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17/Oct/07 10:53
facturación

HOLA BUENOS DÍAS A TODOS

SOMOS UNA FABRICA DE CALZADO, VAMOS A ENVIAR MERCANCÍA A UN CLIENTE, EL CUAL NOS PIDE QUE EN NUESTRA FACTURA, VALGA LA REDUNDANCIA, LE FACTUREMOS EL FLETE, ES POSIBLE REALIZAR ESTA OPERACIÓN, NOSOTROS AL FACTURARLE, QUE IMPLICACIONES TENEMOS RESPECTO A RETENCIONES DE IVA

QUE SERÍA LO MÁS PRÁCTICO EN ESTOS CASOS

GRACIAS

SALUDOS
 
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CPJORGTOMB
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17/Oct/07 11:05

Ustedes deben de facturar los bienes y los servicios, todos.

El cliente si le compete, debe retenerles a Ustedes.

Es decir, que cada quien haga lo que tienen que hacer.

Si desea indicarle al cliente dentro su facturación, qué y cuánto retener, no es de sus obligaciones, pero si gustan lo pueden hacer, sería más propio.

Pero si omiten la acción. anteriormente comentada, también, se encontrarían actuando bien, pero no consideren retenciones apócrifas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Oct/07 12:10
Re: facturación

Hola! a ver si entendí! yo tambien ocacionalmente facturo fletes a mis clientes, osea que ellos me tienen que retener?
 
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asolis
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18/Oct/07 10:24

En el caso de facturar FLETES, lo mas convenientes es anotar de antemano, la retencion del 4%.

Para que coincida el importe total con el pago.

Puedo facturar otros conceptos, pero la retencion, es unicamente, por los conceptos señalados, en el art.1A LIVA.
 
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vabdo
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18/Oct/07 10:47
Re: facturación

[quote:aaf21089db="CPJORGTOMB"]HOLA BUENOS DÍAS A TODOS

SOMOS UNA FABRICA DE CALZADO, [color=red:aaf21089db]VAMOS A ENVIAR [/color:aaf21089db]..........[color=blue:aaf21089db]EN TUS CAMIONES ?......APARTE DE "ZAPATERO" ERES TRANSPORTISTA?.......ERES MORAL O FISICA ?.TU CLIENTE ES IDEM?[/color:aaf21089db]......[color=green:aaf21089db]DE ESTO DEPENDE TU RESPUESTA.....CUIDADO CON LAS RESPUESTAS QUE DAMOS SEÑORES, NO PODEMOS SER TAN POCO PROFESIONALES..........LES DIGO QUE MUCHOS CREEMOS "A LOS DIOSES DEL OLIMPO FISCAL", COMO VERDAD ABSOLUTA.....Y ESO ES MUY PELIGROSO[/color:aaf21089db]

SALUDOS


MERCANCÍA A UN CLIENTE, EL CUAL NOS PIDE QUE EN NUESTRA FACTURA, VALGA LA REDUNDANCIA, LE FACTUREMOS EL FLETE, ES POSIBLE REALIZAR ESTA OPERACIÓN, NOSOTROS AL FACTURARLE, QUE IMPLICACIONES TENEMOS RESPECTO A RETENCIONES DE IVA

QUE SERÍA LO MÁS PRÁCTICO EN ESTOS CASOS

GRACIAS

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lobozac
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18/Oct/07 11:30

Comentario adicional:
NO importa, si te dedicas a transportista.
Tampoco importa, sea PF o PM.

Tu puedes facturar un servicio adicional por concepto de FLETE, y en este caso, tu cliente, la PM, (unicamente PERSONAS MORALES), tiene obligacion de retenerte, el 4% sobre el importe del flete pagado.
 
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vabdo
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18/Oct/07 11:39
Re: facturación

Hola:

Muchos contribuyentes cobran los servicios de entrega de sus productos, asi fueron negociados, ni modo que ahora envien sus productos por mensajeria o fleteras, pues estaria de alguna compartiendose los cargos extras por fletes y se ponen de acuerdo con fines de logisticas.

Soriana cobra a sus proveedores, cargos por fletes y maniobras que les descuenta a lo chino a los pagos de esos proveedores y les envia via internet una factura detallada de esos servicios que ellos mismo se prestan por cuestiones logisticas.

Las personas contribuyentes tendrian la libertad de ofrecer una gama variada de servicios y actividades empresariales, si ser la de transportacion de sus productos, no veo la razon que no puedan

Aqui por este caso la actividad por fletes seria la gravada, no cierto tipo de contribuyentes que tengan este tipo de actividad preponderante.

Lo correcto seria retenerse por servicios de fletes, si asi son aplicables los conceptos de la facturacion.

El que expide la factura, no esta obligado a expedir, indicando la retencion, de ser asi... por favor indiquese la regla en ley que asi lo disponga, no una miscelanea o reglamento de ley.

El que si tiene la obligacion de la retencion y expedir constancia seria el retenedor, la regla me parece que ya todos la sabriamos.

Ojo la maniobra, estibacion, descarga, y otras servicios que no implique traslado de mercancias, no llevarian retencion, solo los conceptos inherentes a la transportacion de mercancias o productos.... flete, acarreo, etc

De ser el caso que no aplique la retencion, pues asi se asiente en las facturas ese tipo de servicios y no el concepto generico FLETE, pues ahora estaria callendo en retenciones de IVA
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Oct/07 11:45

[quote:07dedd6227="vabdo"]Comentario adicional:
NO importa, si te dedicas a transportista.
[u:07dedd6227]Tampoco importa, sea PF o PM.[/u:07dedd6227][/b:07dedd6227]
Tu puedes facturar un servicio adicional por concepto de FLETE, y en este caso, tu cliente, la PM, ([b:07dedd6227][u:07dedd6227]unicamente [/u:07dedd6227]PERSONAS MORALES), tiene obligacion de retenerte, el 4% sobre el importe del flete pagado.[/quote:07dedd6227]

por fin mi estimado vabdo, no importa o unicamente ?

saludos

hasta donde se, entre fisicas no hay retencion de este tipo, tambien hasta donde solo se da la relacion "transportistas fisica-moral

y por ultimo, podrias fundar donde dice que el servicio ADICIONAL DE FLETE lleva retencion ?

saludos nuevamente
 
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lobozac
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18/Oct/07 12:01

vabdo escribió:
Comentario adicional:
NO importa, si te dedicas a transportista.
Tampoco importa, sea PF o PM.
ESTAMOS HABLANDO DEL VENDEDOR QUE FACTURA.

Tu puedes facturar un servicio adicional por concepto de FLETE, y en este caso, tu cliente, la PM, (unicamente PERSONAS MORALES),
EL CLIENTE PERSONA MORAL, AL QUE LE VENDES.
tiene obligacion de retenerte, el 4% sobre el importe del flete pagado.


por fin mi estimado vabdo, no importa o unicamente ?
CREO QUE INTERPRETAS MAL, AL CONFUNDIR EL PRIMER PARRAFO CON EL SEGUNDO
saludos

hasta donde se, entre fisicas no hay retencion de este tipo, tambien hasta donde solo se da la relacion "transportistas fisica-moral

y por ultimo, podrias fundar donde dice que el servicio ADICIONAL DE FLETE lleva retencion ?
MENCIONO SERVICIO ADICIONAL, A LO QUE FACTURA LA EMPRESA (VENTA DE ZAPATOS).
 
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vabdo
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18/Oct/07 12:05

vabdo, ta´bueno.mejor ahi la dejamos

saludos
 
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lobozac
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