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31/May/07 11:51
con que cuenta?

buen dia, a todos los foros, surgio esto:

quien debe pagar los impuestos la cuenta fiscal o la puede pagar cual quier cuanta?.

ya que el contrato de pagos de impuesto hacia el banco no se contrato con la cuenta fiscal.

ya que se tiene que depositar ala cuenta ( x ) para pagar los impuestos,

esta bien lo que se hace? ya que el comprobante pago aparce a nombre del contribuyente y no del que contrato la cuenta.

espero que entiendan mi explicacion.

saludos
 
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uier
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31/May/07 12:01

No me queda muy claro tu planteamiento.

Lo correcto es que de las cuentas bancarias de la empresa realices el pago de impuestos.

Incluso algunos bancos no te permiten pagar impuestos de una compañia diferente a la titular de la cuenta bancaria.

Me toco el caso de una A. C. que actualmente no tiene operaciones y tampoco cuenta bancaria... como debía unas retenciones de Iva e Isr, de la cuenta bancaria de otra empresa realizamos el pago de los impuestos de la A. C.

No es lo recomendable, sólo que de alguna forma teniamos que efectuar el pago.
 
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Mem
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31/May/07 12:04
Re: con que cuenta?

[quote:48e69a4ea3="uier"]
quien debe pagar los impuestos la cuenta fiscal o la puede pagar cual quier cuanta?.

ya que el contrato de pagos de impuesto hacia el banco no se contrato con [color=red:48e69a4ea3]la cuenta fiscal[/color:48e69a4ea3].


saludos[/quote:48e69a4ea3]

Cuando alguien distingue o nombra a una cuenta bancaria como la fiscal... de inmediato asocio que debe existir una cuenta no fiscal (donde manejan las ventas no facturadas).

Espero que no sea tu caso.

Saludos
 
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Mem
Teniente Coronel

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31/May/07 12:43

y cuidado porque si existen depositos no relacionados en contabilidad, tendras que demostrar su proveniencia y posiblemente te los eleven a ingresos en caso de no demostrar su origen
 
TORREZ & ASOCIADOS
 
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TORREZ
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31/May/07 13:05

OK, CONTADORES GRACIAS POR SUS COMENTARIOS
 
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uier
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31/May/07 13:34
Re: con que cuenta?

Hola:

1.- Los impuestos los paga el contribuyente.

2.- Una empresa tendria cuentas bancarias no cuentas fiscales como se comento.

3.- Mediante esas cuentas bancarias se realiza el pago de impuestos de cualquier contribuyente, es decir no necesariamente, se hace desde una cuenta personalizada a un contribuyente determinado.

4.- La ley marca pagar impuestos, no pagarse desde una cuenta bancaria desde una cuenta personalizada del mismo contribuyente. Es decir se puede pagarse desde la cuenta de otra persona contribuyente o no.... Solo hay que tener saldo y mencionar el RFC de la persona contribuyente.

5.- Por mi parte en una empresa que asesoro, llegan otros auditores, objetando que no estan bien pagados los impuestos, pues desde una sola empresa se pagan los impuestos de todas las demas personas morales y fisicas.

Les pregunto por que.... y me contestan que por que deben hacerse desde una cuenta propiedad del contribuyente.... ¿le pregunto donde dice eso? Me recontracontestan pues es que serian no deducibles los impuestos.... Le constesto y ¿cuando han sido deducibles? y que en la empresas las que quieran revisar, no se han hecho deducibles esas partidas. Si nada de fundamentacion al respecto, por ultimo pregunta por que se hicieron asi. Y agrego pues ¿como es que las demas empresas pagan sus impuestos? le conteste: con reembolsos a la cuenta de la empresa que los pago

Les conteste que porque cada banco en cada cuenta cobran comision por uso de pagos electronicos y solo en dos de ellas se paga ese servicio, por ahorro es que se hace y a las empresas del grupo es como le conviene pagar, si piensan que hacienda objetaria esos pagos, ya los hubiera hecho y ademas no tendrian razon

6.- Me parece que hay ciertos bancos que no permiten el pago de impuestos de terceros, pero la mayoria si.

saludos
 
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mirnalcantu
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31/May/07 13:53

MMMMMMMMMMMM BUENA ODSERVACIO, MIRNAL,

MIRA, LO QUE PASA QUE SIEMPRE E PAGADO CON OTRAS CUENTAS Y RESULTA QUE AUDITORIA ME DICE QUE ESTOY MAL, Y E PEDI FUNDAMENTO Y ME MANDAN POR UN TUVO,

LO PRIMERO QUE ME DICEN QUE LOS DEPOSITOS NO SON JUTIFICABLES A ESE TIPO DE MONVIENTO POR TAL RAZON, LOS PUENDEN CONSIDERAS COMO INGRESOS.

PERO LES DIGO DONDE DICE QUE HAY UNA OBLIGACION...................... EN FIN
 
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uier
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31/May/07 19:00

Hola:

Pues que digan misan..... que justifiquen en su dictamen con una observacion de que los impuestos fueron pagados mediante transferencias realizadas por terceros y que fueron reembolsados a la persona que hizo el pago.

Si se quieren lavar las manos como Pilatos, o que investiguen con otras personas, que sean competentes en la materia, es su obligacion.

En el caso de que no apliquen los razonamientos adecuados y fundamentados, buscaria la manera de cambiar de auditores mas profesionales.


Refutale que los pagos de terceros pueden ser reembolsados y no son justificantes para ser considerados como ingresos y si para deducciones en la parte que finalmente incurren por ellos.

Pues no creo que lo consideren como acumulables, Si no es asi. Cambia definitivamente de auditores, es mi consejo, no es que se tenga que hacer.


Saludos
 
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mirnalcantu
Capitán Primero

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06/Jun/07 22:10

Aqui les dejo el link, de otro topico que inicio el compañero lobozac,
En mi opinion (aunque estoy de acuerdo con la opinion de Mem, TORREZ y mirnalcantu).

Hay que considerar la jurisprudencia de este topico
http://fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&p=155475#155475
.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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07/Jun/07 10:21
Re: con que cuenta?

Utilizando el buscador, dado que el tema que se plantea se abordo en diversas ocasiones hace varios ayeres, dejo el link al siguiente tópico;

Click en la flecha; :arrow: sugiero revisen el comentario del compañero Abogado[/b:ddc0e452f2], más que comentario la tesis que nos aporto... su participación viene en la primer página de ese tópico...

En dicho tópico su servidor a su vez había remitido a otro tópico aún más anterior, en el que mi vampiresco amigo [b:ddc0e452f2]Alucard nos facilitaba el resultado de una consulta realizada al SAT, la respuesta del SAT para abreviar era simple; por ellos no había problema... lamentablemente me parece que el enlace que se inserto para dicho tópico esta roto... y el mensaje original no lo pude rastrear con el buscador...

Esperemos ver si los amigos de fiscalia pudierán habilitarnos dicho mensaje...

Saludos.

Pdta.- En la anterior versión del buscador se podía elegir si entre presentar primero los mensajes más recientes o los más antigüos, a mi me era de gran utilidad al buscar... ojalá se restableciera dicha posibilidad de elección...
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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