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13/Jul/07 12:06
COEFICIENTE DE UTILIDAD APLICABLE POR PRESENTACION DE COMPLE

Jovenes,

derivado de la presentacion de declaraciones complementarias de anual 2006 (ejemplo en Junio 07), a partir de cuando se debera presentar pagos provisionales complementarios con nuevo coeficiente? Marzo ? Enero?? Saben el fundamento legal??? :?:

Saludos!
 
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rdelaros
Soldado

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13/Jul/07 16:06

Hola:

De marzo en adelante

El fundamento legal es el mismo que da lugar a la determinacion de los pagos provisionales....

¿si no como es que se osa, determinarlos de manera erronea o bien?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/May/23 01:00
Re: COEFICIENTE DE UTILIDAD APLICABLE POR PRESENTACION DE COMPLE

Desde que presentes las complementarias, el fundamento es el art 14 LISR, la lógica y el sentido común. Si estás buscando que el fundamento te diga que cuando hay declaraciones complementarias el nuevo coeficiente se va a aplicar posterior a su presentación, no lo vas a encontrar así.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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09/May/23 08:49
Re: COEFICIENTE DE UTILIDAD APLICABLE POR PRESENTACION DE COMPLE

...0492
 
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CP_PACO
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