05/Sep/07 10:26
Re: ACTIVIDAD EMPRESARIAL + HONORARIOS = REGIMEN GENERAL?
Hola Lobozac:
Efectivamente afirmo que [color=green:48cb9eaccb]los HONORARIOS NO son actividades empresariales[/color:48cb9eaccb], si fuesen asi desde un principio cuando estaban los dos regimenes separados, no hubieran permanecido por separado.
Hasta donde SE el tema o topico tiene que ver con ellos. ACTIVIDAD EMPRESARIAL + [color=red:48cb9eaccb]HONORARIOS[/color:48cb9eaccb] = REGIMEN GENERAL?
Y tienes razon tanto actividades empresariales y los servicios profesionales aparecen encuadrados en un mismo regimen fiscal. Nunca he afirmado lo contrario.
Pero si los honorarios fuesen actividades empresariales que a mi juicio no lo seria Entonces ¿Debiese llamarse ese regimen unicamente "ACTIVIDADES EMPRESARIALES" ¿no lo crees? ¿y por que el distingo en el nombre del regimen es una segunda pregunta que me haria?
Asi que las disyuntivas o conjunciones serian con la finalidad de no mezclar, pero si para considerarse o no, en las disposiciones que señalaste.... Es decir juntos pero no revueltos ok????
Pero bueno tu tendrias tu opinion y por mi parte la mia.
De cualquier manera hay concondancias y no se acaba el mundo por ciertas opiniones contrarias, si no todo lo contrario.
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Hace tiempo fui a la SHCP a dar de alta una persona que tuvo actividades empresariales como REPECO, luego se supendio y termino ese negocio
Mas tarde se dio de alta por honorarios y de los que efectivamente era independientes tenia diversos clientes, y poco tiempo llega a mi y queria que lo reactivara por otro negocio como REPECO. Me movio el tapete y fui al SHCP y como es de suponerse, me indicaron que como ya se habian juntado los regimenes de actividaded empresaria (general) y honorarios, ya no se podia estar en REPECO jamas.... En primera instancia asi se mostraba la ley, pero dudosa y mas cuando no se busca una intepretacion con la literalidad y peor aun el primer año.
Me regrese a leer la ley, el CFF, el internet, a preguntar, claro que la paga no valia nada, solo por el amor al arte de aprender.
Fue el año en que se homologaron esas dos actividades en un mismo regimen fiscal, preguntado a empleados de hacienda, tambien ellos tenian discrepancias de opinion.
Solicite que el tramite me lo consultara personal de mayor jerarquia, se quedaban pensando y preguntando tambien.
Lo que si estaban de acuerdo las personas de la SHCP es que los honorarios no son actividades empresariales.... y la restriccion estaba para solo por los regimenes mayor o intermedio y no para honorarios = servicios profesionales, y pareciese que asi se señalaba en la ley.
Con ese punto se informaron a Mexico y determinaron que efectivamente el tramite procedia
Se dio de alta al contribuyente como REPECO
Pero aun teniendose la razon, el contribuyente seria responsable de su propia determinacion y no los de la SHCP, informe esto al mi cliente, acepto el tramite como REPECO, despues ellos deberan requerir el tramite correcto y multar.... es su trabajo no el de determinar inscripciones.... mas sin embargo estaria en su papel tambien de informar lo que el "DEBER SER" segun la Leyes fiscales no sus DOF o reglas internas, a esas me las brinque.
Mas tarde se me ha presentado situaciones similares y las he podido salvar de la misma forma.
¿Si fuesen lo mismo.... entonces por que no se llenan las declaraciones anuales de la misma manera?
Este argumento no lo podia aplicar, todavia en ese tiempo pues todavia no habia declaraciones anuales presentadas ni DeclaraSAT le faltaban meses por aplicarse.
¿Habras analizado esa forma de llenado es algo distinta a de una actividad empresarial unicamente, que por la actividad de servicios profesionales por separado? Me parece que no.
Por ultimo el art 16 CFF indica lo que serian actividades empresariales y agrego que si la Ley de ISR no marca que es actividad empresarial hay una ley superior que si lo define y esa definicion imperaria para todas las leyes fiscales.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?