Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
05/Jun/07 13:23
Plan de Prevision Social

Hola: necesito implementar un plan de prevision social en mi empresa, una de las prestaciones es el vale de despensa, mi pregunta es que si lo puedo condicionar para que el trabajador lo pierda si tiene una o mas faltas.

Gracias
 
Perfil

tovareli
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/07 15:39

Si condiciona o sujeta a trabajo se vuelve en
contra-prestación, dejando por ende de ser una prestación... del tema se a tratado en múltiples ocasiones en fechas anteriores, recomiendo utilizar el buscador para abundar en el tema, ya que diversos compañeros nos han regalado opiniones de bastante peso y sustancia.

Saludos.
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/07 15:51
Re: Plan de Prevision Social

Hola:

Cada patron implementa reglas generales para la aplicacion de alguna prestacion o prevision social, manifentandolo en su plan de prevision social.

Solo que esas reglas deben ser para todos, y que se deje constancia de que fueron enteradas todas personas concernientes. (caracter de generalidad)

Se puede jerarquizar prestaciones y montos, lo anterior no implica que se transgreda el principio de la generalidad.

Si se podria condicionar lo que comentas, en relacion a los vales de despensa y la asistencia.

No es comun que se aplique esa postura en las compañias.

Ademas existe otras prestaciones en dinero que la compañia otorgaria sin tenerse que pagar partidas extras por afores y partidas de seguridad como son PREMIOS DE PUNTUALIDAD Y PREMIOS POR ASISTENCIA

Hay compañias que otorgan la prestacion conforme a los dias cumplidos, otros pautas mas drasticas.

Me parece que se debe premiar el esfuerzo, a un trabajador se le descuenta los dias no trabajados, pero no toda su semana, me parece que si se basan en la proporcionalidad podria tenerse buenos desempeños, pero tambien el exceso de esta medida podria llegar a la conformidad del empleado.

Es opcion del patron tomar su estilo en este tipo de medidas y politicas

Saludos
 
Perfil

mirnalcantu
Capitán Primero

Mensajes: 862
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/07 16:19
Re: Plan de Prevision Social

En mi opinión una de las caracteristicas de las partidas de previsión social esque estas no están en función del trabajo prestado de lo contrario sería una contra-prestación. Sobre este tema te puedo comentar lo siguiente: la Suprema Corte de Justicia aprobo la jurisprudencia 39/97 en la que declara la deducibilidad de los vales de despensa como gastos de previsión social, sin embargo esta no tiene la jerarquia de una ley, por lo que unicamente se verán beneficiados con la misma aquellos que en su momento interpongan medios de defensa o juicio de amparo, solicitando su aplicación en contra de actos de la autoridades fiscales, por esto debes cuidar mucho que esta partida no la otorgues en función de la cantidad o dias trabajados de lo contrario considero que estaría dentro del concepto de Salarios que marca el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo "Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo" y del art.84 de la misma ley "El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie [/b:66adffed5c]y [b:66adffed5c]cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo".
 
Saludos C.P. Rodolfo Tufiño Tapia Tufiño Consultores, S.C. Tel. 5317-61-62 rodolfo.tufino@estrategiafiscal.com.mx www.estrategiafiscal.com.mx
 
Perfil

CPTUFINO
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Junio 08, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/07 17:12
Re: Plan de Prevision Social

Las prestaciones de previsión social, no se otorgan al trabajador por su trabajo, al tener como finalidad incrementar y mejorar el nivel de vida de éste y de sus familias, no tienen un perfil retributivo, es decir, no se entregan a cambio de la prestación de servicios. En tal virtud, de otorgar dichos vales bajo la modalidad que pretendes la prestación adquiriría la naturaleza de un bono por asistencia, el cual ya no podrá incluirse en los planes de previsión social.

Yo estoy en contra de la opinion de los compañeros que pretenden condicionar este rubro.
 
Alejandro Gamborino
 
Perfil

aruiz
Capitán Primero

Mensajes: 732
Ingresó: Julio 28, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/07 20:19
Re: Plan de Prevision Social

Hola:

acabo de enteder y comprender el concepto prestacion social, no lo tenia bien fundamentado.

Gracias y saludos
 
Perfil

mirnalcantu
Capitán Primero

Mensajes: 862
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jun/07 12:24

De acuerdo a lo comentado por aruiz.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jun/07 17:55

Hola:

Si de acuerdo al comentario de aruiz, es que aprendi.

ah ok vabdo esta de acuerdo.... jejejeje

Saludos
 
Perfil

mirnalcantu
Capitán Primero

Mensajes: 862
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jun/07 18:27

hola yo creo que el concepto es bien claro si es despensa cumple perfectamente con el objeto de la prevision social y no debe estar condicionado a llegar temprano o asistir o a cumplir con cierta productividad ya que en ese caso seria contra-prestacion y no es el objeto de la prevision social que señala el articulo 8 de la ley del isr.
saludos
 
Perfil

verinitis
Teniente

Mensajes: 286
Ingresó: Junio 10, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jun/07 23:43

Hola:

Mas bien si puede ser condicionado pero no en relacion al desempeno de sus trabajo.

La cuota diaria se ganaria de conformidad a lo trabajado.

Las prestaciones sobre ciertas condiciones que no tenga relacion de manera directa con el trabajo, mas sin embargo habria ciertas vinculaciones en algunas prestaciones con relacion a la cuota diaria, como por ejemplo el fondo de ahorro, al igual que los vales de despensas, en ocasiones se condicionan en proporcion a esas cuotas diarias, pero no por ausencias se pierde todo.

Es decir el salario se integraria de prestaciones mas cuota diaria

El aguinaldo es una prestacion y se paga de manera proporcional.

Toda prestacion deberia pagarse de alguna manera proporcional en alguna condicion.

Los premios de asistencia debe premiar la asistencia, al igual que la puntualidad debe considerarse tambien los parametros de su genero, de cualquier manera existiera una proporcion.

Saludos
 
Perfil

mirnalcantu
Capitán Primero

Mensajes: 862
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1