Hola mis estimados!!!
estoy realizando un ajuste anual en el Aguinaldo. Pero tengo una gran duda.
El Fondo de Ahorro esta totalmente excento? o existe un tope?
Y la despensa tambien esta excenta 100%?
Se considera provisio social y no grava?
Me pueden ayudar?
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30/Nov/07 10:29
Re: Ahorro y Despensa
Por favor documéntate con el artículo 109 LISR, ahí se aclarán tus dudas y de primera mano.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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30/Nov/07 21:18
Re: Ahorro y Despensa
[quote:9e2222b28a="Danilo11"]...Y la despensa tambien esta excenta 100%?
Se considera provisio social y no grava?...[/quote:9e2222b28a]
:| Buenas noches. Ademas de lo sugerido x Enrique, la despensa en efectivo NO es prevision scial y usted no lo aclara. En la forma en que el patron establezca la forma de otorgar sus prestaciones y usted esté enterado, podrá usted realizar su trabajo. O sea, es "antes de", no "despues de".
Suerte
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
Tope:
1. Si la suma de percepciones más previsión social (sin incluir las de la fracción III del articulo 109 LISR . es menor a 7 veces el salario minimo.
Toda la prevision social esta exenta.
2. Si la suma anterior es mayor a 7 salarios minimos, solo esta exenta la prevision social hasta un salario minimo.
3. Si un salario minimo de prevision social mas las percepciones son inferiores a 7 salario minimos, la prevision social se puede elevar hasta llegar a 7 salarios minimos. Checar penultimo parrafo del articulo 109 de la LISR