25/Ago/07 11:34
Re: MODELO CONTRATO CAJA DE AHORRO
Capitulo 1. Definiciones
Para los efectos de este reglamento se entenderá:
1. Por la “EMPRESA”, a la sociedad denominada “X”.
2. Por “Caja de Ahorro”, la caja de ahorro para el personal de la “EMPRESA”.
3. Por ahorro, la cantidad que el afiliado ahorrara con el fin de crear un patrimonio.
4. Por “cuenta de ahorro”, la cantidad que el afiliado tendrá disponible para efectuar retiros.
5. Por “cuenta individual”, la cantidad que cada afiliado haya ahorrado conjuntamente con su rendimientos.
6. Por “afiliado”, quien pertenezca a la “Caja de ahorro” por cumplir con los requisitos que al efecto se marcan en este reglamento.
7. Por “personal de planta”, quienes sean trabajadores o empleados que prestan sus servicios subordinados a “LA EMPRESA”.
8. Por “aguinaldo”, la cantidad proporcional al salario que por ley recibe anualmente el personal de planta de “LA EMPRESA”.
9. Por “fondo de ahorro”, la prestación de previsión social que tiene establecida “LA EMPRESA” para su personal de planta.
10. Por “aportaciones de los afiliados”, las aportaciones hechas por el afiliado a la caja de ahorro, en términos de lo previsto en el presente reglamento.
11. Por “rendimientos”, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje de rentabilidad a los saldos según se establece en este reglamento.
12. Por “sueldo nominal”, la retribución principal que “LA EMPRESA”pague al afiliado cada mes con carácter de permanente, con exclusión de cualquier otra prestación en dinero o en especie que le pague con carácter eventual o transitorio.
13. Por “órgano de administración”, el grupo de empleados a quienes se les encomienda la supervisión y manejo de la caja de ahorro, y que serán designados al efecto por los afiliados a la “Caja de Ahorro”.
Capitulo 2. Integración
El personal de planta y los pensionados de la “EMPRESA” establecen una “Caja de Ahorro” cuyo funcionamiento se regirá de acuerdo a las disposiciones de este reglamento. La aportación a esta “Caja de Ahorro” es de carácter voluntario.
Capitulo 3. Objeto
La “Caja de Ahorro” tiene por objeto crear un patrimonio que permita a sus afiliados ahorrar a corto y largo plazo parte de sus ingresos. El ahorro a largo plazo tiene por objeto complementar los sistemas de retiro y pensión actualmente existentes para el personal de “LA EMPRESA”, como son el SAR, el IMSS y el Fondo de Pensiones.
Capitulo 4. Afiliación
Todo el personal de planta que preste sus servicios subordinados a “LA EMPRESA”, así como sus pensionados y sus herederos, tendrán derecho, cuando así lo deseen, a ser admitidos como afiliados a la “Caja de Ahorro” y a disfrutar de los beneficios de la misma, bastando para ello que presenten por escrito la solicitud correspondiente al órgano de administración de la presente “Caja de Ahorro”.
Capitulo 5. Aportaciones
Los afiliados que forman parte del personal de planta decidirán la cantidad o el porcentaje de su sueldo nominal que aportaran quincenalmente a la “Caja de Ahorro”. La cantidad correspondiente le será deducida de su pago quincenal de acuerdo con la autorización otorgada por el afiliado en su solicitud de ingreso a la “Caja de Ahorro” y se abonara a su cuenta individual. Podrán también solicitar, si así lo desean, se les abone a su cuenta individual una porción de su aguinaldo y/o préstamo del fondo de ahorro. También tienen el derecho de cambiar el porcentaje o cantidad de su aportación en los meses de Marzo y Septiembre de cada año.
Todos los afiliados podrán hacer aportaciones extraordinarias, si así lo desean, depositando los días últimos de cada mes en las cajas de tesorería de “LA EMPRESA”, las cantidades que deseen aportar a su cuenta individual.
Capitulo 6. Rendimientos
“LA EMPRESA” acreditara en las cuentas individuales de los afiliados a la “Caja de Ahorro”, el porcentaje de rentabilidad decretado por el órgano de administración, de acuerdo a los resultados obtenidos en el mes inmediato anterior. Estas cantidades se acreditaran en la segunda quincena de cada mes, tomando como base el saldo promedio de la cuenta individual de cada afiliado en el mes inmediato anterior.
Capitulo 7. Beneficiarios
Al hacer su solicitud de ingreso a la “Caja de Ahorro”, los afiliados deberán establecer la persona o personas que serán beneficiadas de sus ahorros en caso de fallecimiento del propio afiliado, así como el porcentaje que deberá corresponder a cada uno, en caso de pluralidad de ellos.
