 2007 no señala en el procedimiento de cálculo anual para sueldos y salarios el acreditamiento del Crédito al Salario.
Cual es el procedimiento correcto, ¿se suma el crédito al salario que le correspondió al trabajador por cada uno de los 12 meses? o ya NO se toma en cuenta, porque en su momento, hay trabajadores que por sus ingresos se les entregó CAS y no hubo retenciones, pero si en el procedimiento anual ya no se toma en cuenta el CAS, puede resultar una retención elevada.
Me interesa mucho su apoyo. Mil gracias.
LC Roberto García