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30/Oct/07 8:52
GASOLINA EN LA DIOT

LA REGLA 5.1.2 EN VIGOR HASTA EL 26 DE OCTUBRE DEL PRESENTE, SEÑALABA QUE "TODOS" LOS CONSUMOS DE COMBUSTIBLE, DEBERÍAN SER DETALLADOS Y NO SE INCLUIRÍAN EN EL 10% GLOBAL.

A PARTIR DE LA SEGUNDA R.M.F. QUE ENTRA EN VIGOR EL 27 DE OCTUBRE DEL PRESENTE, SE ESPECIFICA QUE "SOLAMENTE SE DETALLARAN" LOS CONSUMOS EN COMBUSTIBLES PAGADOS EN EFECTIVO.

REGLA ANTERIOR
5.1.2. Para efectos del artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes podrán no relacionar individualmente a sus proveedores en la información a que se refiere dicho precepto, hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor. No se consideran incluidas dentro del porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.[/b:0b36f810bb]…..
……..
REGLA NUEVA
5.1.2. Para efectos del artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes podrán no relacionar individualmente a sus proveedores en la información a que se refiere dicho precepto, hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes, sin que en ningún caso el monto de alguna de las erogaciones incluidas en dicho porcentaje sea superior a $50,000.00 por proveedor. [b:0b36f810bb]No se consideran incluidos dentro del porcentaje y monto a que se refiere este párrafo los gastos por concepto de consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres,[color=red:0b36f810bb] pagados con medios distintos al cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos[/color:0b36f810bb].
 
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CHAVALON
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30/Oct/07 9:57

Muy bien, ahora en caso de pagar la gasolina mediante cheque, (aunque sean vales), ya no tengo obligacion de reportarlo en el DIOT.
 
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vabdo
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30/Oct/07 12:29
Re: GASOLINA EN LA DIOT

De manera individualizada no (detallada), pero si en el proveedor global.

Es decir antes se indicaba especificarlos de manera individualizada o detallada TODAS LAS PARTIDAS, pagandose como se paguen.

Ahora podria presentarse partidas de consumos de combustibles pagados con elementos electronicos o cheques, en el proveedor global, pero TODAS las demas partidas de combustibles pagadas en efectivo no podrian se consideradas en el proveedor global, DEBE DETALLARSE AL 100%
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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30/Oct/07 15:58
Re: GASOLINA EN LA DIOT

Veamos:

1. Antes se relacionaban los consumos de combustibles fuere cual fuere el monto de la operación.

2. Ahora, se relacionaran individualmente solo en los siguientes supuestos:
- Operación realizada en efectivo.
- Operacion supera los 50 mil
- Si no encuadra en aquello del proveedor global (el 10% de las operaciones... quien sabe, quizas solo 3 proveedores tuve).

3. Si pague con cheque, y la operacion no es mayor a 50 mil, asi mismo esta dentro de los parametros del 10% para proveedor global, y aun asi lo relaciono individualmente:
- Cabe la posibilidad de que la autoridad al analizar mi informativa del DIOT en la cual relacione individualmente un consumo de combustibles por $35,000... automaticamente supondrá que dicha operación se realizo en efectivo, y me requerira la informativa que se debe presentar cada mes por concepto de gasolina pagada en efectivo.

¿Qué opinan?
 
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30/Oct/07 22:10

Pues si esos 35,000 no forman del 10% y no fueron cubiertos mediante pagos electronicos, cheques, entonces no se integraria como partida individual enlistando el RFC. Es decir se manifestaria dentro del proveedor global que aunque no es por menorizado, de cualquier manera se estaria integrando el 100%

Minimo el 90% detallado y el resto global.
 
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enrique9727
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31/Oct/07 10:46

[quote:f40691f3c7="enrique9727"]Pues si esos 35,000 no forman del 10% y no fueron cubiertos mediante pagos electronicos, cheques, entonces no se integraria como partida individual enlistando el RFC. Es decir se manifestaria dentro del proveedor global que aunque no es por menorizado, de cualquier manera se estaria integrando el 100%

Minimo el 90% detallado y el resto global.[/quote:f40691f3c7]

Repito: si se llega relacionar, la autoridad podría considerar que fue pago en efectivo (aunque no lo sea)... tal situación puede presentarse debido a que el encargado/responsable no lea la nueva REGLA.... :roll:
 
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BR1
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31/Oct/07 11:32
Re: GASOLINA EN LA DIOT

[quote:45cba16f0e="BR1"]Veamos:

1. Antes se relacionaban los consumos de combustibles fuere cual fuere el monto de la operación.

2. Ahora, se relacionaran individualmente solo en los siguientes supuestos:
- Operación realizada en efectivo.
- Operacion supera los 50 mil
- Si no encuadra en aquello del proveedor global (el 10% de las operaciones... quien sabe, quizas solo 3 proveedores tuve).

