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01/Jun/07 10:13
CONDONACION DE IMPUESTOS

CON LA APLICACION DE LA CONDONACION DE IMPUESTOS ,MULTAS Y RECARGOS EN LA LEY DE INGRESOS NACE LA SIGUIENTE DUDA, DICHA CONDONACION ES ACUMLABLE PARA EFECTOS DE I.SR. YA QUE ESTA ES OMISA AL RESPECTO Y ALGUNAS EMPRESAS COMO ABOGADOS RECOMIENDAN CHECAR ESTO CON LA AUTORIDAD ANTES DE ADERIRSE A ESTE PROGRAMA, A ALGUNO DE USTEDES AMIGOS DEL FORO LES A PASADO ALGO SIMILAR.
EN LO PERSONAL HE TRAMITADO ALGUNOS CREDITOS O REULSTADOS DE AUDITORIA A ESTE PROGRAMA Y NO AY PROBLEMA MAS SIN EMBARGO AL ESCUCHAR A OTROS COLEGAS NACE LA MISMA DUDA.

LES ENVIO UN CORDIAL SALUDO Y LES AGRADESCO SUS OPINIONES AL RESPECTO.
GRACIAS

HERRERA
 
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jgherr2000
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01/Jun/07 10:19

Hola jgherr2000:

Hasta el momento no he tenido la experiencia de tramitar alguno.

Los contribuyentes son muy renuentes al pago de impuestos, en especial de tiempos pasados.

Pero entiendo segun esos beneficios que las multas, recargos serian condonados por la totalidad, y en algunos casos hasta el 80% de los impuestos, siempre que no sean impuestos trasladados y me parece que los retenidos tambien se excluirian.

Saludos
 
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mirnalcantu
Capitán Primero

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01/Jun/07 10:45
Re: CONDONACION DE IMPUESTOS

LA DUDA ES SI EL MONTO CONDONADO PUEDE SER ACUMULABLE PARA EFECTOS DEL I.S.R. O LA AUTORIDAD PUDIERA HACERLO ACUMULABLE.


SALUDOS
 
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jgherr2000
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01/Jun/07 11:22
Re: CONDONACION DE IMPUESTOS

Buenos días a mi me llego esta informacion.
pero la verdad no considero que te den el beneficio la shcp y despues te lo quiten por otro lado yo considero que ya shcp lo que quiere es recabar algo de lo que se podria considerar ya perdido. yo tengo una cita con la shcp la proxima semana y voy a intentar plantearle esta situacion ya les comentare que es lo que me comentaron.





MEXICO, Mayo. 31.- Quienes presentaron una solicitud de condonación de deudas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) corren el riesgo de pagar mucho más de lo que creían.
Fiscalistas denunciaron que en el proceso de condonación de este año, los contribuyentes interesados acuden con la intención de pagar sólo 20 por ciento de sus adeudos anteriores a 2003, tal como lo contempla la Ley de Ingresos de la Federación 2007.
Sin embargo, sobre el 80 por ciento restante, el SAT les cobrará 28 por ciento como tasa de Impuesto Sobre la Renta (ISR) por considerarlo un ingreso que tuvo la empresa porque nunca entregó ese dinero al Gobierno.
Fuentes de Hacienda reconocieron que esta disyuntiva que enfrenta el SAT para cobrar el gravamen ha desalentado a algunos contribuyentes que ya habían decidido corregir su situación fiscal y acogerse a la condonación.
Por ello, ya contemplan la posibilidad de llevar a cabo un cambio en este sentido, el cual estaría establecido en la siguiente Miscelánea Fiscal.
"Es absolutamente una trampa; la Secretaría de Hacienda ha querido tomar esta imprecisión para colgarse de ahí, y decir que como no dice que no es acumulable, entonces sí es acumulable.
"Técnicamente no es acumulable, porque no es propiamente un ingreso. De hecho, sabemos que Hacienda aparentemente está considerando echar atrás esto y aclararlo en la próxima resolución miscelánea", señaló Ricardo Villalobos, socio de Servicios Jurídicos y federales de Ernst & Young.
Hasta el momento ninguna condonación ha concluido su trámite y todas las solicitudes son revisadas para saber si proceden, señalaron las fuentes gubernamentales.
El perdón, de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación 2007, contempla desde el principal hasta los recargos, señaló Herbert Bettinger, socio director jurídico de Mancera Ernst & Young.
Pero la disposición fiscal de cobrar ISR sobre lo condonado contraviene la disposición de los legisladores que pretendieron con la medida encarrilar a un buen número de deudores, señaló.
Mario Rizo, Socio de Impuestos de la consultoría Salles, Sáinz-Grant Thornton, explicó que el debate gira en torno a si el SAT debe modificar las reglas de operación de esta condonación para que expresen que la cantidad condonada no es acumulable, es decir, que no representa un incremento de riqueza por parte del contribuyente.
Fuentes de Hacienda explicaron que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, la Confederación Patronal de la República Mexicana y la Confederación de Cámaras Industriales, entre otros organismos, ya han solicitado a Hacienda resolver esta situación lo más pronto posible.
Si se considera como ingreso la condonación, también obligaría a los contribuyentes a pagar un 10 por ciento de participación de utilidades, destacó Herbert Bettinger.
"De proceder tal y como está expuesto el proceso de condonación, las empresas estarán obligadas a entregar a sus trabajadores el PTU correspondiente a los ejercicios de los cuales requieran el perdón", dijo.
 
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vero123
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