Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
08/May/07 16:58
Clasificacion Activo Fijo

Buenas Tardes Colegas:

Laboro para una empresa comercial, en este mes se adquirio una camara de video con objeto de utilizarla para las presentaciones de los productos a los clientes.

En que rubro del activo fijo se debe de clasificar?

Pienso que debe de ser dentro del Mob. y Eq. De Oficina... estoy en lo correcto?

De antemano les agradezco sus comentarios.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
08/May/07 17:22
Re: Clasificacion Activo Fijo

Buenas tardes:

Estoy de acuerdo contigo, es el grupo de activos en el que más encaja... LISR art. 40, fracción III a un 10% de depreciación.

saludos...
 
Perfil

PROAN
Soldado

Mensajes: 12
Ingresó: Octubre 07, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 11:41

Yo la consideraria, como Equipo Electronico, para depreciarla al 35%.

O cres que ese equipo te va ha durar 10 años?
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 11:50
Re: Clasificacion Activo Fijo

Que tal vabdo:

Pudiera manejarse como tu sugieres, pero... en que parte de la Ley lo fundamentariamos, estoy checandola y no logro localizar ese grupo de activos, hechame la mano para terminar de convencerme.

Saludos y gracias...
 
Perfil

PROAN
Soldado

Mensajes: 12
Ingresó: Octubre 07, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 12:32

Yo coincido con vabdo, deberia considerar como equipo electronico, dependiendo del monto de la camara de video, aunque no creo que algun equipo como este sea muy economico.

Mi percepcion de que algunas cosas como calculadoras, utencilios menores, avanicos, debiesen cargarse a resultados de manera directa por ser de monto pequeños y dudo que la durabilidad sea la que señala la ley de ISR o alguna que marquen las politicas de las empresas.

No creo que algun equipo electronico como una camara tenga una durabilidad de 10 años y menos si la tecnologia es muy cambiante.

Me parece que muchas de las tasas de depreciacion son anacronicas para estos tiempos, que supuestamente ya hay mercados mas consumistas.... me parece que la durabilidad tambien debe convinarse con los cambios tecnologicos

saludos
 
Perfil

mirnalcantu
Capitán Primero

Mensajes: 862
Ingresó: Mayo 26, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 12:33
Re: Clasificacion Activo Fijo

Lo podemos ubicar en esta fracción del 40, VII LISR, como un digitalizador, según la RAE Digitalizar significa: Expresar datos en forma digital, podemos ubicar tu camara de Video en este concepto. y deducirlo al 30%.


VII. 30% para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.
 
Perfil

ovillareal
Cabo

Mensajes: 35
Ingresó: Febrero 04, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 12:38
Re: Clasificacion Activo Fijo

Perfecto, muchas gracias a todos.
 
Perfil

PROAN
Soldado

Mensajes: 12
Ingresó: Octubre 07, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 15:56
Re: Clasificacion Activo Fijo

Muchas gracias a todos por su respuesta y en efecto, la camara de video la podemos encajar en el rubro del Equipo de Computo y depreciarla al 30%
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/07 16:50
Re: Clasificacion Activo Fijo

Hola¡
creo q ya entre un poco tarde, pero:

1.- estoy de acuerdo con manejarlo al 30%
2.- hay que considerar las politicas de capitalizacion de AF que se tengan establecidas, a lo mejor ese importe pudiera considerarse como gasto (si es que hay limites para el AF).

En este caso inclusive 3 años para una camara de video puede quedar obsoleta en menos de un año, claro simepre y cuando los requrimietnos tecnicos así lo demanden y sea necesario adquirir otra con otras capacidades de almacenamiento o procesamiento de datos.

Sin embargo este punto es el ultimo que se considera en la mayoria de las empresas, por lo que me uno a ustedes.
saludos
 
************ Aquel que nada teme.....ten por seguro que nada sabe¡¡ ************
 
Perfil

AlexLopez
Sargento Primero

Mensajes: 115
Ingresó: Junio 15, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1