El afiliado conservara siempre el derecho de cambiar a sus beneficiarios en el momento en que así lo desee, pero deberá dar aviso por escrito en tal sentido al órgano de administración de la “Caja de Ahorro”, donde le sellaran una copia del mismo escrito, la que servirá como constancia del cambio.
Si se presentare el fallecimiento de un afiliado a la “Caja de Ahorro” y este no hubiera designado beneficiarios, el órgano de administración depositara el total de las aportaciones ahorradas por el afiliado fallecido en la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado, para que ante ella demuestren sus derechos la personas a que se refiere el articulo 501 de la Ley Federal del Trabajo, quedando el órgano de administración liberado de toda responsabilidad.
Capitulo 8. Retiros
Los afiliados que forma parte del personal de planta tendrán el derecho de hacer retiros parciales hasta por el 100% del saldo de su cuenta de ahorro en forma quincenal. Todos los afiliados deberán hacer la solicitud de retiro correspondiente con 5 días de anticipación, llenando la forma que para tal efecto le proporcionara la oficina del órgano de administración.
Las cantidades que retiren los afiliados tendrán un cargo por comisión de salida, que será establecido por el propio órgano de administración.
La cantidad solicitada por los afiliados que forman parte del personal de planta se les entregara junto con su sueldo quincenal en las fechas acordadas; a los pensionados, se les entregara mediante la expedición de un cheque, siempre que tengan derecho a ello en los términos de este reglamento.
Tratándose de personal de planta que se retira de “LA EMPRESA” y que no se pensiona, procederá el retiro del total de las aportaciones, entregándose al afiliado o a sus beneficiarios el saldo de su cuenta individual a la fecha del retiro.
El personal de planta que pasa a ser pensionada tendrá la opción de retirar todos sus saldos o permanecer como afiliado a esta caja de ahorro.
Capitulo 9. Inversiones
Los recursos captados en la “Caja de Ahorro” se invertirán en valores de renta fija e instrumentos de inversión bajo los lineamientos que fije al efecto el órgano de administración.
El órgano de administración tratara de conseguir rendimientos más altos que los que puede obtener una persona física en el mercado financiero, buscando siempre las mejores opciones de inversión, con el menor riesgo posible.
Capitulo 10. Información
El órgano de administración informara y hará las gestiones conducentes con la “EMPRESA” para que se de cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento.
Así mismo, informara al personal de planta cada quincena y a los pensionados cada mes, en el recibo de pago respectivo, sobre las aportaciones, los rendimientos y el saldo de su cuenta individual.
Cualquier aclaración al respecto podrá hacerla el afiliado ante el órgano de administración.
Capitulo 11. Impuestos
En los términos de las leyes vigentes, la “Caja de Ahorro”, se encuentra exenta del pago de impuestos, en virtud de que las aportaciones realizadas al mismo ya cubrieron el impuesto respectivo, por lo cual los retiros de la misma ya no podrán ser gravados. Los rendimientos que se obtengan serán gravados al realizar las inversiones, por lo cual tampoco procederá gravamen adicional sobre ellos.
Capitulo 12. Administración
La dirección, administración y supervisión de las operaciones de la “Caja de Ahorro” estarán a cargo del órgano de administración, mismos que serán designados por la mayoría de los afiliados a este reglamento.
Capitulo 13. Carta de adhesión
La persona que se afilie a este reglamento, deberá firmar una carta de adhesión en donde además de externar el monto que desee se le descuente de su nomina de sueldo, aceptara la designación del órgano de vigilancia, así como respetar y cumplir la normatividad inherente a este reglamento.
El órgano de administración entregara una copia de la adhesión al plan del afiliado correspondiente, al área encargada de la nomina de sueldos de la “EMPRESA” a efecto de que se procedan a descontar las cantidades correspondientes a la “Caja de Ahorro”.
Capitulo 14. Reformas
Este reglamento podrá ser modificado en cualquier tiempo mediante la aprobación expresa del órgano de Administración.
Capitulo 15. Casos no previstos
Los casos no previstos en este reglamento serán resueltos por el órgano de administración.
Transitorios
Articulo Unico. Este reglamento entrara en vigor el día 26 de Abril del 2007.
Articulo Segundo. Este reglamento se firma el día 25 de Abril del 2007, en la ciudad de Guanajuato, Gto. por todos los trabajadores que se desean afiliar al mismo.
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NOMBRE FIRMA