21/Ago/07 14:07
INTERMEDIO Y ARRENDAMIENTO
HOLA BUENDIA:
ESPERO Q ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR YO SE Q ES ALGO SENCILLO PERO COMO NO TENGO MUCHA EXPERIENCIA MAS Q NADA DESEO CONFIRMAR
TENGO UN CLIENTE Q SE DEDICA A FABRICAR Y DAR MANTENIMIENTO A ANUNCIOS ESPECTACULARES Y ESTA REGISTRADO COMO REGIMEN INTERMEDIO , ESPECIFICAMENTE EL GIRO PRINCIPAL ES FABRICACION MANTENIMIENTO Y COMERCIALIZACION, EN ESTA ULTIMA ACTIVIDAD ES EN DONDE ENTRA MI DUDA YA QUE ULTIMAMENTE HA RENTADO Y SUBARRENDADO ANUNCIOS OBVIAMENTE COMO SU NOMBRE LO INDICA ESTO ES ARRENDAMIENTO MI DUDA ES TENDRIA Q DAR DE ALTA ESTA CLAVE PARA ASI OBTENER LOS BENEFICIOS DE ESE REGIMEN O DEJAR SOLO INTERMEDIO Y MANEJARLO COMO LA COMERCIALIZACION PRECISAMENTE
GRACIAS POR SU ATENCION Y AYUDA
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terecholico
Cabo
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21/Ago/07 14:33
Terecholico:
Si la persona fuese fisica, considero que si debe darse de alta esa obligacion desde la fecha en que empezo a operar mediante esa actividad de arrendamiento, no solo para hacerse acreedor a los beneficios, sino tambien a seguir con sus obligaciones correspondientes a ese regimen, que no varian en mucho de las que ya se cuenta con las otras actividades.
En el caso de persona moral me parece no haber beneficios adicionales, pero debe contarse dada de alta la actividad preponderante, es decir la que mayor actividad economica reportaria a la SHCP y formaria parte de sus obligaciones fiscales
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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21/Ago/07 14:47
Re: INTERMEDIO Y ARRENDAMIENTO
En el caso de activar la obligación de Rentas (si es persona física), toma en cuenta que si le entrega un comprobante fiscal a una p. moral existirán retenciones y tu flujo de efectivo disminuye. Saludos.
NO TE QUEJES DE MUCHO TRABAJO, ACUERDATE QUE HAY PERSONAS QUE SE QUEJAN PORQUE NO LO TIENEN.
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salvadorsolis
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21/Ago/07 14:51
GRACIAS ENRIQUE9727 Y SALVADOR Y SI ES PERSONA FISICA TIENEN RAZON EN LO QUE NO HABIA PENSADO ES EN LO DE LAS RETENCIONES YA Q, SI LA MAYORIA DE SUS CLIENTES SON PERSONAS MORALES,
Y SI NO LA ACTIVARA?
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terecholico
Cabo
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24/Ago/07 16:28
Re: INTERMEDIO Y ARRENDAMIENTO
Estimado companero (a):
Tambien debes tomar en cuenta la entrada de la CETU, que le va a pegar a todo mundo igual que el huracan Dean.
Seria bueno mantener la facturación por servicios de publicidad, en lugar del arrendamiento del anuncio publicitario.
Considero que se daria lo del arrendamiento, si la persona que hace uso del bien, pone él mismo su publicidad.
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jand_nava
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24/Ago/07 18:33
Re: INTERMEDIO Y ARRENDAMIENTO
Si tus clientes no te objetan nada, puedes dejarlo asi, pero de que esta obligado a dar de alta la clave de arrendamiento esta obligado, por la actividad.
Sin embargo dependiendo del monto de los ingresos de por las diversas actividades puede ser que no le objeten nada del SAT.
El otro problema es ¿como lo va a reportar en sus informativas las personas morales?, como proveedor o como arrendador, hay que recordar que esta obligación de IVA es mensual, y presiento que el asunto de compulsas y detección de actividades de este tipo va mas rápido y va por medio de esas informativas.
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teofiloperea
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28/Ago/07 11:18
gracias compañeros por sus aportaciones
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terecholico
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28/Ago/07 11:37
LOS ESPECTACULARES SON BIENES INMUEBLES ????????????????
HAY QUE LEER LAS LEGISLACIONES, NO LEGISLAR, "ARRENDAMIENTO O USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES", ESE ES EL REGIMEN, AL QUE USTEDES REFIEREN????
POR QUE HASTA LOS DEL SAT LO PONEN "RENTA DE CASAS Y LOCALES"
INDIVISA consultores sc.
Firma de Asesoría y Consultoría de Negocios
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indivisa
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28/Ago/07 11:47
Re: INTERMEDIO Y ARRENDAMIENTO
si no es inmueble es act empresarial, asi que les sugiero revisar codigo civil y definir si es o no inmueble.
en iva no hay distincion ya que habla d ebienes entendiendose todos.
cj
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cjlopezasesoria
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28/Ago/07 11:49
Hola:
Excelentes puntos finos cjlopezasesoria
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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