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09/Ago/07 19:36
Sociedad Civil.....

Buen dia....

Una pregunta, en la creación de una sociedad civil la cual se va a dedicar a servicios de capacitación para el trabajo prestado por el sector privado a personas desempleadas, subempleadas o discapacitadas, en pocas palabras ofrecer la mano de obra a empresas y reducirles la carga fiscal y laboral de imss, sar, infonavit, retencion de salarios, demandas etc.
¿Cuales serian mis obligaciones?, ¿Voy a facturar?, ¿Es persona moral con fines no lucrativos?, ¿Presento iva desglosado?

Agradeceria sus comentarios
 
JV
 
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Javilo
Sargento Segundo

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09/Ago/07 23:25

No veo que ese tipo de sociedad sea sin fines de lucro, pues dependeria de los ingresos que obtendria por la colocacion de mano de obra o de personal

Me parece que sea esta una actividad empresarial

Y a mi juicio los servicios gravan a la tasa 15%, pero si encuentras algun servicio gravada a la tasa 0% no creo que sea por esta actividad, asi que el traslado del IVA debe efectuarse pero con tasa 15%

Si fuese persona moral seria las de cualquier persona.

En tu pregunta haces mencion de una sociedad civil este tipo de sociedad es comun que los profesionistas las empleen, es decir abogados, contadores, licenciados, ingenieros. Mismos que seria asociados de la sociedad, y que mediante distribuciones de remanentes obtendrian cada uno sus ingresos personales,

Pero si la empresa que dices que tendrias no tiene al personal que prestaria los servicios que ofreceria la sociedad, ellos no formarian parte de la misma, me parece que seria una negociacion (SA u otras sociedad con fines de lucro) disfrazada de (SC), lo cual no me parece adecuada el tipo de la sociedad por el cual se constituyo

El lucro seria por la colocacion de personal, asi lo entendria por mi parte, a diferencia de que varios profesionista no le daria doble agregado a sus servicios como sucederia con el lucro, que seria ganancia para el prestador y los dueños de la negociacion. En la SC simplemente los mismos asociados ganarian solamente una vez.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Ago/07 13:52

hola tributa en titulo ll de la lisr, con la coveniencia que solo acumula lo cobrado, si es sujeto de iva
saludos
 
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verinitis
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10/Ago/07 17:33
Re: Sociedad Civil.....

Comentaba lo del iva porque en el sat me dijieron que no, pero voy a leer el articulo y sacare mis conclusiones
 
JV
 
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Javilo
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