Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
02/Oct/07 18:47
Condonación de una posible multa por omision de obligacion

En el mes de febrero presente mi declaracion informativa de SYS del ejercicio 2006, sin embargo no me di cuenta que en el llenado que envíe mi RFC esta incorrecto y también no me percarte del correo del SAT donde se me decia que los datos que envíe eran erroneos. Ahora me llego el requerimiento de esta obligación y por eso me di cuenta hasta el día de hoy. Ya presente mi declaración con los datos correctos,
¿Voy a ser multado? ¿Que puedo hacer para que me condenen mi multa ya que envie los datos pero con el RFC mal?
Gracias
 
Perfil

pacosevilla
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Febrero 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Oct/07 19:04
Re: Condonación de una posible multa por omision de obligaci

Hola pacosevilla:

Tu declaración previa debió haber sida verificada por tu parte, desgraciadamente no lo hiciste, por eso sería la sanción.

Habría varias formas de verificarla, la ideal es con la FIEL, investigando en el archivo integral del contribuyente. Ahí se vería las declaraciones presentadas, si no se estuviese ahí, pues la requerería pero no de inmediato, la autoridad esperaria algún tiempo razonable, para que exista la autocorreción voluntaria de manera espontánea.

Correrías a verificar contra el comprobante original y corregirlo mediante el portal del SAT, únicamente indicando la declaración que se presentó, cómo se puso el RFC anterior e indicar el correcto, qué fecha fue presentada la declaración y recibir el acuse de recibido por esa corrección.

En tu caso no se dió, la espontaniedad, por lo que la multa procedería.

Ya no te queda más, que ir ante la autoridad y buscar la manera, de ser posible, que te apliquen una facilidad para reducir la multa, pero si sería muy dificil, que la anulen por completo a menos de que se encuentre dentro de los lineamientos de la LI 2007.

O dejar pasar el tiempo y esperar a que no la cobren con un PAE, pasará el tiempo y posiblemente la quiten, cuando los de la SHCP le soliciten a los diputados que emitan un decreto para exhimir el pago de creditos por montos pequeños y que no fueron reincidentes.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Oct/07 11:23
Re: Condonación de una posible multa por omision de obligaci

Hola enrique...oye crees que con el fundamento del articulo transitorio 7o de la Ley de Ingresos para el 2007, me pudieran condonar mi multa por esta omisión?. Gracias.
 
Perfil

pacosevilla
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Febrero 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Oct/07 13:54

la multa te la fincan en 2007, es decir es "credito 2007", entonces por septimo transitorio aplica el 50 % de la multa si la pagas dentro de los 30 dias

analiza el supracitado articulo y cumple con los requisitos...claro que te aplica

saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Oct/07 14:48
Re: Condonación de una posible multa por omision de obligaci

Hola Pacosevilla tambien puedes pedir la condonacion en base al art 74 del CFF esta es una facultad discrecional del sat puede ser que te la condonen.

saludos.
 
EL BIEN Y EL MAL SIEMPRE ESTAN PRESENTES NOSOTROS ELEGIMOS.
 
Perfil

ANROSO
Teniente

Mensajes: 276
Ingresó: Diciembre 09, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Oct/07 11:41

Seria discresional imponer multas, pero ya impuestas condonarlas ya no serian de aplicacion discrecional, a menos que por medio de decreto se indique esa facultad para ejercerce, seria una orden superior.

Lo que quiero hacerme entender que ya impuesta, solo una autoridad superior podria ofrecer una mitigacion de la multa o hasta anularla, pero siempre debería existir una razon para motivarla.

Por parte de la autoridad si ya impuso la multa, solo podria actuar, RECONSIDERANDO la multa, disminuyendola, por alguna razon, PUES SI YA LA IMPUSO pues es por que tenia razones para imponer una penalidad, y seria poco etico ahora indicar que no corresponderia, asi nomas por que se le ocurre disminuirla y peor aun eliminarla.

Le corresponde al contribuyente aportar las pruebas suficientes para demostrar que su incumplimiento, tendria atenuantes que deben ser considerardos para una nueva valoracion de la multa adecuada.

Es decir el SAT o la SHCP, no cede a los caprichos del contribuyente, ni se manda sola.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1