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09/Nov/07 8:45
declaracion de iva

cuando presente una declaracion de iva a favor y quiero presentar una complementaria simpre de iva a favor, solo presento la diferencia o el monto total del saldo a favor?
 
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dionpere
Cabo

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09/Nov/07 9:43

hola PRIMERO, DESPUES GRACIAS POR EL APOYO...CUANDO MENOS ESO NO CREES ?......

concreto, lo cortés no quita lo valiente, hay que saludar y despedirse, minimos detalles del manual de carreño

Esto es un medio DE COMUNICACION..NO SE NOS OLVIDE, EXISTE UN RECEPTOR , UN EMISOR y un mensaje

respuesta: utiliza la hoja de ayuda GENERAL Y anota la diferencia (sigue las instrucciones)

saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
General Brigadier

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09/Nov/07 10:15
Re: declaracion de iva

Buen día,

Lobozac, Por ejemplo si se presenta una declaración de IVA del mes de octubre ahora en noviembre y se manifiesta un saldo a favor de $1,000.00 pesos, pero si te das cuenta que deberian haber sido $ 900.00 entonces procedemos a presenetar una complementaria, pero el nuevo saldo a favor es por $ 900.00 es decir en la complementaria anotas el saldo correcto y no la diferencia.
 
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MEXTAX
Capitán Segundo

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09/Nov/07 10:23
Re: declaracion de iva

Hola:

Despues del regaño bien ganado, paso a contestar.

Las declaraciones complementarias deben realizarse sustituyendo los datos originales por los que corresponda efectivamente ser los correctos, no por partes, como sugieres.

De ser como se indica, seria muy dificil estar sumando cantidades y como se le haria cuando proceda que las declaraciones ya presentadas sobrepasaron el valor a declarar, no se pueden declarar cantidades negativas.

Como procederia a dejar de informar algo que no debia procederse informar. Por deduccion logica debe realizarse solamente sustituyendose por los valores efectivamente que deban informarse.

En el caso de ciertas correcciones es procedente solamente indicar los errores cometidos y cambiarlos por los que procederian, como errores en el RFC, periodo, impuesto, que se realizarían en la pagina del SAT. A lo que seria una declaracion por correccion, mas sin embargo conservaria el estatus de normal o numero de complementaria por el cual procederia corregirse.

Por lo que respecta a otro tipos de errores, sugiero aplicar siempre de corregir toda la declaracion completa adjuntandose los valores y datos completos y definitivos.

En tu caso el saldo a favor fue erroneamente informado, pues debe manifestarse el saldo a favor genuino, para proceder luego a recuperar ese monto a favor, segun como juzgue conveniente el contribuyente

Espero haya sido de utilidad mis comentarios
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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