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03/May/07 16:46
ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

:(

SALUDOS

Resulta que la P.f le hace trabajos a una Persona Moral y la P.M. le hace pagos parciales en efectivo ejemplo:

la PM paga a PF___$1,500.00
la PM paga a PF___$1,800.00
la PM paga a PF___$1,900.00
la PM paga a PF___$1,800.00
la PM paga a PF___$1,500.00
la PM paga a PF___$1,500.00
la PM paga a PF___$1,900.00
la PM paga a PF___$1,800.00
TOTAL___________$13,700.00

Y YA AL FINAL DEL LA PF LE ENTREGA EL COMRPOBANTE POR $13,700.00 QUE EN EL MES LE PAGO
¿COMO PUEDE LA PERSONA MORAL DEDUCIR LA FACTURA POR LOS $13,700.00 O MAS BIEN COMPROBAR LOS PAGOS EN EFECTIVO QUE LE HIZO A CUENTA DE LA FACTURA PÀRA QUE SEA DEDUCIBLES YA QUE NO SE SACO EL CHEQUE POR CADA PAGO QUE LE ENTREGABA
 
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caperuso
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03/May/07 18:45
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

:evil:


¿ que paso?

vamos digan algon
 
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caperuso
Sargento Primero

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03/May/07 19:10
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

Cual es la pregunta o es un simple comentario.

De poder todos podrian, cual es la pregunta precisa a tu duda?

Esos pagos fueron en efectivo todos, o fueron con cheques, no entiendo bien, se mas preciso con las indicasiones, es dicil opinar sobre algo que no tiene ni pies ni cabeza

saludos
 
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mirnalcantu
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03/May/07 20:22

Los pagos parciales en efectivo.

Como se pagaron
De donde salio el efectivo?
Se pagaron de Caja Chica?
Que comprobante se tiene del pago parcial.

Debe haber algun documento que ampare dichos pagos.
 
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vabdo
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04/May/07 1:24
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

CAPERUSO:

LOS PAGOS EN EFECTIVO QUE ENTREGASTE, DEBES CONSIDERARLOS COMO "ANTICIPOS" Y ÉSTOS SON DEDUCIBLES DE ACUERDO A EL ART. 31 FRACCIONES III Y XIX.

YA QUE LOS ANTICIPOS SON MENORES A $2,000.00 C/U Y AL ENTREGARTE EL COMPROBANTE POR EL TOTAL, CUMPLE CON LAS FRACCIONES MENCIONADAS.
 
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CHAVALON
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04/May/07 11:07
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

Hola:

Siento contradecirte CHAVALON. No es con el afan de molestar, si no con el fin de poner los puntos en las ies "i", como me gusta ser. Bien centrados.... ni de izquierda (PRDistas), ni de derecha (PANISTA), pero tampoco PRISTA, propositivo y ecuanime lo mas posible. El justo medio de todos los intereses, que no es facil y a veces no es lo esperado, tambien tengo errores y soy humano.

Si te refieres a pagos en efectivo con dinero de caja, es decir constante y sonante, la SHCP en caso de una revision tendria la facultad de hacer no deducibles los pagos por los comprobantes superiores a $2,000.00, debido al incumplimiento con el 3er punto señalado mas adelante.

Existe 3 obligaciones basicas para hacer deducciones:

1.- La indispensabilidad...... NO LA ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE.... el adjetivo es exagerado e INMATERIAL, ni DIOS es indispensable para algunos. Ya habia explicado en otro topico que la INMATERIALIDAD, daria como resultado la NO APLICACION DE LA DISPOSICION, y en este caso con llevaria hacer caso omiso a ese calificativo. Art 31 Fracc I[/b:d043bd5175]

2.- La obtencion de la comprobacion fiscal, de conformidad con la reglamentacion del CFF y reglas adjuntas [b:d043bd5175]Art 31 Fracc III[/b:d043bd5175]

3.- El pago en efectivo con cheque nominativo con montos superiores a $ 2,000 [b:d043bd5175](Interpretacion discresional, no estricta) Art 31 Fracc III[/b:d043bd5175]

[b:d043bd5175]Al no cumplirse el tercer requisito a criterio de la autoridad, podria mediante su facultad de no considerar como aceptables esas partidas.[/b:d043bd5175]

Con esto no quiere decir que la SHCP tenga la razon, pues es solo una autoridad recaudadora (juez de linea con poderes de ser arbitro central) y no es una entidad definitoria.

El contribuyente si se defendiera, con altas posibilidades ganaria, si aporta las pruebas suficientes para argumentar que es un pago en efectivo para un gasto real, realizado por el para su propio negocio, que es indispensable, y que el 3er punto le atañe en su cumplimiento de la obligacion de contribuir, por que no le da la libertad de elegir al forma de pago que mas le favoresca, en el momento que realiza ese tipo de operaciones, y le transgrede la GARANTIA CONSTITUCIONAL DE LA LIBERTAD.[/color:d043bd5175]

[color=red:d043bd5175]¿Pero cuantos estarian dispuestos a "pelear" y por cuanto?[/color:d043bd5175]

Existeria todavia un 4 punto basico:

4.- Anotar en el comprobante (anverso podria ser) la manera de como se fueron diendo los pagos con fecha, para el control del acreditamiento del IVA
[b:d043bd5175]
Al mencionar basicos, hago referencia que no son los unicos requisitos.


