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25/Jun/07 20:44
DICTAMEN FISCAL

QUE PASA SI MI AUDITOR NO HA PRESENTADO EL DICTAMEN EN LA FECHA DEL CALENDARIO QUE PUBLICO EL SAT. PERO SI LO VA A PRESENTAR EN EL MES DE JUNIO :x
 
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BarbaraLozada
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26/Jun/07 8:09
Re: DICTAMEN FISCAL

Que queda a discreción del SAT darle efectos o no, eso y no presentarlo es casi lo mismo.
 
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Cheque
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26/Jun/07 8:21

No hay problema alguno, las capas de presentación que distribuye el SAT son solo para que no se les junten todas las presentaciones del dictamen el mismo día, no te preocupes siempre y cuando en realidad se presente en el mes de Junio.

Saludos!!!
 
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AbrahamGL
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26/Jun/07 8:22
Re: DICTAMEN FISCAL

Este comentario anterior no tiene ningún fundamento jurídico.

O cual es?
 
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Cheque
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26/Jun/07 8:38

Artículo 32 A del CFF fraccion IV párrafo 6

Saludos!!!
 
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AbrahamGL
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26/Jun/07 9:02
Re: DICTAMEN FISCAL

Estoy de acuerdo con el compañero AbrahamGL , inclusive si checan la misma pagina del sat en preguntas frecuentes dice lo siguiente:

1. ¿Cuál es el plazo para la presentación del dictamen de Estados Financieros del ejercicio fiscal 2006?

El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2006, se presenta a más tardar el 30 de junio del 2007; [color=red:23e57a2d88]sin embargo[/color:23e57a2d88], lo puede presentar en forma previa a la fecha indicada en el siguiente calendario:

Calendario para el envío del dictamen de acuerdo a la primera letra del RFC.

Letras A a la F del 19 al 21 de junio de 2007

Letras G a la O del 22 al 26 de junio de 2007

Letras P a la Z y el & del 27 al 29 de junio de 2007

Fundamento legal: Artículo 32 A del CFF. y Regla 2.9.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 25 de abril de 2007.


Si ven colegas, la misma pagina de hacienda lo dice, "sien embargo, lo puede presentar en forma previa" esto lo hacen para que no se les sature el portal a finales del mes.

Ese es mi puento de vista....
 
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cpmiguelangel
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26/Jun/07 9:07
Re: DICTAMEN FISCAL

A ver, chicos.

El fundamento del CFF te dice un mes, estoy de acuerdo en que mientras se presente dentro de ese mes, ok, vale mas la ley que la regla.

El problema es que el SAT da una prorroga, donde los días se van mas alla del plazo mencionado en el CFF.

Y estoy de acuerdo, presentación previa a la fecha de calendario con fechas prorrogadas esta ok.

El problema es presentar en plazo posterior a la letra que te toco en el calendario de fechas prorrogadas del SAT, decir, minimizar que no es problema presentar el DAFF en este supuesto, no tiene fundamento juridico y es algo irresponsable.
 
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Cheque
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26/Jun/07 9:13
Re: DICTAMEN FISCAL

Efectivamente mi estimado Cheque, ese seria el problema, la recomendacion para BarbaraLozada seria, que verifique con su auditor la fecha de presentacion que no sea fuera de plazo, por que ahi si tendria problemas....
 
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cpmiguelangel
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26/Jun/07 10:22

Lo que manda es el CFF y la miscelanea esta solo aclarando o mencionando cierta forma de presentarlo pero el CFF es claro

"..... a mas tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate."

Por jerarquización de las leyes el CFF esta por encima de las reglas de la resolución miscelanea. por tal motivo no hay problema que se presente a mas tardar el 30 de junio de 2007.

Saludos!!!

No hay que vernos mas papistas que el papa.
 
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AbrahamGL
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26/Jun/07 17:23
Re: DICTAMEN FISCAL

Es correcto lo que mencionas, el riesgo esta, si da la situación del año pasado, que den prorroga mas alla del 30 de Junio y si tu letra con prorroga es 4 de Julio y la presentas en el plazo de la última letra, por decir 10 de Julio es cuando es el problema.

Este año si no hay prorroga no se daría ese riesgo.
 
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