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02/Oct/07 18:47
FIDEICOMISO? FACTURA DEDUCIBLE?

De antemano le agredezco por crear este foro, TENGO UNA DUDA:

Uno de nuestros proveedores me mando una carta explicando que celebró un contrato de fideicomiso con una institucion Fiduciaria y que cede sus derechos de cobro a la Fiduciaria, y me pide que los proximos pagos se los realice a ésta.

Las facturas de mis compras me las expide el proveedor y contienen impresa una leyenda que dice:

"El presente documento y todos los derechos de cobro que el mismo ampara han sido cedidos al Fideicomiso irrevocable de Emision, Administracion y Pago numero (numero) contituido con fecha (fecha), en Banco (nombre), SA, Institucion de Banca Multiple, Fiduciario (nombre), (nombre) Grupo Fiduciario."

Uno de los requisitos de Deducibilidad de los comprantes fiscales es que los pagos se realicen con cheque nominativo (a favor del proveedor).

En este caso EL PAGO SE REALIZARÁ A NOMBRE DE LA FIDUCIARIA Y MI FACTURA ME LA EXPIDE EL PROVEEDOR...

¿Es o no, DEDUCIBLE?
y Cuál es el fundamento fiscal? por que no lo encuentro...

Gracias por su ayuda!!
Pedro
e-mail: interian23@hotmail.com
 
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alvitros
Soldado

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02/Oct/07 19:07
Re: FIDEICOMISO? FACTURA DEDUCIBLE?

El fundamento es el contrato, debes leerlo para entenderle
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Oct/07 20:19
Re: FIDEICOMISO? FACTURA DEDUCIBLE?

En otras palabras, tu proveedor vendio la cartera de clientes....
 
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BR1
Coronel

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03/Oct/07 10:59

La duda que tengo es:
Estamos hablando de credito financiero, que contrato el proveedor. Para pagar por cuenta y orden de...?

O, se trata garantia, para garantizar el proveedor, el pago de algun credito?

Es un topico interesante, sobre todo que no es muy comun, este tipo de contratos.

A la mejor se trata de una empresa en suspension de pagos, o en quiebra. o intervenida.
 
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vabdo
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03/Oct/07 19:04
Re: FIDEICOMISO? FACTURA DEDUCIBLE?

El PROVEEDOR celebró el contrato de FIDEICOMISO con el objeto (según él) de fortalecer su situacion financiera que les permitirá el acceso a nuevas fuentes de financiamiento. Tambien cedio sus derechos de cobro a la Institucion Fiduciaria y por eso quieren que las facturas que nos expida, las paguemos a esta Institucion (Fiduciaria).

Ellos fundamentan la deducibilidad de estos comprobantes por nosotros como clientes mencionando lo siguiente en relacion al Art.31 sobre los requisitos de las deducciones:

-Que las deduciones estén amparadas con documentos que reunan los requisitos...
-Que los pagos cuyo monto exceda de $2,000 se efectuen (NO ESTABLECE A QUIEN) mediante cheque nominativo del contribuyente (cliente)...

Es correcto o no el argumento de mi proveedor???

De nuevo les agradezco su ayuda!!!
 
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alvitros
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04/Oct/07 10:17

Existe contrato.

Si es deducible.

(Que te den copia del contrato)
 
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vabdo
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05/Oct/07 9:05
Re: FIDEICOMISO? FACTURA DEDUCIBLE?

El contrato del fideicomiso, o algun documento de orden de cobro que se relacione con el fideicomiso, que a mi parecer es factoraje financiero, con algo de fideicomiso, esos recursos serian destinados a un fin especifico del fideicomitente.

Tu proveedor le pasa los derechos de cobranza a la empresa de factoraje o fiduciaria, esa compañia con la cesion de derechos, les cobrarian a Ustedes, en ese caso, una vez que ratifican ese mandato, pues procederian a efectuar pagos amparados bajo la legislacion como pagos de terceros.

La documentacion comprobatoria, de la factura, contrato, ordenes de cobro, pago para abono en cuenta de la cía de factoraje o fiduciaria, seria la gama de comprobaciones que tendrías, así como la aceptacion de la liquidaciones en efectivo de esas facturas, que para evitar riesgos fiscales deberian aplicarse con desembolsos menores a $ 2,000

Busca en el portal de Fiscalia, mas topicos abarcando pagos con terceros, asi consiguiras las fundamentaciones legales.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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