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29/Oct/07 13:30
Escuela SI donatarias NO IETU

Hola esperando que esten, me surgió una duda:

Es referente a Una escuela q NO esta autorizada para recibir donativos y NUNCA a distribuido remanente pq a los socios los tiene bajo el esquema de sueldos.

Derivado de la IETU han decidido realizar el tramite para recibir donativos y asi librarse del pago de la IETU. Pero tengo entendido que no es tan facil decir "Recibo donativos y ya me libro" creo q hay inconvenientes con recibir donativos....

Pero la verdad no tengo conocimiento de q pasaria con esta empresa y q pasaría con los socios que estan como trabajadores .

Saludos y Q frio hace!!!
 
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Sargento Primero

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29/Oct/07 13:36
Re: Escuela SI donatarias NO IETU

segun el art.4 de ietu, marca quienes no pagaran el ietu, y no aparecen las escuelas, reciban o no donativos...

por otro lado el donativo solo sera deducible en un 7%

saludos
 
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lcruizuscanga
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29/Oct/07 14:24
Re: Escuela SI donatarias NO IETU

Segun un fiscalista me indico que las escuelas se crean mal desde su constitucion, para efectos mercantiles terminan equiparandose a efectos civiles.

Que el secreto para no gravar sus ingresos es no cobrar colegiaturas, por que se estaria realizando actos mercantiles.

Que aun teniendose el permiso con la SE, podrian fincarles creditos de gravacion por impuestos de ISR o IETU

Que se meten en honduras haciendolas AC, como donatarias y que ahora con eso del 7% que se comenta lcruizuscanga, podrian verse perjudicadas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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30/Oct/07 18:14
Re: Escuela SI donatarias NO IETU

checate este articulu transitorio de lietu:

[color=blue:4cdfe7f6b7]Artículo Décimo Segundo. Durante el ejercicio fiscal de 2008, las personas a que se refiere la fracción X del artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [i:4cdfe7f6b7][u:4cdfe7f6b7]que no cuenten con autorización para recibir donativos deducibles en los términos de la citada Ley, deberán pagar el impuesto que esta Ley establece conforme a las disposiciones aplicables. En el caso de que obtengan para dicho ejercicio la autorización antes mencionada, podrán solicitar en los términos de las disposiciones fiscales la devolución de las cantidades que efectivamente hubieran pagado por concepto del impuesto empresarial a tasa única en el citado ejercicio fiscal de 2008.[/u:4cdfe7f6b7][/i:4cdfe7f6b7][/color:4cdfe7f6b7][/b:4cdfe7f6b7]


[b:4cdfe7f6b7][color=red:4cdfe7f6b7]o sease que si te dan la autorizacion, vas a financiar unos cuantos meses al fisco.....en tanto te devuelven......[/color:4cdfe7f6b7]
 
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lcruizuscanga
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31/Oct/07 14:43
Re: Escuela SI donatarias NO IETU

Tienes que analizar si en realidad conviene que la escuela con la que trabajas solicite y obtenga permiso para ser donataria autorizada.

Checa los múltiples requesitos necesarios para obtener el permiso de ser donataria, a lo mejor a los dueños no les conviene, a menos de que sean dueños del inmueble de la escuela, quien sabe.
 
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guzmanez
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