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08/Nov/07 12:31
Salario devengado en el bimestre

Buen dia foristas:

Debo modificar el salario del bimestre anterior de un empleado el cual es mixto:

Que procedimiento debo seguir?

la ley del IMSS dice:

Artículo 30. Para determinar el salario diario base de cotización se estará a lo siguiente:

II. Si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser
previamente conocidos, se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos
anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período[/b:d2edb04aa0]. Si se trata de un
trabajador de nuevo ingreso, se tomará el salario probable que le corresponda en dicho período, y

III. [b:d2edb04aa0]En los casos en que el salario de un trabajador se integre con elementos fijos y variables[/b:d2edb04aa0], se
considerará de carácter mixto, por lo que, para los efectos de cotización, se sumará a los elementos fijos
[b:d2edb04aa0]el promedio obtenido de los variables en términos de lo que se establece en la fracción anterior.


la duda es porque el trabajador solo laboro 28 dias en el bimestre y por una demanda ya no se ha presentado a trabajar pero tampoco se ha dado de baja el imss.

salario diario 71.43

total percibido en el bimestre anterior $ 2000.00

total percibido de salario variable 4860.28

$ 2000.00/ 71.43 = 28 dias

4860.28/28= 173.59 + 71.73 = 245.02 * 1.0507 = 257.45 SBC por el siguiente bimestre.

sera este procedimiento el correcto?


agradecere sus comentarios.

saludos
 
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ROLLET
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08/Nov/07 12:59
Re: Salario devengado en el bimestre

Solo tengo tres dudas:

[color=green:39dd8d00d7]1-¿por que 28 dias?[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]
Cada 28 dias se pagan 2,000 como parte fija o se pagaría 2,000 cada mes independientemente de los dias que contengan los meses, lo que daria como resultados $24,000 a pagarse en el año y 365 dias por ese y tenerse un SD de $65.75 en lugar de $ 71.43

Si ya se tiene la regla,

[b:39dd8d00d7][color=green:39dd8d00d7]2.- ¿Por que no se sigue el mandato al pie de la regla?[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]

[b:39dd8d00d7][color=red:39dd8d00d7]se sumarán[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7] los [b:39dd8d00d7][color=blue:39dd8d00d7]ingresos totales percibidos durante [u:39dd8d00d7]los dos meses inmediatos[/u:39dd8d00d7][/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]
[u:39dd8d00d7]anteriores[/u:39dd8d00d7] y [b:39dd8d00d7][color=red:39dd8d00d7]se dividirán entre [/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]el [b:39dd8d00d7][color=cyan:39dd8d00d7]número de días de salario devengado en ese período[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]

[b:39dd8d00d7][color=blue:39dd8d00d7]4860.28[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]/[color=cyan:39dd8d00d7]28[/color:39dd8d00d7]

¿donde dice que son 28 días, que no debe ser [u:39dd8d00d7][color=blue:39dd8d00d7]un bimestre devengado[/[b:39dd8d00d7][color=green]¿por que no se sigue al pie de la letra, paso a paso, por que rejijos sigue terco con los 28 dias, es por el mes febrero, donde se aplicaria la autodeterminacion?[/color:39dd8d00d7][/b:39dd8d00d7]color][/u:39dd8d00d7]?


[b:39dd8d00d7][color=green:39dd8d00d7]3.-¿Por que no se pone atencion?[/color:39dd8d00d7] ¿SE LEE? solo se mira o ve la redaccion, sin intentar comprender, detalladamente y conectando la materia gris.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Nov/07 13:30
Re: Salario devengado en el bimestre

Hola!

Creo que ocupas ponerle mas azucar a tu cafe Enrique, no te estreses ni te pongas histerico por esto, toma la vida con calma, si todos fueramos igual de inteligentes como supongo crees que eres tu, no estaria este foro.

Creo que entendemos lo que menciona la leyes, respecto a los dias del bimestre, asi mismo entiendo la inquietud de Rollet sobre que solo trabajo 28 dias, ahi te va lo que a mi me paso en una autocorreccion y espero te sea de utilidad, al igual que Enrique yo tome la que decia la ley y dividi entre los dias del periodo y no los trabajados en el bimestre y pagados en nomina, y pues haciendo esto el salario es menor, el imss me hizo pagar diferencias, porque dijo que era sobre los dias que el trabajador habia trabajado en el mes, y como mis nominas eran catorcenales, tomaba menos dias en el bimestre y el sueldo se elevaba, y claro pagaba mas al Imss. Cuando paso que en el bimestre caigan el pago de tres nominas catorcenales, me dijo que ahi si no era entre los dias devengados, sino entre los dias del bimestre, como se podran dar cuenta el Imss con eso que es autonomo toma sus propias decisiones y apenas llendose a peliar y demandar se puede hacer algo, asi que Rollet analisa que tan conservador quieres ser y que tanto te pega hacerlo de una forma u otra.

Espero haberte ayudado en algo.
Saludillos :O)
 
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ROSRZ
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08/Nov/07 17:28
Re: Salario devengado en el bimestre

Salario diario de 71.43
Variables por un periodo de 28 días 4,860.28
por lo tanto se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período
4,860.28/28 = 173.59 de variables diarios
entonces:
Salario Diario: 71.43
Sal. Variable: 173.58
Suma 245.01
× Factor de Int. 1.0507
S.B.C. Nuevo 257.44
Tipo de salario Mixto
 
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ByPaco
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08/Nov/07 17:53
Re: Salario devengado en el bimestre

Hola a todos.

Siguiendo el ejemplo de ROLLET

A mi me sale

Sueldo diario 71.43
Percepción promedio 173.58

(sueldo diario x factor) + percepciones promedio = Nvo. S.B.C.

