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31/Ago/07 15:36
CONTABILIDAD FIDEICOMISO

Hola Foristas.

Soy nuevo en esta materia, y tengo como prospecto como cliente a un fraccionador persona física con actividad empresarial. Constituyo un FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION, donde aporto todos los terrenos.

Tengo muchas dudas?????

1.- El Fideicomiso hay que darlo de alta en el SAT, aunque sea solo de administración. ??????
2.- Hay que llevar una contabilidad especial?????
3.- Las escrituras son firmadas por el fiduciario, por lo cual las ventas son del Fideicomiso. ???????
4.- Los ingresos de la enajenación son depositados en la cuenta de la persona física con actividad empresarial.
5.- Los gastos (prediales, honorarios al fiduciario, etc) salen a nombre de la persona física.

Solicito que me apoyen, dandome bibliografia para estudiar el cao el fin de semana, para presentar una propuesta de Honorarios.

Gracias

PETRUS
 
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Petrus
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31/Ago/07 16:34
Re: CONTABILIDAD FIDEICOMISO

Hola:

Lo poco que se de los fideicomisos: es que no tendria personalidad juridica, bueno a si me han tocado los que he revisado en mi experiencia.

Lo que entiendo de esta figura es que se podrian deducir erogaciones justificadas en el amparo de ese fideicomiso, pero aun la administracion del fideicomiso debera reunir la documentacion comprobatoria pues finalmente seria una administradora de fondos o recursos, que tendrian con justificacion exclusiva el de esos gastos satisfagan el fin para el cual se creo ese fideicomiso.

Tal pareciera que esta figura la equiparan en el sentido general, para el no pago de impuestos, pero si esas erogaciones se cumple con ciertos fines que en el mismo fideicomiso fue creado y no se contraponen esas erogaciones para lo fines estipulados, seria perfectamente deducibles todos las deducciones aplicadas por ese fondo de fideicomiso. Pareciera como si quisieran las personas hacerlo no tan trasparentes, mas dificiles de fiscalizar pero su finalidad es a la inversa.

Como si por medio de esta figura fueran libres de impuestos estas erogaciones, pero a mi parecer unicamente es desligar de las operaciones de la empresa una finalidad que le interesaria a la empresa, pero que algunas personas se dediquen a ese fin en particular.

Si finalmente buscarian realizar erogaciones que no sean con tendencia a conseguir las metas del fideicomiso, definitivamente serian no deducibles y no por hecho de pertenecer a algun fideicomiso cambiarian de calidad.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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31/Ago/07 16:40
Re: CONTABILIDAD FIDEICOMISO

Si habria necesidad de llevar una contabilidad...

Es raro que se obtenga ingresos, pero de obtenerse se declararian en favor de los fideicomitentes, segun como se distribuyan o les corresponda
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Sep/07 9:53
Re: CONTABILIDAD FIDEICOMISO

Cuando el objeto material del fideicomiso recaiga en bienes inmuebles, deberá realizarse en escritura pública y por consecuencia, se inscribirá en la sección que corresponda del Registro Público de la Propiedad del lugar en donde se ubique el bien, surtiendo efectos contra tercero desde la fecha de inscripción, conforme al artículo 388 de la General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).

La formalidad es un requisito de validez de los actos jurídicos, y en este caso la constitución del fideicomiso deberá constar siempre por escrito, porque así lo exige el artículo 387 de la LGTOC, esto a fin de dejar constancia de las obligaciones y los derechos contraídos al destinar una porción patrimonial a un fin jurídico, particularmente determinado y fuera del dominio de su titular originario.

No obstante, la Ley no señala específicamente cuál habrá de ser su fin, solamente se indica que debe ser lícito y determinado; y si el fin es ilícito, entonces se producirá la nulidad del contrato.

Si el fideicomitente afecta un bien inmueble en fideicomiso, éste deberá inscribirse en la sección de la Propiedad del Registro Público del lugar donde se encuentre el mismo.

Aunque, los fideicomisos no tienen personalidad jurídica propia, las autoridades fiscales siempre los han fiscalizado, obligando a la fiduciaria a que inscriba los contratos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a fin de vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en función de los fines de cada fideicomiso.

Por esta razón, la regla 2.3.1.18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 (RMISC 2006) intenta que las instituciones fiduciarias (sólo aquellas que estén sujetas a cumplir con las obligaciones fiscales por cuenta de los fideicomisarios) soliciten la inscripción en el RFC de cada contrato de fideicomiso.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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06/Sep/07 4:58
Re: CONTABILIDAD FIDEICOMISO

Gracias, me dieron mucha luz al respecto.

Petrus
 
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Petrus
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