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28/Nov/07 16:27
lista articulos

amigos del foro alguien me podria orientar donde puedo conseguir la lista de articulos que se pueden traer sin que formen parte de la franquicia de 300 dolares.

gracias y saludos
 
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jgherr2000
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28/Nov/07 18:45

La Secretaría de Hacienda amplió de mil a 3 mil dólares el monto que podrán importar los mexicanos que ingresen al País, sin utilizar los servicios de agente aduanal, informó la dependencia a través de reglas de comercio exterior publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Precisa que los pasajeros podrán introducir al País mercancía pagando una tasa global del 15 por ciento, siempre que el valor de las mismas, excluyendo la franquicia de importación, no exceda de los 3 mil dólares.

La Secretaría de Hacienda dispuso que esta nueva regla para los pasajeros que ingresen al país vía terrestre o aérea, estará vigente a partir del primero de mayo al 30 de abril de 2008.

"Tratándose de equipo de cómputo, su valor sumado al de las demás mercancías no podrá exceder de 4 mil dólares o su equivalente en moneda nacional", precisa la publicación.


La publicación ratifica la franquicia de importación de 50 dólares cuando los pasajeros se introduzcan al País por vía terrestre y de 300 dólares cuando el arribo sea vía aérea.

"Para estos efectos se deberá contar con la factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías", precisa.

Se preciso que las franquicia de importación se podrá su sumar entre los miembros de una misma familia, considerando inclusive, a los menores de edad.

El Diario Oficial señala que la franquicia de importación se elevará a 300 dólares en los periodos del uno al 31 de julio y del 20 de noviembre al 8 de enero del 2008.

Hacienda informó que los mexicanos podrán introducir al País, sin pagar impuestos, hasta 2 perros o gatos, así como sus accesorios, siempre que el pasajero presente ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

También dio a conocer la lista de las mercancías que integran el equipaje de los pasajeros que ingresen al País, las cuales no están sujetos a impuestos ni se incluyen en la franquicia de importación.

Además de los bienes de uso personal, el equipaje personal incluye dos cámaras fotográficas o de videograbación, dos equipos personales deportivos nuevos o usados y sus accesorios, siempre que puedan ser transportados normal y comúnmente por el pasajero, entre otros productos.

Fuente el Norte
 
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vabdo
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28/Nov/07 20:11
Re: lista articulos

[quote:208778624a="jgherr2000"]amigos del foro alguien me podria orientar donde puedo conseguir [color=red:208778624a]la lista de articulos [/color:208778624a]que se pueden traer sin que formen parte de la franquicia de 300 dolares.

gracias y saludos[/quote:208778624a]

ESTA LISTA LA PUBLICÓ FISCALIA ESTE AÑO:

EQUIPAJE DE PASAJEROS INTERNACIONALES EXENTO DE IMPUESTOS DE IMPORTACIÓN

: : De acuerdo con el artículos 50 y 61, fracción VI de la Ley Aduanera, y 89 y 174 del Reglamento de dicha Ley, el equipaje de pasajeros internacionales está exento de impuestos al comercio exterior. Al efecto, la Regla de Comercio Exterior 2006 2.7.2. establece que el equipaje se compone de las mercancías que es enlistan a continuación. : :
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
•Bienes de uso personal nuevos o usados, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje y que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización, incluyendo un ajuar de novia.

•Dos cámaras fotográficas o de videograbación y, en su caso, sus accesorios, hasta 12 rollos de película virgen o videocasetes; material fotográfico impreso o filmado; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil nuevo o usado, de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un proyector portátil, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

•Dos equipos personales deportivos nuevos o usados y sus accesorios, siempre que puedan ser transportados normal y comúnmente por el pasajero.

•Un aparato de radio portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD's, así como un juego de bocinas portátiles, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

•Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido y 5 dispositivos de almacenamiento o tarjetas de memoria, para cualquier equipo electrónico.

•Libros y revistas, nuevos o usados que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

•Cinco juguetes, siempre que no sean objeto de comercialización y sean transportados normal y comúnmente por el pasajero, incluyendo los de colección y una consola de videojuegos.

•Aparatos que permitan realizar mediciones de presión arterial y de glucosa, así como medicamentos de uso personal, debiendo mostrar la receta médica , en caso de sustancias psicotrópicas.

•Velices, petacas, baúles y maletas necesarios para el traslado de las mercancías.

•Tratándose de pasajeros mayores de edad, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta 3 litros de bebidas alcohólicas, así como de vino, en el entendido que no se podrá introducir una cantidad mayor de puros, sin que se cumpla con las regulaciones y restricciones aplicables.

•Un binocular y un telescopio.
•Un instrumento musical y sus accesorios.
•Una tienda de campaña y un equipo para acampar, nuevos o usados, así como sus accesorios.
•Hasta tres deslizadores acuáticos , con o sin vela.

•Tratándose de personas con discapacidad, las mercancías de uso personal que por sus características suplan o disminuyan su discapacidad. En este caso, se consideran entre otros aquellos equipos o aparatos que lleven consigo cada persona como son andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones.

