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29/Ene/08 13:51
pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

:P buenas tardes estimados foristas, tengo una duda en la determinacion del pago de Ietu por lo siguiente: Base de pago de ISR : 4'448.00 EL IMPUESTO A PAGAR DE ISR ES DE 273.00 pero tengo un ISR retenido de 505.00 y me resulta un saldo a favor de (232.00) despues al calcular el IETU, aplicando el 16.50 % me resulta un importe de 734.00
ahora bien no pago ISR (0) pero tengo que pagar los 734 de IETU? es decir no acredito nada màs porque no tengo ni inversiones ni sueldos.
es correcta mi apreciaciòn? Gracias por la ayuda y apoyo que me pudieran otorgar.
 

 
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cruzalex
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29/Ene/08 13:54
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

ASI ES TIENES QUE PAGAR LOS 734.00 DE IETU.
 
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lcruizuscanga
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29/Ene/08 14:38

para poder armar los calculos adecuados requeririamos las cantidades TODAS que estan jugando en el calculo

pero comprueba tu calculo con esto

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&sid=2107&mode=&order=0&thold=0&file=article&#_Toc189228097


saludos y esperamos tus comentarios
 
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lobozac
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29/Ene/08 15:02

ahora bien, de que tipo de retencion estamos hablando ?


si es [i:0a99c0400c]retencion [/i:0a99c0400c][/b:0a99c0400c]que [b:0a99c0400c][color=red:0a99c0400c]encuadre [/color:0a99c0400c]en Artículo 10, cuarto párrafo, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° de octubre, 2007.....podras considerar la cantidad y afectar el ietu y al aplicar la comparativa tu monto a pagar NO SERA LOS 734, SINO........ $ 228.92 **

**ESTA CANTIDAD, INSISTO, QUE LA COMPRUEBES CON LA HOJA DE CALCULO QUE AMABLEMENTE TE LA PROPORCIONA FISCALIA, O QUE "ME " PASES LAS CANTIDADES ABSOLUTAS EN JUEGO

saludos
 
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29/Ene/08 15:54

ESPERO TUS COMENTARIOS, .....YA estamos en la recta final de enero, y es muy importante que intercambiemos comentarios FUNDADOS para apoyarnos en la determinacion CORRECTA de los impuestos de nuestros clientes.....y asi poder preparar, calcular, y presentar provisional de enero en febrero

saludos
 
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lobozac
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29/Ene/08 16:05

visualiza y grabate en tu mente esta regla.....asi te sera mas facil comprender el calculo

.
 Es COMPLEMENTARIO del Impuesto Sobre la Renta.

 [color=blue:6bf275771e]ISR [/b:6bf275771e][/color:6bf275771e][color=red:6bf275771e][u:6bf275771e][b:6bf275771e]> [/b:6bf275771e][/u:6bf275771e][/color:6bf275771e]IETU, [color=red:6bf275771e][b:6bf275771e]únicamente se paga el ISR.[/b:6bf275771e][/color:6bf275771e]


[color=red:6bf275771e][u:6bf275771e][b:6bf275771e]IETU >[/b:6bf275771e][/u:6bf275771e][/color:6bf275771e] ISR, [color=red:6bf275771e][b:6bf275771e][u:6bf275771e]se paga ISR [/u:6bf275771e][/b:6bf275771e][/color:6bf275771e]y [color=blue:6bf275771e][b:6bf275771e][u:6bf275771e]la diferencia [/u:6bf275771e][/b:6bf275771e][/color:6bf275771e]entre ambos [color=blue:6bf275771e][u:6bf275771e]por concepto de IETU[/u:6bf275771e][/color:6bf275771e],


 [b:6bf275771e][u:6bf275771e]Si existe IETU [/u:6bf275771e][/b:6bf275771e]y [b:6bf275771e][color=red:6bf275771e]el ISR es 0 [/color:6bf275771e]se [color=blue:6bf275771e]paga solamente IETU.[/color:6bf275771e]

saludos
 
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lobozac
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29/Ene/08 19:16
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

buenas tardes estimados foristas, gracias por su apoyo y asesorìa y aqui van los datos: Ingresos cobrados 9'304.80 ISR Retenido 505.26

