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30/Mar/07 16:57
Poder general

Alquien podría decirme que consecuencias me podría general el tener un poder general para pleitos y cobranzas de una empresa...

les agradesco.
 
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JC79VAS
Soldado

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31/Mar/07 21:19

Poder general para pleitos y cobranzas.

El tenerlo no tienes ningun problema.
El usarlo, significa una responsabilidad, del buen uso que le daras.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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01/Abr/07 21:38
Re: Poder general

EXISTEN ALGUNOS PODERES BASTANTE AMPLIOS CON RESERVA DE DOMINIO EN LA CUAL HASTA PODRIAS VENDER LA CIA.

EN TU CASO REFIERES Q ES PARA COBRANZA, ACTOS ADMINISTRA- TIVOS EN GRAL. ETC.... PERO COMO DICE EL COLEGA LA RESPONSA-
BILIDAD ESTA EN EL MANEJO QUE SE LE DA AL PODER.


OJALA TE APOYE MI COMENTARIO
 
' Donde todos piensan igual, nadie piensa mucho ' Walter Lipmann
 
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lwyzgtz
Teniente

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02/Abr/07 10:32
Re: Poder general

Gracias Señores

Entonces podria decir que, alfirmar yo un contrato, por ese contrato que firmo como a poderado (es poder amplio), tengo la misma responsabilidad que el representante legal?, esto es solidaria, ilimitada, etc, etc...?
 
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JC79VAS
Soldado

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02/Abr/07 13:19
Re: Poder general

Los poderes generales para actos de administración[/b:b9d4cc4baf], son aquellos que sirven para administrar bienes y bastará expresar que se dan con ese carácter para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.

Entendiéndose por administrar, la realización sobre bienes ajenos una actividad dirigida a hacerlos servir de diversas maneras en provecho de alguien, generalmente con obligación de rendir cuentas.

Los poderes generales para [b:b9d4cc4baf]actos de dominio, son aquellos donde se ejerce la propiedad sobre los bienes y bastará que se den con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones, a fin de defenderlos.

Entendiéndose por propiedad, el poder que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo universal por virtud de una relación que se origina entre el titular y dicho sujeto.

La persona a quien se le concede un poder para actos de administración y dominio, como ya quedo expresado, significa tener la firma de la sociedad, es decir actuar como dueño de la misma.

Si la persona que cuenta con este poder actuará de mala fe podría hasta vender la negociación o los bienes que deseará, y realizar cualquier acto fraudulento en contra de la empresa mediante la celebración de contratos, por ejemplo.

Sin embargo, está obligada a rendir cuentas de su actuación conforme al artículo 2569 del Código Civil y en el caso de que se exceda en las actuaciones, será responsable de daños y perjuicios

Además resulta importante recordar que tanto este poder, como cualquier otro son revocables en cualquier momento.

Por lo anterior es muy significativo conocer lo mejor que se pueda a la persona a quien se le otorga este tipo de mandato.

[i:b9d4cc4baf][size=9:b9d4cc4baf]La responsabilidad que adquiere el aceptante de un Poder General para Pleitos y Cobranzas, es cumplir exacta y fielmente el encargo ya que en caso de no hacerlo está obligado a la indemnización y pago de daños y perjuicios al mandante y al tercero afectado; en este caso, el mandante decidirá si acepta o ratifica los actos hechos por el mandatario o bien se los deja a su cargo, tal y como se prevé en el artículo 2565 y 2568 del Código Civil Federal[/size:b9d4cc4baf][/i:b9d4cc4baf]
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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04/Abr/07 9:52
Re: Poder general

Gracias aruiz

Pero ahora invirtiendo las cosas:

Digamos si a mi me dan porder para pleitos y cobranzas, así tambien de forma general. Y el representante legal me pide que firme un contrato.

¿tengo la misma responsabilidad que el representante legal en caso de demanda por ese contrato?

Es decir en caso que el contrato sea un fraude?.

Suena medio escabrozo pero sucede...

Gracias
 
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JC79VAS
Soldado

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04/Abr/07 12:23

Porque dices que el representante legal te pide que lo firmes, que no te das cuenta que con el poder que tienes tu eres representante legal para este tipo de actos?
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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04/Abr/07 16:50
Re: Poder general

CERVANTES-QUIJANO ya te lo indico.

En caso de algun problema recuerda que tu eres un representante LEGAL.

Y unporblema legal recae sobre la demnadad, que en este caso seria la PERSONA MORAL.

Los representantes tendrian que hacer frente con las obligaciones inherentes a su envestidura, de representante.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
Capitán Primero

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