31/Ene/08 17:56
Re: Vales de restaurant
Hola:
Dado que se saca a relucir para efectos de IMSS, dejame indicarte lo que se consideraria acumulable, por alimentacion al SBC, como sigue:[/b:7f44153439]
[b:7f44153439][color=red:7f44153439]Artículo 5 A LSS[/color:7f44153439][/b:7f44153439]. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
....
XVIII. Salarios o salario: la retribución que la Ley Federal del Trabajo define como tal. [b:7f44153439]Para efectos de esta Ley[/b:7f44153439], [color=blue:7f44153439]el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones,[/color:7f44153439] [b:7f44153439][color=green:7f44153439]alimentación[/color:7f44153439][/b[b][color=blue:7f44153439]], habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, [/color:7f44153439][/b:7f44153439][color=red:7f44153439][u:7f44153439]con excepción [/u:7f44153439]de los conceptos previstos en el artículo 27 de la Ley, y[/color:7f44153439]
[b:7f44153439][color=red:7f44153439]Artículo 27 LSS. [/color:7f44153439][/b:7f44153439][b:7f44153439][color=blue:7f44153439]Para los efectos de esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base de
cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos[/color:7f44153439][/b:7f44153439]:
[b:7f44153439][color=blue:7f44153439]V. La [/color:7f44153439][/b:7f44153439][b:7f44153439][color=green:7f44153439]alimentación[/color:7f44153439][/b:7f44153439] [b:7f44153439][color=blue:7f44153439]y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores[/color:7f44153439][/b:7f44153439]; [b:7f44153439][color=brown:7f44153439]se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo, el veinte por ciento del salario mínimo general diario que rija en el Distrito[/color:7f44153439][/b:7f44153439]Federal;
[b:7f44153439]Para efectos de ISR, debe aplicarse su propias disposiciones, sugiero darle lectura al art 109 LISR, para proceder conforme a derecho
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?