SON DEDUCIBLE LAS FACTURAS DE ARRENDAMIENTO DE PARCELA
se puede utilizar facturas de arrendamiento de parcela agricola que esten vencidas y si se pueden utilizar cual es el fundamento legal para que esas facturas se utilizen
Re: SON DEDUCIBLE LAS FACTURAS DE ARRENDAMIENTO DE PARCELA
Hola jesus14:
De poderse emplear.... no hay prohibicion, hasta donde se.
De que se "deban" de emplearse pues ahi se te quedo mal.... no me agrada leer eso de la RMF, son pura jal----etinas
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
Mensajes:
15565 Ingresó:
Julio 10, 2007 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
16/Ago/07 9:58
En caso que tu actividad sea agricultor o ganadero (actividad agropecuaria).
Tus facturas, no caducan. Las puedes seguir utilizando
(miselanea fiscal para 2007. Diario oficial del 30-Abril-2007).
En caso de que tu actividad sea arrendamiento de inmuebles, a partir de este año, tus facturas caducan el 31-Dic-2007, O a los 2 años de la fecha de expedicion, lo que ocurra primero.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.