(71.43*1.0507)+173.58=248.63 “al final estoy redondeando los decimales”

por que a mi me sale diferente resultado :twisted: ?
 
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cholilo
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08/Nov/07 18:01

:oops:
Es verdad‼
Cholilo tiene razón y yo no.
Gracias por la corrección.
Salario diario × Factor de Integración, despues se suman los variables
 
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ByPaco
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09/Nov/07 7:09
Re: Salario devengado en el bimestre

el factor, es porque se va a recibir prima vacacional, aguinaldo, etc; pero estas percepciones, tambien sera en base a lo devengado entre percepciones fijas y variables, por lo que el factor a final de cuentas debe de multiplicar a la suma de las cantidades fujas y variables
ejemplo:
(sueldos +comisiones)* factor = sueldo total
(2000.00+ 4860.28 )*1.0507 = 7208.10

este resultado se divide con los dias laborados y produce

7,208.10 /28 = 257.44 que sera el SDI para el siguiente bimestre.
:o ByPaco estaba bien, pero se retracto, o sera que cuando paga el aguinaldo y las vacaciones a sus trabajadores, no toma en cuenta las percepciones variables para otorgarlas ? :evil:
 
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GIUSEPP
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09/Nov/07 12:05
Re: Salario devengado en el bimestre

ROSRZ:

Para nada no me enojo ni me molesto, si hago algun comentario con alguna tendencia asi, es para que le corresponda ponerse el saco, de verdad se enoje con sigo mismo y no sea tan paleativo o displicente si de verdad quisiera hacer las cosas bien.

Somos distraidos y no ponemos atencion y todavia repreguntamos... cuando se realice el 1,2,3 bien pues ahora si pregunte por 4, 5 y lo que falte.

Me parece que los regaños si hacen bien y se toman bien, siempre serian frutiferos y terminarian siendo reconfortantes.


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[color=red:556aaeea00]Les pasare un tip final[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00] y espero lo entiendan, solo para las partidas VARIABLES QUE SE INTEGRARIAN AL SDI IMSS

[b:556aaeea00][color=olive:556aaeea00]Los bimestres podrian contener los dias como siguen:

1er Bim = 60 días (59 dias cada año biciesto)
2do y 3er Bim = 61 dias
4to Bim = 62 dias
5to y 6to Bim = 61 dias
Totalizaria 365 dias ó 366 segun el caso[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00].

Pero serian los dias aplicables a lo que se refiere la redaccion del texto:

se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y [b:556aaeea00][color=olive:556aaeea00]se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período [/color:556aaeea00][/b:556aaeea00]

[b:556aaeea00][color=olive:556aaeea00]Ya hace match o si checan[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00]



[b:556aaeea00]La ley dice:[/b:556aaeea00]
se sumarán los [b:556aaeea00][color=blue:556aaeea00][u:556aaeea00]ingresos totales percibidos [/u:556aaeea00]durante los dos meses inmediatos
anteriores[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00] y se dividirán entre [b:556aaeea00][color=olive:556aaeea00]el número de días [/color:556aaeea00][/b:556aaeea00]de [b:556aaeea00][color=green:556aaeea00][u:556aaeea00]salario devengado [/color:556aaeea00] [/u:556aaeea00]en [color=olive:556aaeea00]ese período (bimestre)[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00]


[b:556aaeea00][color=blue:556aaeea00]Los ingresos totales percibidos por semanas en un periodo de un bimestre[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00] corresponderian [b:556aaeea00][color=green:556aaeea00]salario devengado[/color:556aaeea00] [color=olive:556aaeea00]en ese período[/color:556aaeea00][/b:556aaeea00],

[b:556aaeea00]Conclusion final si como patron NO PAGO partidas variables en un BIMESTRE, aun teniendose partidas salariales devengadas, NO LAS INTEGRARIA. Solo debo integrar partidas salariales variables EFECTIVAMENTE PAGADAS. Lo que no sucede con las partidas salariales fijas, casi siempre se pagaria cuotas, se paguen o no las nominas, bajo ciertas excepciones.

De cualquier manera aceptaria observaciones tambien podria equivocarme en apreciaciones o simplemente con congeniemos con el mismo tenor de intepretacion.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Nov/07 13:27
Re: Salario devengado en el bimestre

Me parece bien tu punto Enrique, ahora entiendo tu respusta un poco fuerte pero con buena intencion, en ocasiones hace falta eso para despertar un poco, recibe un respetuoso saludo.

Buen fin de semana a todos!!! :)
 
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ROSRZ
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09/Nov/07 13:50
Re: Salario devengado en el bimestre

Hola:

Podría hablar "fuerte" que en verdad, no lo cosidero así, por mi parte, pero puedo aceptar, que asi lo vean otras personas, es natural. Pero no encierran ofensas en terminos generales mis comentarios, son puestos en la mesa, el que desee que se los lleve y el que no, no me senteria mal, ni me quitaria el sueño.

Pero si llega alguien y exterioriza su punto personal, aunque sea de manera distinta al mio, me agradaría mucho, porque aunque no concuerde aprendaria, tal vez un punto de vista aplicable para otra situacion, en donde si concuerde. Y con la oportunidad, aunque parezca improbable, de que me hagan rectificar, pues nadie estamos exentos de errores.

Saludos calurosos y exacerbados de mi parte, ROSRZ


PD

Si no aceptamos errores, no podriamos trabajar en equipo, pues todos seríamos mandameses y nadie se equivocaría. ¿Sera que por eso, la Seleccion Mexicana, adolesce de ese mal? siempre se juega como nunca y se pierde como siempre. Y que nos afectaría en otros ambitos ¿tambien? Y todo porque nos hablan un poquito fuerte... Es orgullo o pereza, ambas situaciones o qué.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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