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02/May/07 12:51
AVISO OPCION DICTAMEN

Buenos días colegas espero hayan disfrutado de un excelente Día del Trabajo. Compañeros tengo una duda, una persona moral de nueva creación no obligada a dictaminarse por el ejercicio 2006 opta por hacerlo, pero no ha presentado la anual del 2006.

La RM 2007 2.10.22 establece que quienes opten por dictaminar sus estados financieros deberán hacerlo a más tardar el 31 de marzo.

Alguien me puede orientar sobre qué debemos hacer, presentar el escrito? presentar la anual y manifestar la opción? no encuento el fundamento de qué hacer en este caso particular.

Gracias por su ayuda
 
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!! San Agustín
 
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amigodetodos
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02/May/07 15:50
Re: AVISO OPCION DICTAMEN

Hola:

ya se paso el tiempo si metes el escrito chance te alcance para que los auditores de hacienda se preparen para llegar a ser una visita y aparte te negaran el aviso.

Ahora hasta el año que viene que no se pase si todavia tiene las ganas.

saludos
 
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mirnalcantu
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03/May/07 9:13
Re: AVISO OPCION DICTAMEN

El SAT publico el [u:6113941a75]24 de Abril [/u:6113941a75]las reglas aplicables para presentar el aviso de dictamen[/b:6113941a75], y la declaración del ejercicio de contribuyentes dictaminados y no se encuentra nada que te pueda ayudar. Como lo indica [b:6113941a75]mirnalcantu, la fecha ya paso para personas morales

1. Los contribuyentes personas morales que en los términos de lo establecido en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, no necesitan indicar su obligatoriedad en la declaración del ejercicio en el recuadro “indique si esta obligado a dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales, 20 Personas morales régimen simplificado y 21 Personas morales con fines no lucrativos).

Tampoco será necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.

2. Los contribuyentes personas morales no obligados a hacer dictaminar sus estados financieros y que deseen ejercer la opción, deberán estar a lo siguiente:

*Personas morales (Con saldo a cargo en isr o ia)
Deberán manifestar su opción de dictaminar en la declaración del ejercicio, marcando “si” en el recuadro “indique si opta por dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales y 20 Personas morales régimen simplificado), sin que sea necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.
* Personas morales (Sin cantidad a cargo ni saldo a favor, o con saldo a favor en isr o ia)
Ejercerán su opción de dictaminar en la declaración del ejercicio, marcando “si” en el recuadro “indique si opta por dictaminar sus estados financieros” (formatos: 18 Personas morales y 20 Personas morales régimen simplificado).

3. Los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que en los términos de lo establecido en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, con saldo a cargo en isr o ia, no será necesario que en el applet bancario señalen que son contribuyentes que se van a dictaminar.

4. Los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales no obligados a hacer dictaminar sus estados financieros y que deseen ejercer la opción, conforme a la regla 2.10.22. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, deberán presentar escrito libre ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, durante el mes de abril de 2007.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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03/May/07 12:57
Re: AVISO OPCION DICTAMEN

Gracias por sus comentarios, yo le dije lo mismo a nuestro CPR y me dijo que presentara la anual extemporánea y que señale la opción de dictamen.

Saludos
 
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amigodetodos
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08/May/07 12:18
Re: AVISO OPCION DICTAMEN

Bueno pero la opcion de dictaminarse es de la compañia no del CPR

Saludos
 
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mirnalcantu
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