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24/Ago/07 11:19
IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

BUEN DIA A TODOS...

TENGO LA SIGUIENTE CONSULTA...

LOS SERVICIOS DE HOSPITALIZACION PROPORCIONADOS POR PARTICULARES ESTAN GRAVADOS A LA TASA GENERAL DEL IVA.

QUE PASA CON LAS MEDICINAS PROPORCINADAS PARA LA ATENCION DEL PACIENTE ESTAS SON A TASA 0 % O A TASA GENERAL COMO PARTE DEL SERVICIO DE HOSPITALIZACION.

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
 
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HEGAHEGA
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24/Ago/07 11:27
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

QUE TAL HEGA HEGA EXISTE UN CRITERIO INTERNO DEL SAT QUE DICE QUE LOS MEDICAMENTOS PROPORCIONADOS EN SERVICIOS DE HOSPITALIZACION SERAN GRAVADOS A LA TASA DEL 15%. NO RECUERDO MUY BIEN LA FECHA PERO ES DEL 2005. DEJA TRATAR DE LOCALIZARLO Y TE PASO LA REFERENCIA.
 
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JUANBALAN
Sargento Primero

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24/Ago/07 11:45
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

6/2005/IVA Suministro de medicamentos como parte de los servicios de un hospital. Se debe considerar la tasa general establecida en el artículo 1o., segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
El artículo 1o., fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que están obligadas al pago de dicho impuesto, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional presten servicios independientes. Asimismo, el segundo párrafo del precepto en cita señala, que el impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la propia Ley, la tasa del 15%.
Autorizado mediante oficio: 325-SAT-09-IV-B-118532 del 19 de septiembre de 2005 y actualizado mediante oficio 325-SAT-09-IV-B-75642 de 9 de enero de 2006. 9Compilación de Criterios Normativos Boletín 2005 Primera Parte Actualizada a diciembre de 2005
Por su parte, el artículo 15, fracción I de la Ley en comento establece que se considera prestación de servicios independientes la prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen.
El artículo 2-A, fracción I, inciso b) de la Ley en cita señala que el impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% cuando se enajenen medicinas de patente. No obstante, el artículo 17, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación establece que cuando con motivo de la prestación de un servicio se proporcionen bienes o se otorgue el uso o goce temporal al prestatario, se considerará como ingreso por el servicio, o como valor de éste, el importe total de la contraprestación a cargo del prestatario, siempre que sean bienes que normalmente se proporcionen o se conceda su uso o goce con el servicio de que se trate.
Así, se considera que cuando se proporcionan medicinas de patente como parte de los servicios durante la hospitalización del paciente, directa o vía la contratación de un paquete de atención especial, se encuentran gravados a la tasa del 15% del impuesto al valor agregado, de conformidad con lo establecido en los artículos 15, fracción I de la supracitada Ley y 17, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, en virtud de que se trata de la prestación genérica de un servicio y no de la enajenación de medicamentos a que se refiere el artículo 2-A, fracción I, inciso b) de la Ley en comento.

ESTO LO PUEDES CONSULTAR EN LA PAGINA DEL SAT EN EL MODULO DE LEGISLACION Y NORMATIVIDAD/CRITERIOS/NORMATIVOS/COMPILACION DE CRITERIOS NORMATIVOS PARA 2005/BOLETIN 2005.

SIGUE ESA RUTA CAMARADA Y AHI LO PUEDES CONSULTAR. SALUDOS.
 
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JUANBALAN
Sargento Primero

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24/Ago/07 12:04
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

Hola:

Segun tengo entendido que los hospitales u organismos de salud, no comercian medicamentos, los suministra por lo cual es un servicio y no estaria gravados ni exentos de pago segun la ley del IVA Por eso la aplicacion de la tasa general
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Ago/07 13:24

Buen punto Enrique, entonces en realidad no pago las medicinas que me "suministran"?, pago por el servicio? porque he visto que vienen desglosadas en las descripcion del servicio.

Entonces debo pensar que los hospitales las compran a tasa 0% y las venden a tasas general.

Que pasa si yo acuerdo con el hospital que me de una lista del medicamento que necesitare durante mi estancia en el hospital y yo la compro por mi cuenta y se las llevo para que ellos la suministren.

O te pongo una mejor, que cada hospital tenga su farmacia y que todos los pacientes compren ahi los medicamentos que necesitaran durante su estacia.

