24/Abr/07 1:09
Re: ACTUALIZACIONES Y RECARGOS
Tu pago es oportuno....
el dia festivo del 21 de Marzo se recorrio para el 19 de Marzo, si pagaste el dia 20 el es pago OPORTUNO
Si llegase algun requerimiento podrias sustentarlo con el CFF en su articulo Art 12
No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, si el último día del plazo o en la fecha
determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario
normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil[/b:ba04a4099d]. Lo
dispuesto en este Artículo es aplicable, inclusive cuando se autorice a las instituciones de crédito para
recibir declaraciones. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el
último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, ante las instituciones de crédito
autorizadas.
y con...
Artículo 74 LFT. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
[b:ba04a4099d]III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias,
para efectuar la jornada electoral
Si existieron varios bancos que no aceptaron el pago, y ni por internet tampoco, por desconocimiento de estas disposiciones.
saludos