19/Sep/07 22:37
Re: EN QUE MOMENTO ME ACREDITO EL IVA
[quote:1f1c2e62f4="enrique9727"]Hola:
¿en que fecha marca la maquina registradora de la aduana?
[color=red:1f1c2e62f4]Se me hace que podrias haber pagado con fecha anticipada pero no a la SHCP sino al agente aduanal, luego el agente aduanal solicita la preparacion del pedimento (fecha de la formulacion del pedimento y verificacion de la SHCP) y por ultimo se hace el pago y finalmente en esa fecha procederia la conclusion del pedimento (Es decir el pedimento podria tener dos fechas)[/color:1f1c2e62f4]
Esta ultima fecha seria en la fecha que debe acreditarse
Podrias consultar en el portal de hacienda, en el expediente del contribuyente que fecha seria la que hacienda tiene reportada la operacion por parte del agente aduanal[/quote:1f1c2e62f4]
CONSIDERO QUE TE REFIERES A LO ESTABLECIDDO EN EL ART. 56, RIVA, PERO EL MISMO APLICA SOLAMENTE EN CASO EN QUE EL PAGO SE HAYA EFECTUADO COMO DEPÓSITO EN "CUENTAS ADUANERAS".
RIVA
Artículo 56. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 28 , tercer párrafo de la Ley, los contribuyentes que hayan optado por pagar, entre otros, el impuesto mediante depósito en las cuentas aduaneras, de conformidad con la legislación de la materia, será acreditable hasta el momento en el que éste sea transferido a la Tesorería de la Federación por la institución de crédito o casa de bolsa de que se trate.
SALVO QUE LO ANTERIOR SEA EL CASO QUE SE COMENTA, EN MI OPINIÓN, SI YA APARECE COMO COBRADO EN EL ESTADO DE CUENTA BANCARIO, DEBE ACREDITARSE EN EL MES EN QUE SE EFECTUÓ EL PAGO.
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'