Gastos para ISR 4'857.29 PARA IETU 4'857.29
del ejemplo que vi (el segundo) me permite restar el ISR retenido para IETU
ISR-- INGRESOS 9'304.80 IETU-Ingresos 9'304.80
IMPUESTO ISR 273.03 TASA IETU 16.5 %
menos (ISR Reten) 505.26 Impuesto IETU 733.84
ISR A FAVOR - 232.23 menos ( Isr Reten) 505.26
Acreditamiento
ISR incluyendo Retenciones
IETU A PAGAR 228.58
Asi es como lo entendì, considerando el 2do ejemplo del archivo de excel del IETU, espero haber sido explicito y me puedan orientar y asesorar correctamente y de nuevo gracias por su invaluable apoyo
 

 
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cruzalex
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29/Ene/08 19:25

literALMENTE no ES EL SEGUNDO EJEMPLO, ES EL CALCULO PARA PROVISIONAL DE ENERO......PERO BUENO EL ORDEN DE LOS FACTORES.........

ASI SERIA LA FORMA, LOS FUNDAMENTOS YA TE LOS DIJE Y APARTE VIENEN EN EL MANUAL

NO SE TE OLVIDE QUE CUANDO PRESENTES EL PROVISONAL, DEBERAS PRESENTAR EL LISTADO DE CONCEPTOS

RECUERDA ADEMAS QUE LA RETENCION DEBE SER LA QUE TE RETUVIERON , NO LA QUE RETUVISTE

SALUDOS
 
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lobozac
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29/Ene/08 19:54
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

:P Gracias Lobozac, pero si puedo acreditar el ISR RETENIDO x Personas Morales en el pago del IETU el total o solo el que acredite en el pago del ISR, te comento esto porque en un programa del Sifiscal solo toman el importe del ISR que resulto a pagar y no el importe total de la retenciòn del 10% de ISR, ES DECIR SOLO TOMAN COMO ACREDITAMIENTO EL IMPORTE DEL ISR QUE RESULTO A PAGAR, AUN CUANDO CON EL ISR A PAGAR SALIO A FAVOR CON OTRA CANTIDAD.
 

 
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cruzalex
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30/Ene/08 0:12
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

[quote:2e79f9529c="cruzalex"]:P Gracias Lobozac, [color=red:2e79f9529c]pero si puedo acreditar el ISR RETENIDO x Personas Morales en el pago del IETU el total [/color:2e79f9529c]o solo el que acredite en el pago del ISR, te comento esto porque en un programa del Sifiscal solo toman el importe del ISR que resulto a pagar y no el importe total de la retenciòn del 10% de ISR, ES DECIR SOLO TOMAN COMO ACREDITAMIENTO EL IMPORTE DEL ISR QUE RESULTO A PAGAR, AUN CUANDO CON EL ISR A PAGAR SALIO A FAVOR CON OTRA CANTIDAD.[/quote:2e79f9529c]

NO SOY LOBOZAC, PERO VOY A TRATAR DE ACLARAR TU DUDA.

LA RETENCIÓN DEL 10% DE ISR, EN TU CASO, ES TOTALMENTE ACREDITABLE:

LIETU

ART. 10

5º. PÁRRAFO

El pago provisional del impuesto sobre la renta propio [color=red:2e79f9529c]por acreditar [/b:2e79f9529c][/color:2e79f9529c]a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [color=red:2e79f9529c][b:2e79f9529c]así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales.[/b:2e79f9529c][/color:2e79f9529c] No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

PARA ACREDITAR DICHA RETENCIÓN, TIENES 2 OPCIONES:

1.-ACREDITAS VS. IETU EL TOTAL DEL ISR PROPIO SIN DEDUCIRLE LA RETENCIÓN, O

2.-ACREDITAS VS. EL IETU, EL ISR EFECTIVAMENTE PAGADO[color=red:2e79f9529c][b:2e79f9529c] MAS [/b:2e79f9529c][/color:2e79f9529c]LA RETENCIÓN QUE TE EFECTUARON.

EN EL "[b:2e79f9529c]LISTADO DE CONCEPTOS DEL IETU" [/b:2e79f9529c]QUE DEBES PRESENTAR ANTE EL SAT, COMO TE COMENTA LOBOZAC, [b:2e79f9529c]APARECEN LOS 2 RENGLONES:[/b:2e79f9529c]

[b:2e79f9529c]45.-ACREDITAMIENTO DE PAGOS PROVISIONALES DEL ISR ENTERADOS ANTE LAS OFICINAS AUTORIZADAS

47.-ACREDITAMIENTO DEL ISR RETENIDO

LIGA DEL LISTADO DE CONCEPTOS:

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/anteproyectos/listaconceptos2.xls


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CHAVALON
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