27/Dic/07 17:08
Una forma seria pagar mediante transferencias electronicas, indicandose el RFC y el IVA proporcionalmente pagado por esa transferencia
El estado de cuenta, serviria de comprobante, si el prestador de servicios esta dado de alta como activo en el RFC.
Asi se obliga al prestador a declarar un ingreso ficto. Si se le dá esa categoria al ingreso, por comodidad los de la SHCP consideraria ficta la erogacion.
Por otra parte no te quitarias a los auditores de hacienda, si estan acostumbrados a ver el "papelito habla"
Se tendria que pelear y con grandes posibilidades se ganaria, por que se cumpliria con el derecho que marca la ley fiscal.
Tambien debe cumplirse el cometido de que la erogacion seria indispensable para poderse deducir, asi que no bastaria la comprobacion por la prestacion del servicio y la comprobacion del pago.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?