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29/Nov/07 8:46
PTU pagada x anticipado.

Buenos dias.
¿Podria realizar pagos de PTU "anticipada" en 2007 (en diciembre) de la que se repartirá en 2008. ?
Y restarla de mi Resultado de 2007, ya que efectivamente es una PTU PAGADA.

¿cual es su opinión?
Gracias.
 
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anaili
Mayor

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29/Nov/07 8:53

Que pasará en caso de que no haya ptu a repartir del ejercicio 2007?

Para efectos de Seguro Social existen controversias en cuanto la integración de la ptu anticipada.

En lo personal prefiero no complicarme con pagos anticipados de PTU.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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29/Nov/07 8:58
Re: PTU pagada x anticipado.

Constantemente se realizan cálculos para ver como seria el Rdo Fiscal, estamos seguros de que si habrá PTU. Pero entonces :
¿si podría deducirla en 2007? .

No resto importancia al imss, pero de cualquier forma ¿se podria hacer?.

Gracias.
 
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anaili
Mayor

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29/Nov/07 9:10

http://www.pmasociados.com.mx/jul_ago_2001.pdf

analiza esta informacion, quiza te pueda ayudar

saludos
 
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lobozac
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29/Nov/07 9:34

La PTU debe ser repartida despues de ser determinada, en base a las reglas del ISR, como podria ser determinada, sin ser presentada la declaracion anual.

En la declaracion anual del ISR, habria de manifestarse la determinacion de la PTU.

La ley marca que despues de presentada esta declaracion se reparta, el hecho que no se realice de esta forma, se correria el riesgo que el desembolso efectuado aunque tenga el caracter de PTU.

Pensando en voz alta, algo que se me ocurriera, que tendria que verse los impactos legales, seria concertar un acuerdo con el sindicato y los trabajadores, de anticiparles un monto aproximado de esas utilidades entre representantes de la empresa y el sindicato, indicando que en mayo o cuando proceda repartirse la PTU, solamente les harian entrega a los trabajadores, la restante PTU.

Esta medida provocará que su exencion regulada por el art 109, no pueda duplicarse y retenerse y pagarse mayor ISR, que los trabajadores estarian dispuestos a sufrir esta consecuencia. Problemente no sea significativo el efecto para algunos trabajadores pero otros quizas si le afecte en mayor medida su economia.

Si es presentada la declaracion anual y dias despues podria ser entregada la PTU, asi habria posibilidades de mantener la exencion que aunque no es muy grande ese monto pues seria 15 SMG del area geografica, la acumulacion haria que se eleve a la tasa que tradicionalmente tendrian que retenerle, pues cada empleado tendria mayores ingresos y las tablas de impuestos son progresivas, es decir a mayor ingreso mayor impacto en el pago de los impuestos.

Por parte del IMSS, no veo problemas de integracion, pues no seria aplicable, solo tiene que recopilarse el comprobante del reparto de utilidades correspondiente bien especificado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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29/Nov/07 10:18
Re: PTU pagada x anticipado.

GRACIAS POR ESTAS APORTACIONES.
 
&CH
 
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anaili
Mayor

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29/Nov/07 11:23

En mi opinion, NO seria anticipo de PTU.

El PTU se determina, en base a la anual.
Al no tener la anual, tampoco tengo PTU por pagar.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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29/Nov/07 21:10

[quote:b16746ea6b="Mem"]...En lo personal prefiero no complicarme con pagos anticipados de PTU.[/quote:b16746ea6b]
:| Buenas noches. Cualquier pago que se efectue como anticipo de ptu, es una percepcion gravable para isr e integrable para imss. La ptu es el resultado de un evento el cual no se conoce hasta que el patrón realiza su cierre anual y luego, hasta que se realiza el procedimiento del reparto, como lo señala la LFT. No debemos avalar esta practica. No es correcta de ningun modo.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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30/Nov/07 17:26
Re: PTU pagada x anticipado.

Pues todos tiene razón.

Recuerdas el pago a accionistas de utilidades pagadas por anticipado?

Lo que en realidad parece es que quieres pagar una gratificación sin que forme parte integral del salario para efectos del IMSS, al menos eso es lo que yo pensaría si fuera auditor.

Mi consejo, no hagas cosas buenas que parecan malas.
 
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guzmanez
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