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14/May/07 18:28
Efectos ISR en pagos en especie

Que tal, buenas tardes.

PM, reduce su capital via reembolso de acciones con pago en especie (terreno).

En el caso especifico del bien (terreno):

¿Existe enajenacion para efectos de ISR? es decir ¿se debe tener alguna consideración respecto a ese rubro tanto para la PM como para la física? :roll:

Gracias por sus comentarios!!!!!!
 
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BR1
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15/May/07 9:02
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Es un punto que se ve mas común en dividendos pagados en especie, pero aplica igual a reducciones, se dan dos efectos, uno como la propia reducción y otro que es el derivado de la transmisión de propiedad, que es la enajenación.
 
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Cheque
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15/May/07 11:38
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Gracias cheque.

Concuerdo contigo de que existe la posibilidad, ya que se vislumbra en el art. 78 de LISR (lo cual para mi es un antecedente aún cuando se refiera a dividendos o utilidades), aunque muchos temen (en el caso de dividendos) no cumplir con aquello de "pagar con cheque nominativo" tal como lo señala el art. 86 Fracc. XIV (cosa que estrictamente es algo bastante irregular y defendible legalmente en caso de pagar en especie dividendos...claro, aplicando la lógica de que no debemos pensar solo como contadores, y saber que existen mas leyes o códigos ademas de LISR jejeje)..

Podriamos decir entonces, que existe "legalmente" la enajenacion por la causa que expones, pero para efectos fiscales, no hay mas que observar lo que señala el Art. 89, es decir, para efectos de "posibilidad de generar ISR", observando, claro esta, si el valor del bien "entregado" es mayor al monto de la reducción, la lógica nos dice, que por la diferencia:

P.F.- Obtiene una utilidad en la operacion, y
P.M.- obtiene una pérdida.

¿Donde se encontrara la regulacion?, es decir, encontre para la PM en caso de que fuese ingreso, pero no el caso que se me presenta.....¿alguna pista?
 
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BR1
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15/May/07 12:03
Re: Efectos ISR en pagos en especie

En ese caso, ¿sería factible que se considerara dividendo dicha diferencia?..o mejor dicho, no factible si no forzosamente...¿o que tratamiento debe darsele?...ya que en el caso que me antañe, la PM no tiene utilidades ni contables ni fiscales (solo pérdidas acumuladas que no rebazan los 300,000)

Pero, al parecer es posible, ya que el bien entregado supera el monto del capital reembolsado.....(por concepto de plusvalia)
 
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BR1
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15/May/07 13:11
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Otros ingresos.
 
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15/May/07 13:47
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Para la PF "otros ingresos", acumula etc etc

Pero, para la PM ¿sería sustentable deducir el monto que pierde en la operación? ...
 
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15/May/07 14:43
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Depende de que sea la pérdida, pérdida en venta de activo fijo es deducible.
 
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15/May/07 21:30
Re: Efectos ISR en pagos en especie

estos temas son muy finos, son de encerrones y a conciencia buscar soluciones....


pagas e reembolso con terrenos, los terrnos deben tener un valor, existe enajenación, que acumula la pf? si recibe su capital!!! solo que en un pago diferente al dinero. En este tenor tendriamos que si el valor es mas alto que lo que debes recibir en terminos monetarios la dif sería ingreso acumulable para la pf y perd para la pm.

no esta facil.

saludos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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16/May/07 11:14
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Mejor les dire que compren los terrenos, mas facil para mí jejeje... :lol: (es broma)
 
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BR1
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16/May/07 15:19
Re: Efectos ISR en pagos en especie

Viendolo desde el punto de vista de negocio, no como contador ni fiscal

Una reduccion de capital ....

1.- Se haria considerando las utilidades
2.- Si se tienen perdidas tambien habria de restarsele a esas utilidades.
3.- Si hay mas perdidas de que utilidades, pues ya hubo una reduccion del capital por ese motivo. Perdida del capital social, por ineptitud de la administracion en acrecentar el valor del negocio
4.- ¿Como podria existir una reduccion sin tenerse utilidades? Seria la liquidacion de la empresa, con justa razon los acreedores reclamarian un fraude al momento de realizarse esa reduccion, pues ellos conocian de manera muy diferente la empresa, antes de conceder el credito, sin presentarse la reduccion.
5.- Los bienes de esa empresa debieran cubrir las obligaciones contraidas, y los que se formen primero son los que tendrian mayores beneficios, pues son de deudas que ya pasaron por resultados y fueron esos bienes para resarcir los resultados desfavorables.
6.- A los ojos de la SHCP esa reduccion seria enajenacion, con caracter de dividendo sin CUFIN (cuales utilidades fiscales, si son perdidas) puesto que la CUCA seria muy inferior al valor de la reduccion de capital
7.- Asi que en lugar de reduccion sugeria gravar bienes en operaciones para pasarlas a resultados, aprobarse, y solicitar los embargos precuatorios, proceso largo y tedioso, la empresa no paga, y le quitan los bienes y se declara en quiebra, por no contar ya con patrimonio para seguir adelante.

saludos
 
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mirnalcantu
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