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22/Ago/07 20:13
Gravar despido injustificado no viola proporcionalidad tribu

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&sid=1928&mode=&order=0&thold=0&file=article&

Colegas:

Una de las finalidades de este foro es la retroalimentación entre todos los foristas acerca de nuestras experiencias profesionales.

Por tal motivo me gustaría que compartieramos las experiencias que hemos tenido respecto a este tema al momento de finiquitar a un trabajador ante la junta de consiliación.

A mi en lo personal me ha pasado que al momento de negociar o liquidar con todas las de la ley a un trabajador ante la junta, nunca quiere el trabajador, ni la junta tampoco, absorber los impuestos que le corresponden al trabajador por ese pago, por lo que la cantidad pactada se le tiene que entregar integra al trabajador, y posteriormente al momento del registro contable tengo que hacer una regresion para encontrar la base y calcular el impuesto para llegar al monto pagado.

Espero sus comentarios.

Saludos a todos.
 
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cfrmv
Cabo

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22/Ago/07 20:16
Re: Gravar despido injustificado no viola proporcionalidad t

:| Buenas tardes. Coincido con usted en que es una maniobra astuta x parte de las juntas y de los abogadillos de los trabajadores. La unica opcion que yo le veo, es que dentro de la conciliacion o negociacion, se tome en cuenta el calculo del impuesto que ES A CARGO del trabajador y no es justo que el patrón lo tenga que absorber. Caso contrario, si no es aclarado el punto, el patrón deberá hacer el calculo hacia arriba para conocer la base gravable.

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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23/Ago/07 10:17

En los casos en que patrones -clientes de la firma- se ven involucrados en esas situaciones aconsejamos acudir a la junta con el cálculo del finiquito que por Ley corresponda cubrir, ISR íncluido... se acude con el finiquito de Ley, la propuesta de finiquito del patrón y el finiquito de Ley al 50% -dado que es lo que la junta acostumbra recomendar como negociación- siempre contemlando la retención de ISR, debo reconocer que en no pocas ocasiones ha resultado infructuoso el cálculo, toda vez que en un deseo de pronta resolución de los casos se a acordado por parte del patrón absorver el ISR ante la reticencia del trabajador a que se le retenga.

Pero bueno, al menos el intento se hace...


Saludos.
 
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sosgtorreon
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23/Ago/07 12:27

[quote:e574c335ba="sosgtorreon"].....y el finiquito de Ley al 50% .....[/quote:e574c335ba]
Me pueden explicar a que se refiere
¿quiere decir que si le tocan 3 meses de indemnización, se dan 1½?
¿Si le dan 12 días por año. le dan 6?
¿o como?
 
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ByPaco
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23/Ago/07 13:09

[quote:34962d2eca="ByPaco"][quote:34962d2eca="sosgtorreon"].....y el finiquito de Ley al 50% .....[/quote:34962d2eca]
Me pueden explicar a que se refiere
¿quiere decir que si le tocan 3 meses de indemnización, se dan 1½?
¿Si le dan 12 días por año. le dan 6?
¿o como?[/quote:34962d2eca]

Supongo que se refiere a los tres meses... en las Juntas acostumbran negociar al 50% dicha prestación.

Prima de antiguedad y proporcionales te hacen pagar todo.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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23/Ago/07 13:40
Re: Gravar despido injustificado no viola proporcionalidad t

Hola:

Como las negociaciones que siempre son a la baja, me parece loable que el patron tenga que cubrir los impuestos y mas si ni se consideran para la negociacion. No hay que olvidar que trabajador le interesa la liquidez, desde su punto de vista.

¿O que el patron empieza a negociar del 120% para caer al 100%?

Ese riesgo debe correr por parte del patron si no liquida al 100% conforme a derecho.

Y como argumenta ByPaco.... luego ¿como se fundamentaria las partidas exentas en partes proporcionales? y luego se buscaria cuadrar el finiquito real de alguna manera.... eso es precisamente la problematica del patron que debe de asumir, pues inicialmente tenia la obligacion y seguiria teniendola con o sin finiquito.

Todavia faltaba que determinado el impuesto sobre un partidas que se supone que seria el 100%, debiese rebajarse la proporcionalidad del impuesto.... los impuestos no serian proporcionales si no progresivos.

El trabajador tomaria su decision en cuanto a liquidez que percibe, y patron debe de alguna manera de negociar con es valor liquido, es razonable que los impuestos ahora sea con cargo a patron, por lo que luego el patron deba reconsiderar los datos en su finiquito de manera piramidal, para que de esta forma sean deducible de conformidad con la documentacion que se obtenga.

Luego esos impuestos se suponen retenidos y debe cubrirlo precisamente el patron, nunca dejo esta obligacion a un lado, o cuando menos la ley no le exhime esta obligacion ni si quiera en el finiquito.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Ago/07 19:58

[quote:624577d8d5="sosgtorreon"]...debo reconocer que en no pocas ocasiones ha resultado infructuoso el cálculo, ....[/quote:624577d8d5]
:idea: Buenas tarde. En mi caso, también le presento a quien tome la decisión, TODO el cálculo del finiquito, es decir, considerando el isr a retener, para que ya negocie con el trabajador sobre el neto REAL y de ahi... a negociar.....

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pepesoto
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