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22/Sep/07 12:54
Deducción de viáticos sin comprobantes fiscales

La empresa va a mandar a un lugar poco poblado a sus obreros a realizar un trabajo de recubrimiento de tanques.
Ese lugar no está cerca de alguna localidad donde se puedan realizar gastos y les den comprobantes con requisitos fiscales.
Entiendo que debemos conseguirlos y se hará todo lo posible como por ejemplo buscar en alguna ciudad (aunque están a muchos kilómetros de distancia) un centro comercial y comprar la despensa para varios días, pero lo más probable es que necesitaran cosas que compren en donde se encuentran y no les den comprobante o sólo notas.
En el caso del hospedaje se consiguió que nos rentaran un lugar donde se queden los trabajadores pero como no se dedican a rentar no tienen comprobantes fiscales.
Gran parte de la gasolina que se utiliza para transportarse sí se conseguirán facturas pero en algunos lugares sólo les están dando notas porque no utilizan facturas.
Quisiera pedirles su asesoría, por si saben de algún fundamento, regla, criterio, facilidad administrativa o cómo le puedo hacer para poder deducir algunos gastos ya que es casi imposible conseguir documentación con todos los requisitos fiscales y son varios meses que estarán realizando ese trabajo.
En el SAT me dijeron que no serían deducibles y que hasta las empresas de investigación y otras que tienen situaciones iguales no lo hacen deducible. (claro era de esperarse que me respondieran eso)
Gracias.
rositas
 

 
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rochamars
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23/Sep/07 19:46

Asi como planteas el problema, tienen razon los del SAT, --no son gastos deducibles--

Para poder deducir gastos sin comprobantes, tendrias que estar en el sector primario o autotransporte. -que tienen bases especiales de tributacion-
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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24/Sep/07 9:16
Re: Deducción de viáticos sin comprobantes fiscales

Hola:

Cuando en casa se imponen reglas hay que seguirla lo mejor posible, no hay que pensar que las reglas son tan estrictas por que ya se empieza perdiendo objetividad y lo peor de todo es que llegamos a pensar que las reglas son injustas y que no deben de estar asi normadas

Ahora la reglas debe aplicarse a todos por igual, si no en verdad, seria injustas pues no habria EQUIDAD y los demas contribuyentes empezarian ampararse con justa razon.

Si se solicita notas de venta por consumos de gasolina, el contribuyente debe solicitar el canje de sus notas por facturas, no habria escusa para una obligacion como esta establecida y a mi juicio seria perfectamente deducible aun pagandose en efectivo y la norma señala que deba pagarse mediante pago electronico o cheque. Este ultimo requisito si sobrepasa a la garantia de libertad y la ley de ISR transgrede a la carta magna.

Por otro tipo de erogaciones pues hay que tener presente la manera de como soportar adecuadamente sus gastos, haciendo un esfuerzo mayor, pues la mayoria de nosotros pensariamos que como son lugares inospitos damos por asentado que ya nada es posible hacer. ¿Y en realidad asi son las cosas?

Hay una maxima en el derecho que podria ser autoaplicativa:

NADIE ESTA OBLIGADO A LO IMPOSIBLE.... pero ¿a lo posible que excusas habria?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Sep/07 9:40

Ante la imposibilidad de obtener el comprobante con satisfacción fiscal, ante la ineludible condena de considerar como "No Deducibles" los gastos que se realicen y perder tanto en ISR como en IVA, queda la posibilidad de darle otro trato a esos montos...

Una posibilidad sería considerar que lo que no se compruebe es una gratificación al trabajador, determinar el ISR que origine y absorverlo, reportar la variabilidad al IMSS... Cierto que le va implicar el costo del ISR y el de carga laboral impositiva... pero al menos no pierde el total de lo erogado... la posibilidad de hacerlo esta en función directa del gasto a no comprobar...

Saludos.
 
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sosgtorreon
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24/Sep/07 23:27
Re: Deducción de viáticos sin comprobantes fiscales

Si aplicara la posiblidad de tener honorarios asimilables salarios (HAS), asi solo se cubre el ISPT por esas partidas no deducibles que luego serian equiparables como HAS, no se pagaria IMSS pues seria de algun accionista y quedaria sin necesidad de integrarse al IMSS.

Habria que declararlos posiblemente esos ingresos en el accionista, pero tendria una retencion para cubrir el impuesto anual

Habria que medir que tanto se adicionaria en el calculo anual el ISR para optar por la opcion de sostorreon o la de HAS
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Sep/07 9:52

De hecho podemos decir que hay más de dos posibilidades para no perder la deducibilidad de los gastos realizados... pero para ello es menester conocer a fondo del caso, las sugerencias que se realizan son digamos "por encimita", pero eso de "darle una vuelta más al rizo" siempre estará a la creatividad del responsable en turno...


Saludos.
 
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sosgtorreon
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