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08/Jul/07 13:25
QUE DIOT PARA PERSONAS FISICAS, ¿NO?

Declaración informativa de operaciones con terceros

La declaración informativa de operaciones con terceros es una obligación fiscal prevista en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que consiste en proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), información sobre las operaciones con sus proveedores.


Deben presentarla todos los contribuyentes personas físicas y morales que sean sujetos del IVA. No obstante, en breve se definirán las fechas de presentación de la declaración de proveedores para las personas físicas.



Cuándo se debe presentar y mediante qué formato


Cuál es el medio de presentación


Facilidades para el llenado del formato electrónico


Textos de las Reglas 5.1.12. , 5.1.13. y artículo tercero transitorio*, mediante las cuales se establecen los plazos para la presentación de la declaración informativa del IVA para personas morales, a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA. ( 44 kB)

AVISO: La opción a que se refiere la regla 5.1.13, será de aplicación temporal, por lo que se recomienda aprovechar este periodo para realizar las modificaciones a sus sistemas contables y estar en posibilidad de cumplir con esta obligación en los términos de la regla 5.1.12.


Listado de conceptos de la declaración informativa de Operaciones con Terceros. Simplificada. (.xls 29 kB)


Programa para elaborar y presentar la declaración informativa simplificada


Ruta para el envío de la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) 2007 simplificada


Layout del archivo para carga batch de la declaración informativa de Operaciones con Terceros. Simplificada. ( 59 kB)


Tip´s para el llenado del Formato Electrónico A-29. Declaración informativa de Operaciones con terceros. Simplificada. ( 237 kB)

* Reglas publicadas en la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007 en el Diario Oficial de la Federación del 2 de julio de 2007.


COMUNICADO DEL SAT, ACTUALIZADO AL 5 DE JULIO DE 2007, INFORMACION VIGENTE.

POR LO QUE, NOS QUEDA ACLARADA LA CONTROVERSIA DE SI LAS PF, ESTABAN OBLIGADAS O NO, A LA PRESENTACION DE LA DIOT.

AHORA HAY QUE LLAMARLE A ZUBIRIA MAQUEO, PARA QUE NOS SUBA A LA PLATAFORMA DEL SAT, UN SISTEMA ADMINISTRATIVO QUE NOS EMITA INFORMES PARA LA DECLARACION, Y ASI YA PODER PRESCINDIR DE LOS SERVICIOS DE UN CONSULTOR.
 
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indivisa
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09/Jul/07 8:26
Re: QUE DIOT PARA PERSONAS FISICAS, ¿NO?

Que tal buenos días:

salio un comunicado Indivisa, aqui mismo en fiscalia lo puedes ver en donde la autoridad aclara que como a las monjitas, a todos aplica esa declaración, en la paguina del sat tambien esta esa afirmación, salio el 5 de julio de 2007.


saludos.
 
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ELNUME
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11/May/23 22:07
Re: QUE DIOT PARA PERSONAS FISICAS, ¿NO?

Como dijo la Monjita, le aplica a todas.
 
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Cheque
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12/May/23 15:54
Re: QUE DIOT PARA PERSONAS FISICAS, ¿NO?

07?
 
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CP_PACO
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