Y para efectos del impuesto al valor agregado cual serìa el tratamiento???
Ya ven que cuando es por honorarios asimilables no se tiene la obligaciòn por parte del que presta el servicio a expedir comprobante fiscal, por lo que en estos supuestos cuando sea un comisionista y opte por que le asimilen el salario, que pasarìa con el iva que por virtud del 1-A de la ley de la materia.