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28/Mar/07 12:03
(Publicada en el DOF del 28 de marzo de 2007)

XIV Modificación a la Miscelánea Fiscal 2006


Publicación oficial de la modificación a la Resolución Miscelánea.

Categoría: Fiscal
Fecha de Publicación: Miércoles 28 de marzo, 2007




Con fecha 28 de marzo de 2007 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Décima Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 y sus anexos 7, 10 y 26.

Los cambios a esta resolución fueron comentados en la nota “Análisis del Anteproyecto de la XIV Modificación a la Miscelánea 2006”, publicada por Fiscalia el 26 de marzo de 2007. Para conocer los detalles de las modificaciones se sugiere la lectura de esa nota.

En esta Resolución se modifican los siguientes Anexos:

Anexo 7 - Acciones, obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista.

Anexo 10 - Acuerdos que reúnen las características de acuerdo amplio de información.
En este anexo se incluyen los tratados de México con el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y el de México con Brasil, como acuerdos que reúnen las características mencionadas.

Anexo 26 - Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
En este anexo se adicionan criterios en materia de Impuesto sobre la Renta y de Impuesto al Valor Agregado.

Este documento, así como la Resolución Miscelánea actualizada con los cambios realizados, están disponibles en la sección Legislación de Fiscalia.

Los Criterios No Vinculativos también pueden ser consultados en la sección Legislación.

La lista de acuerdos que reúnen las características de acuerdo amplio de información puede ser consultada en la sección Tablas e Indicadores.




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Décima Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 y sus anexos 7, 10 y 26.

(Publicada en el DOF del 28 de marzo de 2007)


ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/legislacion07/14armf280307.doc


PUES AHORA SI ES OFICIAL......Y SIGO INSISTIENDO, ......HASTA QUE ESTE EN FUNCIONES (CORRECTAMENTE) LA PLATAFORMA DEL SAT


SALUDOS
 
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lobozac
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28/Mar/07 12:34
Re: (Publicada en el DOF del 28 de marzo de 2007)

LOBOZAC :

QUE OPINAS DE LA REGLA SIGUIENTE :

2.9.16. Para los efectos del artículo 25, primer párrafo del CFF y el artículo 16, fracción XI de la LIF, [color=yellow:f088b4a193]los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal en el IMPAC[/color:f088b4a193], estarán relevados de presentar el aviso ante las autoridades competentes en materia de estímulos fiscales.

Entiendo que aun cuando no ingrese los $4´000,000 en 2006 tengo obligación de presentar provisionales, cual es la opción si no lo aplico ?

Pagarlo ?
 
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Begesgar
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28/Mar/07 12:35

LA VERDAD, NO VEO NADA CON ESAS LETRAS TAN FOSFORESCENTES......NO SE SI ALGUIEN SI LAS PUEDA LEER

SALUDOS
 
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lobozac
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28/Mar/07 12:41
Re: (Publicada en el DOF del 28 de marzo de 2007)

Sale sin fosfo :

2.9.16. Para los efectos del artículo 25, primer párrafo del CFF y el artículo 16, fracción XI de la LIF, los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal en el IMPAC, estarán relevados de presentar el aviso ante las autoridades competentes en materia de estímulos fiscales.
 
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28/Mar/07 12:54

Pues ahora si.

Gracias Lobozac por la informacion.

Saludos
 
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28/Mar/07 14:29

NO PUES TENDRIA QUE ANALIZAR ESTOS FUNDAMENTOS artículo 25, primer párrafo del CFF y el artículo 16, fracción XI de la LIF.....PARA PODER EXPRESARTE UNA OPINION FUNDADA PROPIA.....Y NO COMENTAR TONTERIAS (COMO A VECES LO HAGO )......DEJAME DOY UN TIEMPO Y CON GUSTO


SALUDOS
 
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28/Mar/07 14:41
Re: (Publicada en el DOF del 28 de marzo de 2007)

[quote:80e8e1cde7="Begesgar"]LOBOZAC :

QUE OPINAS DE LA REGLA SIGUIENTE :

2.9.16. Para los efectos del artículo 25, primer párrafo del CFF y el artículo 16, fracción XI de la LIF, [color=yellow:80e8e1cde7]los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal en el IMPAC[/color:80e8e1cde7], estarán relevados de presentar el aviso ante las autoridades competentes en materia de estímulos fiscales.

Entiendo que aun cuando no ingrese los $4´000,000 en 2006 tengo obligación de presentar provisionales, cual es la opción si no lo aplico ?

Pagarlo ?[/quote:80e8e1cde7]

Para mi que la autoridad enrredo el asunto!!!!
 
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pantoja
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