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04/Abr/07 14:26
PTU en anual 2006¿?

Buenas tardes..

Una duda, ¿que tratamiento fiscal debe tener la PTU pagada en el ejercicio 2006?, ya que algunos colegas me comentan que se debe disminuir a la utilidad fiscal para obtener asi el resultado fiscal del ejercicio, y otros que no, que debe considerarse una partida no deducible para ISR....y que existe aun la condicionante respecto a que si la prevision social rebaza el monto de PTU pagada no se tiene derecho a disminuirla... 8O

gracias por su apoyo.....
 
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pantoja
Sargento Primero

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04/Abr/07 14:51

La ptu pagada en 2006 ya se puede disminuir del resultado fiscal del ejercicio 2006.

Ya no tienes que comparar con prevision social o con algun otro concepto de sueldos.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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04/Abr/07 15:19
Re: PTU en anual 2006¿?

Fundamento: art 10 LISR y para la persona que te dijo lo otro, pidele el fundamento.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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04/Abr/07 15:58
Re: PTU en anual 2006¿?

Es que panntoja de seguro no tiene el acceso total a la pagina (jajaja paga ..paga )
 
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BR1
Coronel

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04/Abr/07 19:46
Re: PTU en anual 2006¿?

¿pagar, para qué? si lo interesante esta aqui en los foros......

Gracias por sus respuestas, ya le dí una leida a los fundamentos..y me queda claro.
 
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pantoja
Sargento Primero

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05/Abr/07 22:42

Artículo 10 LISR........

El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue:
I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables
obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido se
le disminuirá, en su caso,

la participación de los trabajadores en las utilidades de las
empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.


saludos
 
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mirnalcantu
Capitán Primero

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