05/Jun/07 10:20
[quote:6ac99d72f3="mirnalcantu"]Hola:
1.- No existe una deficion exacta de lo que es una factura, recibo de honorarios, recibo de arrendamiento, nota de cargo, nota de credito
Pero lo que se entiende que forma parte de la documentacion comprobatoria expedidos por algun contribuyente.
Este tipo de comprobantes casi toda deben cumplirse con las reglas del 29 y 29 CFF
Digo casi toda, por que el recibo de nomina, lo expide el mismo contribuyente y no debe cumplir con estas reglamentaciones, ¿habria que leer muy muy bien para ver por que no?
2.- Mas sin embargo, la documentacion comprobatoria expedida por algun contribuyente, no es la unica factible a ser deducible.
Existe mas documentacion comprobatoria como: los contratos, las actas notariadas o judiciales, escrituras, pedimentos y otros mas.
Tampoco por este tipo de comprobantes debe atenderse a los art 29 y 29A del CFF, puesto que no los expide un solo contribuyente del ISR o es un tercera persona ajena a la operacion, tambien debe leerse muy muy bien por que no.
3.- La ley marca que el contribuyente debe recopilar DOCUMENTACION COMPROBATORIA, si la reunes en primera instancia seria deducible.
Dependiendo de quien los expide esa documentacion es que debe cumplirse esta comprobacion con las disposiciones del CFF.
4.- Uno de los requisitos basicos por los esos tickets, serian no deducibles, es por que no estan dirigidos a un RFC, que es lo que marca los articulos multicitados.
Se me hace muy impractico, ir a cada oficina de cada caseta a conseguir el documento adecuado, para tener que cumplir con una regla.
¿Que no procederia ahora una multa a la persona que expide ese comprobante de manera inadecuada? por que estaria lesionando intereses de particulares con esa forma de expedir sus comprobantes. Pues ahora debe dar otro viaje adicional para recuperar el documento adecuado y luego poder deducir conforme a derecho.
5.- Ahora pues el contribuyente juzgaria convenientemente a su favor que cumplida con la regla, y los hace deducible, pero luego estaria el criterio de la autoridad. Conforme al 6 CFF
Aunque para las cuestiones fiscales, no hay una legislacion, por un criterio prudencial o la importancia relativa, el contribuyente se apega a de este postulado y la autoridad en la mayoria de las ocasiones tambien toma el mismo criterio.
Tal vez reconsideraria la autoridad su criterio, si la importancia relativa, es un monto elevado.
6.- Si este tipo de erogaciones son revestidas con un contrato, pues ¿no deberia ser con las empresas expedidoras de los tickets? y ¿como podria ser esto????
Si son revestidos estos contratos con agentes de venta, pues ahora ya no habria este tipo de deducciones, puesto que serian gastos por comisiones y los que tendrian las deducciones, serian los comisionistas o agentes de ventas.
Se traspasa el "problema" mas adelante.
Saludos[/quote:6ac99d72f3]
HOLA MIRNA, DE ENTRADA TE SALUDO Y TE COMENTO QUE A VECES "ENTRE TANTO ROLLO" NO TE ENTIENDO, ME "REBORUJO" PORQUE A VECES MEZCLAS COSAS Y COMO QUE NO ATERRIZAS (DICHO CON TODO EL RESPETO QUE ME MERECES........Y QUIZA A MI ME SUCEDA .LO MISMO, SI ASI FUERA DESEARIA QUE ME LO HICIERAN SABER),
COMENTO
ES MUY PELIGROSO (SOBRE TODO , PARA LOS QUE "INICIAMOS" LA PRACTICA DE ESTA PROFESION), EL VER QUE HAY PROFESIONISTAS HECHOS Y DERECHOS (COMO TU), QUE AFIRMAN ENFATICAMENTE, CON UNA SEGURIDAD PASMOSA CIERTOS HECHOS, ACTOS, SITUACIONES , O COMO LE QUIERAS LLAMAR........PORQUE "TODO" LES CREEMOS, Y ASI CON ERRORES APRENDEMOS......Y LO PEOR, ES QUE LOS TRANSMITIMOS , "MAS ADELANTE"
COMO ESTO
.- "[color=red:6ac99d72f3]No existe una deficion exacta [/color:6ac99d72f3]de lo que es una factura, recibo de honorarios, recibo de arrendamiento, nota de cargo, nota de credito "
ES QUE SI EXISTE:
[color=red:6ac99d72f3]factura[/color:6ac99d72f3].
(Del lat. factūra).
1. f. Acción y efecto de hacer.
2[color=red:6ac99d72f3]. f. Relación de los objetos o artículos comprendidos en una venta, remesa u otra operación de comercio.
3. f. Cuenta detallada de cada una de estas operaciones, con expresión de número, peso o medida, calidad y valor o precio.[/color:6ac99d72f3]
4. f. Cuenta que los factores dan del coste y costas de las mercancías que compran y remiten a sus corresponsales.
5. f. Esc. y Pint. ejecución (‖ manera de ejecutar algo).
1. loc. verb. Pedir una contraprestación a quien se ha hecho un favor o prestado un servicio.
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recibo.
1. m. Acción y efecto de recibir.
6. m. Escrito o resguardo firmado en que se declara haber recibido dinero u otra cosa.
Honorarios: emolumentos remuneración retribución
ETC, ETC
RECIBO DE NOMINA ?.........QUE TIENE QUE VER CON LA DUDA PRINCIPAL DEL TOPICO ?
DE VERDAD, DESEO APRENDER DE TI, DE TODOS USTEDES QUE CONFORMAN ESTA PAGINA,.....PERO APRENDER BIEN. CON FUNDAMENTOS (CUANDO LOS HAYA), CON SENTIDO COMUN, CON LOGICA, CON RAZONAMIENTOS, CON EXPERIENCIA DE VIDA...........EN FIN, QUEDE EN EL AFAN DE CORREGIR NUESTROS ERRORES, Y QUE EL CONOCIMIENTO LLEGUE A NUESTRAS MENTES.......EXACTO
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'