Saludos



PD

Art 31 LISR

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y
que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del
contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos
electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando
dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

([color=red:d043bd5175]En aplicacion estricta debiese ser aplicable como CHAVALON indica, si se considerara unicamente el anterior parrafo, pero entonces ¿que finalidad tendria el resto de la disposicion????
Deja a mucha discrecionalidad y da lugar a incertidumbre fiscal. ¿No se que opinen el resto de los foristas?

Me parece que el sentido de la disposicion es provocar que los contribuyentes dejen evidencia de que realizaron operaciones reales mediante la implementacion de sistemas de pagos con operaciones bancarias, para no batallar en adivinar si fueron operaciones reales o apocrifas.

Y un ejemplo de esto, es el siguiente parrafo ya lo han acomodado de mil manaras, pues el niño no se acomodado y la SHCP no da una...

[color=blue]Tratándose del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el
pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de
débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos a que se refiere el párrafo
anterior, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00.[/color:d043bd5175]

los pagos que en los términos de esta fracción deban efectuarse mediante cheque
nominativo del contribuyente, también podrán realizarse mediante traspasos de cuentas en
instituciones de crédito o casas de bolsa.
Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques
nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, monederos electrónicos o mediante
traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa a que se refiere esta
fracción, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios
bancarios.

Cuando los pagos se efectúen mediante cheque nominativo, éste deberá ser de la cuenta del
contribuyente y contener su clave del Registro Federal de Contribuyentes así como, en el
anverso del mismo la expresión "para abono en cuenta del beneficiario".
Los contribuyentes podrán optar por considerar como comprobante fiscal para los efectos de
las deducciones autorizadas en este Título, los originales de los estados de cuenta de
cheques emitidos por las instituciones de crédito, siempre que se cumplan los requisitos que
establece el artículo 29-C del Código Fiscal de la Federación.

Los gastos por restaurantes, permitirlo deducirlos parcialmente ES INCONSTITUCIONAL, al igual que la deduccion por AUTOMOVILES.

¿por que no tener el DERECHO COMPLETO?

La autoridad, el congreso y los economistas, buscan aplicar el principio de PROPORCIONALIDAD EN LAS DEDUCCIONES ¿Que no es para la RENTA Y DEMAS BASES TRIBUTARIAS?
 
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mirnalcantu
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04/May/07 17:57
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

MIRNALCANTU:

Y LEÍSTE LA FRACC. XIX DEL ART. 31, QUE TAMBIÉN CITÉ ?

DICHA FRACCIÓN MENCIONA LOS "ANTICIPOS", QUE ES LA BASE DE MI COMENTARIO.
 
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CHAVALON
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05/May/07 13:00
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

:)

CHAVALON gracias y se aplican como anticipos y el iva se acredita por cada pago parcial qe hice porque la persona moral deduce hasta la anual

Lo que pasa es que es una empresa de control de calidad de materiales y como hay que hacer muestras de los materiales, visitas de campo, trasladar al personal el equipo que se tenga que utilizar para hacer el trabajo por lo que se subcontrata para desarrollar dicho trabajo ( que tome las muestras ytraslade a su equipo y sus trabajadores) por lo que requiere de anticipos para poder realizar el trabajo y muchas veces se tienen que ir a la obra en horarios que no son los habituales(6:00 DE LA MAÑANA O UN DIA NO LABORABLE PARA QUE ESTEN EL LA OBRA) Porque resulta a veces immposible darles el cheque en tonces lo que se me ocurrio es que el proveedor nos firmara vales de caja de el efectivo entregado ya que el proveedor al entregar la factura para el ya estaba pagado aplicando los anticipos que ha recibido.
 
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caperuso
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05/May/07 14:49
Re: ayuda una PM paga HACE Pagos en efectivo a P.F.

ES CORRECTO LO QUE HICISTE, YA QUE LOS "ANTICIPOS" NO EXCEDEN DE $ 2,000.00 C/U Y ACREDITAS EL IVA CORRESPONDIENTE EN CADA PAGO.

AL FINAL NO IMPORTA EL IMPORTE DEL COMPROBANTE QUE AMPARA EL TOTAL, YA QUE CUMPLES EN AMBOS CASOS CON LO SEÑALADO EN LAS FRACCIONES XIX Y III DEL CITADO ARÍCULO 31 Y DEL 29 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LISR.

SALUDOS
 
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CHAVALON
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05/May/07 22:41

Me quede con una duda.

En cada vale de caja que pagaste.
Acreditas el IVA?
 
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vabdo
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