Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
02/May/07 15:59
CADUCIDAD DE COMPROBANTES

HOLA BUENAS TARDES

HAY ALGUNA REGLA QUE ME PERMITA SEGUIR UTILIZANDO LOS COMPROBANTES FISCALES CUANDO ESTOS HAYAN CADUCADO

( RECIBOS DE HONORARIOS DE PFY FACTURAS DE UNA PM )

O UNA VEZ CADUCADOS YA NO LOS PUEDO EXPEDIR

GRACIAS A TODOS POR EL FAVOR DE SU ATENCION
 
Perfil

CPJORGTOMB
Subteniente

Mensajes: 150
Ingresó: Agosto 08, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/May/07 17:08

HOLA, ESE TEMA LO HEMOS TRATADO MUCHISIMAS VECES, TE INVITO A UTILIZAR EL BUSCADOR.......AHI ENCONTRARAS RESPUESTA A TU DUDA


http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=search

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/May/07 9:09
Re: CADUCIDAD DE COMPROBANTES

El Articulo publicado el 02/may/07 [/b:8e6df2c073]de nombre [u:8e6df2c073]Resolución Miscelánea Fiscal 2007[/u:8e6df2c073], aqui en [color=blue:8e6df2c073]FISCALIA[/color:8e6df2c073] menciona esta regla:

[b:8e6df2c073]Vigencia de dos años en comprobantes fiscales (2.4.19.) Se generaliza la obligación de que los comprobantes fiscales tengan una vigencia de dos años, al eliminarse la fracción I de esta regla que establecía que dicha vigencia era aplicable únicamente a personas morales que tributen conforme al Título II de la Ley de ISR y a personas físicas con actividades empresariales y profesionales, excepto aquellas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas.
Con este cambio, la vigencia de los comprobantes es aplicable para todos los contribuyentes.
 
Alejandro Gamborino
 
Perfil

aruiz
Capitán Primero

Mensajes: 732
Ingresó: Julio 28, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1