•Cuatro cañas de pesca con sus respectivos accesorios.

•Accesorios para el traslado de los bebés que viajen con el pasajero, tales como carriolas y andaderas, así como prendas, conjuntos y accesorios para bebés, nuevos o usados, que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

•Un juego de herramientas, siempre que sean transportados normal y comúnmente por el pasajero.

Además de lo anterior, se podrá introducir a territorio nacional sin el pago de las contribuciones aplicables a la importación hasta 2 perros o gatos, así como sus accesorios, siempre que el pasajero presente ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

EQUIPAJE DE TRIPULACIÓN
Los capitanes, pilotos, conductores y tripulantes de los medios de transporte que efectúen el tráfico internacional de mercancías, sólo podrán traer del extranjero o llevar del territorio nacional, libres del pago de impuestos al comercio exterior, sus ropas y efectos usados personales. Esto se establece en el Artículo 89 segundo párrafo del Reglamento de la Ley Aduanera
 
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CHAVALON
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28/Nov/07 20:13
Re: lista articulos

[quote:c211b0c11a="jgherr2000"]amigos del foro alguien me podria orientar donde puedo conseguir [color=red:c211b0c11a]la lista de articulos [/color:c211b0c11a]que se pueden traer sin que formen parte de la franquicia de 300 dolares.

gracias y saludos[/quote:c211b0c11a]

PARA PASAJEROS INTERNACIONALES,ESTA LISTA LA PUBLICÓ FISCALIA EL PRESENTE AÑO:

EQUIPAJE DE PASAJEROS INTERNACIONALES EXENTO DE IMPUESTOS DE IMPORTACIÓN

: : De acuerdo con el artículos 50 y 61, fracción VI de la Ley Aduanera, y 89 y 174 del Reglamento de dicha Ley, el equipaje de pasajeros internacionales está exento de impuestos al comercio exterior. Al efecto, la Regla de Comercio Exterior 2006 2.7.2. establece que el equipaje se compone de las mercancías que es enlistan a continuación. : :
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•Bienes de uso personal nuevos o usados, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje y que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización, incluyendo un ajuar de novia.

•Dos cámaras fotográficas o de videograbación y, en su caso, sus accesorios, hasta 12 rollos de película virgen o videocasetes; material fotográfico impreso o filmado; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil nuevo o usado, de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un proyector portátil, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

•Dos equipos personales deportivos nuevos o usados y sus accesorios, siempre que puedan ser transportados normal y comúnmente por el pasajero.

•Un aparato de radio portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD's, así como un juego de bocinas portátiles, ya sean nuevos o usados, y sus accesorios.

•Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido y 5 dispositivos de almacenamiento o tarjetas de memoria, para cualquier equipo electrónico.

•Libros y revistas, nuevos o usados que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

•Cinco juguetes, siempre que no sean objeto de comercialización y sean transportados normal y comúnmente por el pasajero, incluyendo los de colección y una consola de videojuegos.

•Aparatos que permitan realizar mediciones de presión arterial y de glucosa, así como medicamentos de uso personal, debiendo mostrar la receta médica , en caso de sustancias psicotrópicas.

•Velices, petacas, baúles y maletas necesarios para el traslado de las mercancías.

•Tratándose de pasajeros mayores de edad, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta 3 litros de bebidas alcohólicas, así como de vino, en el entendido que no se podrá introducir una cantidad mayor de puros, sin que se cumpla con las regulaciones y restricciones aplicables.

•Un binocular y un telescopio.
•Un instrumento musical y sus accesorios.
•Una tienda de campaña y un equipo para acampar, nuevos o usados, así como sus accesorios.
•Hasta tres deslizadores acuáticos , con o sin vela.

•Tratándose de personas con discapacidad, las mercancías de uso personal que por sus características suplan o disminuyan su discapacidad. En este caso, se consideran entre otros aquellos equipos o aparatos que lleven consigo cada persona como son andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones.

•Cuatro cañas de pesca con sus respectivos accesorios.

•Accesorios para el traslado de los bebés que viajen con el pasajero, tales como carriolas y andaderas, así como prendas, conjuntos y accesorios para bebés, nuevos o usados, que por su cantidad no puedan ser objeto de comercialización.

•Un juego de herramientas, siempre que sean transportados normal y comúnmente por el pasajero.

Además de lo anterior, se podrá introducir a territorio nacional sin el pago de las contribuciones aplicables a la importación hasta 2 perros o gatos, así como sus accesorios, siempre que el pasajero presente ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

EQUIPAJE DE TRIPULACIÓN
Los capitanes, pilotos, conductores y tripulantes de los medios de transporte que efectúen el tráfico internacional de mercancías, sólo podrán traer del extranjero o llevar del territorio nacional, libres del pago de impuestos al comercio exterior, sus ropas y efectos usados personales. Esto se establece en el Artículo 89 segundo párrafo del Reglamento de la Ley Aduanera
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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30/Nov/07 17:20
Re: lista articulos

GRACIAS POR EL APOYO CHAVALON
 
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jgherr2000
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