3. Si pague con cheque, y la operacion no es mayor a 50 mil, asi mismo esta dentro de los parametros del 10% para proveedor global, y aun asi lo relaciono individualmente:
- Cabe la posibilidad de que la autoridad al analizar mi informativa del DIOT en la cual relacione individualmente un consumo de combustibles por $35,000... automaticamente supondrá que dicha operación se realizo en efectivo, [color=red:45cba16f0e]y me requerira la informativa que se debe presentar cada mes por concepto de gasolina pagada en efectivo.[/color:45cba16f0e]

¿Qué opinan?[/quote:45cba16f0e]

BR1:

EL FORMATO ELECTRÓNICO DE LA PAG. DEL SAT, YA NO ESTÁ DISPONIBLE

LA INFORMATIVA A QUE TE REFIERES QUE SE PRESENTABA EN FORMATO ELECTRÓNICO EN EL SAT, QUEDA SIN EFECTO AL PRESENTAR LA INFORMACIÓN EN LA DIOT, SEGÚN LA REGLA 3.4.37:
.......
....
Asimismo, los contribuyentes que se encuentren obligados a presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, podrán aplicar lo dispuesto en la presente regla, siempre que relacionen la información de las operaciones efectuadas con cada proveedor de combustibles, en términos de la regla 5.1.13.[/b:45cba16f0e]

LA REGLA 5.1.13 MENCIONA LAS FECHAS EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS INFORMATIVAS DE LA DIOT.

LO ANTERIOR ES PARA LAS PERSONAS MORALES.

PARA LAS PERSONAS FÍSICAS QUE EN 2007 NO ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR LA DIOT, DEBERÁN PRESENTAR DICHOS CONSUMOS PAGADOS EN EFECTIVO, EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE CLIENTES Y PROVEEDORES (DIMM O FORMA 42), SEGÚN LAS REGLAS 3.4.37 Y 2.9.8:

3.4.37
.....
......
Lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla, también será aplicable a los consumos de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, que se hubieran efectuado en el ejercicio fiscal de 2006, siempre que para ello los contribuyentes presenten a más tardar en la fecha en que estén obligados a presentar la declaración anual del ISR, declaración complementaria [b:45cba16f0e]con la información referida en la regla 2.9.8., donde se incluyan todos los pagos en efectivo por consumo de combustibles efectuado[/b:45cba16f0e]s durante el citado ejercicio de 2006, con cada proveedor de combustibles, independientemente de su monto.

2.9.8. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR, los contribuyentes que se encuentren obligados a [b:45cba16f0e]presentar la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con los proveedores y con los clientes, deberán presentar dicha información ante la ALAC correspondiente a su domicilio fiscal, en cualquiera de las formas siguientes:

AUNQUE LA REGLA 3.4.37 EN SU ÚLTIMO PÁRRAFO QUE CITÉ SEÑALA EL EJERCICIO 2006, ANTE CONSULTA DIRECTA CON EL SAT, ME INFORMARON QUE SIGUE VIGENTE DICHA REGLA.
 
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CHAVALON
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31/Oct/07 12:28
Re: GASOLINA EN LA DIOT

jajaja

En verdad me senti tal gringo de contador en México...como no adquirimos en el grupo gasolina en efectivo, pues me quedé con la idea de que se presentaba la informativa mensual... ya entiendo a los extranjeros por que batallan tanto con nuestro sistema tributario, sale algo, pero mediante regla lo modifican, despues lo modifican de nuevo, de nuevo y de nuevo... todo por que la autoridad no mide las consecuencias de sus disposiciones... es decir falta de capacidad para procesar datos.... :twisted:
 
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BR1
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31/Oct/07 16:38

Para no tener problemas hay que aprender el lexico, en ocasiones no se aplica adecuadamente, ni con propiedad.

Luego habria que tenerse una excelente redaccion de las leyes, para eso tambien previamente conocimiento de los asegunes que se legislarian, de las leyes actuales.

Y por ultimo saber leer, para aplicarlas

Son 3 pasos, pero en Mexico cuesta mas por que en ocasiones ninguno de los 3 pasos se sigue bien.

Los gringos batallarian por que la redaccion aqui esta pal'perro.... y eso que no saben leer.

Si no saben el idioma y luego aqui estamos cambiando los terminos, ni aprenden el idioma, ni arreglan los impuestos, es un reverendo relajo.
 
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enrique9727
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