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06/Nov/07 23:25
Persona Fisica Intermedio

Una persona dedicada a dar servicio de fumigación, a lo cual esta dado de alta como esta actividad principal, pero quiere distribuir unos productos que no tienen nada que ver con la fumigación, por ejemplo distribuir aceites, medicinas....

aqui, tiene que modificar sua obligaciones o puede quedar igual?

Puede tener 2 tipos de facturas, siendo la misma persona ?? o tener 2 ctas bancarias, una para la fumigación y otra para la distribución?

Como es que funciona en estos casos, sus obligaciones.....?

gracias
 
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lorito
Capitán Segundo

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07/Nov/07 8:37
Re: Persona Fisica Intermedio

puedes meter aviso ante el sat de que vas a obtener ingresos por otra actividad.

pero lo de tus obligaciones fiscales y tu regïmen de tributacion lo determinas en relacion a los topes de ingresos.

y si para efectos de tu control interno quieres llevar 2 numerales de facturas es decir para fumigacion y A001 para los otros ingresos y con sus respectivas cuenats bancarias, el control interno eso lo implantes de acuerdo a tus necesidadess.

pero pues para dispersar mejor los ingresos, mejor da de alta a otra persona, porque recuerda que a mayores ingresos mucho mayor es el impuesto.

saludos.
 
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TELLYN
Sargento Segundo

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07/Nov/07 9:41
Re: Persona Fisica Intermedio

lorito, estoy completamente deacuerdo con TELLYN, y recuerda que dependiendo de la actividad por la cual obtenga mas ingresos esa debe de ser la actividad preponderante, por lo cual si los ingresos por la venta de aceite u otro artículo independiente de la fumugación son mayor que esta actividad (la fumigación), tiene que dar aviso del cambio de actividad ante SHCP.
 
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DAMIAN23
Teniente

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07/Nov/07 10:29
Re: Persona Fisica Intermedio

[color=green:e118a3d5ea]Una persona dedicada a dar servicio de fumigación, a lo cual esta dado de alta como esta actividad principal, pero quiere distribuir unos productos que no tienen nada que ver con la fumigación, por ejemplo distribuir aceites, medicinas....

aqui, tiene que modificar sua obligaciones o puede quedar igual? [/color:e118a3d5ea]

Para efectos del IMSS, se debe informar la actividad mas riesgosa y tributar bajo esa actividad mas riesgosa. Si ya se esta haciendo lo anterior, no habría que hacer alguna situación adicional.

Para efectos de Hacienda, se infomaría, cual sería la actividad preponderante y vigilar si de las obligaciones dadas de alta procedería incrementarlas, alguna adicional, pero en este caso seguiría siendo las actividades de prestación de servicios, similares las obligaciones a la de la comercialización

[color=green:e118a3d5ea]Puede tener 2 tipos de facturas, siendo la misma persona ?? o tener 2 ctas bancarias, una para la fumigación y otra para la distribución? [/color:e118a3d5ea]

Si, pero no es indispensable

[color=green:e118a3d5ea]Como es que funciona en estos casos, sus obligaciones.....? [/color:e118a3d5ea]

¿Cuáles obligaciones? si siguen siendo las mismas, a excepción investigar si procede ampliar el riesgo e informarse la nueva prima que le corresponda.

[color=green:e118a3d5ea]gracias[/color:e118a3d5ea]
por nada
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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