24/Sep/07 9:42
Hola:
Hasta donde se el pago en parcialidades no esta normado en la legislacion para impuestos trasladados, pues se supone que ya fueron cobrados y el contribuyente simplemente se hizo de la vista gorda.
Mas sin embargo podria llegarse a un acuerdo con las autoridades para que llegue a regularizarse, mostrando algunas pruebas de ese interes, de esa manera las autoridades esperarian posiblemente, coadyuvando a la no generacion de multas que podrian ser lesivas a la situacion precaria de la compañia.
El CFF exige el pago de inmediato de las diferencias, en caso contrario podria haber un desconocimiento del dictamen, lo que le daria armas a la autoridad para realizar una revision directa.
Intenta cubrir con el pago de otros impuestos, el IVA atrasado primero, dejando candides pequeñas en los otros impuestos, de esa manera cubres rapidamente lo mas atrasado, y luego procedes a realizar las complementarias por los impuestos mas recientes que habrias dejado de pagar para financiar el IVA atrasado.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?