O que se considere que el hospital paga a cuenta de los terceros las medicinas...

En fin, muchas cosas interesantes.

Saludos
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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24/Ago/07 15:26
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

Estimado compañero Cervantes:

Si se compra el medicamento por separado de la factura del hospital, no lo puedes deducir como gasto personal, tratándose de las personas fisicas...

Te ahorras el IVA.... pero pagarias mas de ISR.
 
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jand_nava
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27/Ago/07 19:34
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

Hola CERVANTES-QUIJANO:

Repito los HOSPITALES NO SON FARMACIAS.... Comercios = Enajenacion

Dan servicios.... si las desglozan esos articulos es para indicar que SUMINISTRARON ESOS MATERIALES Y MEDICINAS.... NO QUE LAS VENDIERON.... o las comercializaron....

¿Preguntales como estarian dadas de alta? Como comerciantes o como prestadoras de servicios hospitalarios...

ESTO SERIA LO QUE COMUNMENTE SE LLAMARIA QUE ACTO O ACTIVIDAD DEL IVA SE DESARROLLA.... de tenerla identificada se sabria que articulos serian los aplicables para esa ACTIVIDAD.

¿Enajenacion es distinto a prestacion de servicios, no lo crees asi? La estructura de la ley es distinta para cada acto o actividad, mas sin embargo si comparteria disposiciones de aplicacion general, pero debe atendenderse las reglas particulares cuidadosamente.

Habria exenciones para cada actividad, unas para enajenacion, y otras distintas para servicios y las demas actividades. Es decir se tendrian fundamentaciones muy distintas.

Esto es un . (punto) fino
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Ago/07 8:54
Re: IVA EN MEDICINAS PROPORCIONADAS EN HOSPITALES Y CLINICAS

[quote:a7c3f457c1="HEGAHEGA"]BUEN DIA A TODOS...

TENGO LA SIGUIENTE CONSULTA...

LOS SERVICIOS DE HOSPITALIZACION PROPORCIONADOS POR PARTICULARES ESTAN GRAVADOS A LA TASA GENERAL DEL IVA.

[color=red:a7c3f457c1]QUE PASA CON LAS MEDICINAS [/color:a7c3f457c1]PROPORCINADAS PARA LA ATENCION DEL PACIENTE [color=red:a7c3f457c1]ESTAS SON A TASA 0 % O A TASA GENERAL[/color:a7c3f457c1] [u:a7c3f457c1][color=blue:a7c3f457c1]COMO PARTE DEL SERVICIO DE HOSPITALIZACION.[/color:a7c3f457c1][/u:a7c3f457c1][/b:a7c3f457c1]


6/2005/IVA [color=red:a7c3f457c1]Suministro de medicamentos como parte de los servicios de un hospital. [/color:a7c3f457c1][b:a7c3f457c1][u:a7c3f457c1][color=blue:a7c3f457c1]Se debe considerar la tasa general [/color:a7c3f457c1][/u:a7c3f457c1]establecida en el artículo 1o., segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado


GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.[/quote:a7c3f457c1]

COMPAÑEROS, CON EL DEBIDO RESPETO.....CREO QUE NO DEBEMOS DESVIARNOS DEL TEMA CENTRAL.......Y ES QUE LUEGO COMENZAMOS A SUPONER Y RESULTA QUE LA ESENCIA DEL TOPICO SE PERDIO.........Y EL "POBRE" COMPAÑERO QUE TIENE LA DUDA, YA NI LAS GRACIAS DA ( A VECES) POR TANTA INFORMACION QUE ENTRA A SU CEREBRO.......QUE JAMAS PREGUNTO

ASI MISMO CONSIDERO QUE ES VALIDO DIVAGAR EN DISTNTOS CRITERIOS, CUANDO , O NO SE TIENE ALGUNA REGLAMENTACION AL RESPECTO.....O SI EXISTE ES DIFUSA Y POCO CLARA SU INTEREPTACION...O CUANDO EL MISMO FORISTA NO PLANTEA UNA DUDA "EXACTA"...Y NOS PONE A ADIVINAR

Y ESTE NO ES EL CASO.....ES MI OPINION

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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28/Ago/07 9:58

Entonces con un SI hubiese bastado verdad Lobozac!
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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28/Ago/07 10:04

CON UN SI.......Y LOS FUNDAMENTOS

SALUDOS
 
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lobozac
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