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02/Ene/08 12:44
Cambio de RFC

Buenas tardes. Antes que nada Feliz Año a todos y gracias por la gran ayuda que representa este foro.

Tengo una duda: A una persona Fisica, representante de una copropiedad, por corrección de nombre en el mes de Noviembre de 2007 le cambiaron el RFC. De enero a Diciembre cobro rentas con un RFC y en Noviembre y Diciembre con otro diferente.

Cual es el RFC que se deberá considerar en las Declaraciones Anuales de esa persona y de sus copropietarios ¿el último? ¿proporcionalmente?
como deberán expedir las constancias sus inquilinos ¿una por cada RFC?
¿una global con el último RFC?

De antemano les doy las gracias por la orientación que sean tan gentiles de brindarme.

LMPSC
 
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Lmpsc
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02/Ene/08 12:57
Re: Cambio de RFC

La obligación para efectos fiscales (declaraciones anuales, pagos provisionales, informativas, etc) es por RFC, te sugiero que hagas todo lo que corresponda a Fiscal de forma separada en base a los periodos que indicas.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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02/Ene/08 13:37
Re: Cambio de RFC

Tal como lo comenta aruiz, tienes que presentar las declaraciones mensuales y anuales de acuerdo al rfc...como sugerencia para evitar problemas futuros con la shcp, presenta aviso de suspension de actividades del rfc que fue modificado.
 
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lcruizuscanga
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02/Ene/08 16:27
Re: Cambio de RFC

Pregunta en la SHCP, ¿cuál es el RFC "correcto" o vigente?

Si fue corregido el primer RFC, ya no debe de existir o estar vigente en el padrón de RFC. (Aunque los datos históricos deben permanecer ligados al segundo y definitivo RFC)

También habría que preguntar ¿qué hacer por los pagos ya realizados de Ene a Octubre 2007? Si habría necesidad de reasignarlos al nuevo RFC, me parece, que ese sería el procedimiento adecuado. Si no sabes ¿cómo reasignarlos desde el portal del SAT?, pregunta en la SHCP o el SAT.

Si se tiene la CIEC o FIEL debe verificarse esas reasignaciones al RFC nuevo.

Sólo 1 RFC debe de existir por persona. Así que sólo 1 declaración anual debe presentarse por persona. El manifestar dos o más declaraciones, no se podría aplicar el principio constitucional de proporcionalidad. Es decir, quien gane más deberá pagar más. Sería como partir los ingresos y posiblemente pagar menos.

Las declaraciones anuales anteriores, se quedarían como están, pero de cualquier manera habría que guardarlas para efectos de verificación por parte de las autoridades o de requerimientos de información.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Ene/08 16:50
Re: Cambio de RFC

Muy buen apunte "enrique9727", de preferencia mejor que acuda al SAT y que le den los pasos a seguir, en este caso en particular. Mucho te agradeceriamos "Lmpsc" nos informaras como concluyo tu asunto.

Saludos
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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02/Ene/08 16:55
Re: Cambio de RFC

[quote:e546049be9="Lmpsc"]Buenas tardes. Antes que nada Feliz Año a todos y gracias por la gran ayuda que representa este foro.

Tengo una duda: A una persona Fisica, representante de una copropiedad, [color=red:e546049be9][u:e546049be9]por corrección de nombre en el mes de Noviembre de 2007 le cambiaron el RFC[/b:e546049be9][/u:e546049be9][/color:e546049be9]. ............[size=18:e546049be9][u:e546049be9][b:e546049be9]donde o ante quien hicieron la correcion de nombre ?.......quien se lo cambio ?[/u:e546049be9][/size:e546049be9]......de aqui se puede desprender tu respuesta correcta

[color=blue:e546049be9]saludos y prospero 2008 !!!!!!!!!!!![/color:e546049be9]

De enero a Diciembre cobro rentas con un RFC y en Noviembre y Diciembre con otro diferente.

Cual es el RFC que se deberá considerar en las Declaraciones Anuales de esa persona y de sus copropietarios ¿el último? ¿proporcionalmente?
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¿una global con el último RFC?

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lobozac
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02/Ene/08 17:13

Bueno tal vez, no se le dé la respuesta completa, pero sí se le da la tonadita, para que la reconfirme y luego nos retroalimente.

Como comenta el tocayo aruiz, agradeceríamos muchisísimo a Lmpsc, por el aporte de la solución definitiva de su asunto.
 
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enrique9727
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02/Ene/08 19:31

Gracias por sus comentarios y amplio un poquito la información: El RFC se lo cambió el SAT al momento de hacer una aclaración y presentar identificación oficial, por ser de nacionalidad extranjera, para mayor sorpresa, tomaron su nombre con apellidos de casada ya que así aparece el nombre en la FM2.
Después de consultarles a Ustedes fuí al SAT y me dijeron que considere exclusivamente el 2do. RFC, ya que substituyó al primero y que solo en caso de que me requiriesen, presente escrito libre aclarando el por que se usó ese RFC. Suena razonable, ¿Ustedes que opinan?
Saludos
 
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03/Ene/08 10:18

[quote:27da644c45="Lmpsc"]Gracias por sus comentarios y amplio un poquito la información: El RFC se lo cambió el SAT al momento de hacer una aclaración y presentar identificación oficial, por ser de nacionalidad extranjera, para mayor sorpresa, tomaron su nombre con apellidos de casada ya que así aparece el nombre en la FM2.
Después de consultarles a Ustedes fuí al SAT y me dijeron [u:27da644c45]que considere exclusivamente el 2do. RFC[/u:27da644c45][/b:27da644c45], ya que [color=red:27da644c45][u:27da644c45][b:27da644c45]substituyó [/u:27da644c45][/color:27da644c45]al primero y que solo en caso de que me requiriesen, presente escrito libre aclarando el por que se usó ese RFC. Suena razonable, ¿Ustedes que opinan?
Saludos[/quote:27da644c45]


asi es, ......asi es siempre, EL RFC MODIFICADO (O SEA EL SEGUNDO) ES EL QUE PREVALECE PARA EFECTOS FISCALES Y LEGALES..........TUS MOVIMIENTOS PERTINENTES , LOS DEBERAS EFECTUAR CON EL IDEM VIGENTE

SALUDOS Y PROSPERO 2008 !!!!!!!
 
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lobozac
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03/Ene/08 10:42
Re: Cambio de RFC

7Hola:

Es natural los "horrores", por parte del SAT o la SHCP, pero no fueron solamente por parte de ellos, si no también por parte del contribuyente y este último es el que tendría más parte, en el baile. Pués el de la obligación mayor sería por parte del contribuyente y no de la SHCP. Pero bueno, ya se subsanó de manera voluntaria y espontánea, sin problemas mayores.

Ahora faltaría brincar el último charco, pués habría que vigilar que los pagos provisonales de Enero a Octubre 2007, se vean reflejados en el nuevo y definitivo RFC, mediante las herramientas del CIEC fortalecido o la FIEL. Aconsejo emplear básicamente esta última, aunque no se sientan obligados a ocuparla. Tiene más ventajas, en especial si se es un contribuyente cumplidor. Si no habría problemas, con la declaracion anual, pués esos pagos provisionales mensuales, no harían "match" con esa determinación final.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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