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02/Ago/07 10:01
Renta de motos a empleados.

:) Buenos Dias

Por favor me pueden orientar si hay algun problema con lo siguiente :

Es una empresa que se dedica a la venta de seguros de vida y esta contratando cobradores a los cuales les va cobrar por facilitarles moto o carro para que vayan a realizar la cobranza.


Yo les comento que es una herramienta de trabajo la moto o carro
pero ellos quieren cobrarles por semana a esos trabajadores por usar
dichos vehiculos.

Se puede generar algun problema?
 
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conta0717
Sargento Primero

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02/Ago/07 10:21
Re: Renta de motos a empleados.

Hola:

Tienes razon conta0717 podria tener problemas laborales y es contrario a derecho ese proceder.

Lo anterior se muetra de conformidad con la LFT en sus el Art 83 y 132, mientras que el 163 señala como obligacion del patron el proporcionar los medios para que esas herramientas sean empleadas, es decir obligaria al patron si desea el servicio sea prestado por el trabajador, a que le proporcione las herramientas o equipo, ademas de una capacitacion.

El trabajador ofrece su capacidad para otorgar un servicio y no debe realizarsele cobros por desgastes de sus herramientas o equipos que emplee en favor de ese servicio que presta.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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02/Ago/07 20:15
Re: Renta de motos a empleados.

:| Buenas noches. ¿No será que el patrón lo que desea es cobrarles el maltrato que le hagan a las motos...? Eso SI se puede estipular y nomás cuidar los alcances del 110 de la LFT.


El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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03/Ago/07 10:01

hola
yo creo que se le esta dando un enfoque meramente laboral siendo una combinacion de ambos ya que primero la renta de las motos es una deduccion al 100% para la empresa y en segundo lugar vendria la cantidad que le cobraria el patron a sus trabajadores, siendo esto acumulable para el patron y deberia especificarse claramente en el contrato de trabajo, no es una deduccion para el trabajador por el regimen de salarios en que se encuentra.
espero sea de utilidad el comentario
saludos
 
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verinitis
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03/Ago/07 11:56
Re: Renta de motos a empleados.

El efecto inmediato son los ingresos por el cobro de los vehículos.
El efecto secundario es en la moral del empleado, sin embargo si el empleado esta de acuerdo tendría que estar estipulado por escrito, o en el reglamento interior de trabajo.
Y para finalizar que va a pasar cuando algún empleado se retire y tuvo descuentos de este tipo por el uso de vehículo, yo creo que si lo reclama via secretaria del trabajo ó conciliación y arbitraje, tiene muchas posibilidades de ganarlo.
 
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teofiloperea
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