Lee el artículo 1o. LIVA, determina la actividad a gravar por parte de esta ley para ese cliente, luego dirigite a visualizar el apartado de importaciones en la misma ley y visualiza ¿a qué tasa? y los asegunes correspondientes.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?