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21/Mar/07 17:41
¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Hola Buen dia:

tengo una duda, debo de abrir una cuenta por un el isr retenciones por asimilados a salarios...si empece a trabajar con asalariados.
Ya ven que para declarar existen dos opciones...
ISR retenciones por salarios
e ISR retenciones por asimilados a salarios

Por fis...les agradezco sus comentarios
 
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GrupoAguila
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21/Mar/07 18:56
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Pues es muy util para identificar exactamente cuanto fue de asimilados y cuanto por salarios, porque al momento de hacer tus cruces para cuadrar tus pagos o tus declaraciones te facilita su identificación.

Saludos.
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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21/Mar/07 19:02
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Oka..muchas gracias Juancarm
 
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GrupoAguila
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22/Mar/07 17:03
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

No, pero sí :P ....ah chin ¿cómo esta eso? :twisted: jejeje

NO: por que tus ingresos acumulables y en su caso el acreditamiento de ISR que se retenga será en base a las constancias que le otorguen, tanto por asimilado como por sueldos y salarios.

SI: Para la devolución en caso de resultar saldo a favor, o en su caso para el pago de impuestos si resultare a cargo.
 
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BR1
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22/Mar/07 17:11
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Gracias BR1

Pero...para realizar mis pagos provisionales una de las opciones que vienen en el portal del banco es precisamente es
ISR retenciones por asimilados a salarios

por ello es mi duda si debo separar los ingresos por salarios normales y los asimilados para declararlos en estos dos renglones.


¡Mil gracias!
 
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GrupoAguila
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22/Mar/07 18:47
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Debes separar tanto los importes pagados por concepto de asimilados como los importes retenidos por ese concepto, debido a que te servirá para declarar el concepto de retenciones por asimilados, también porque los asimilados no entran en la determinación del subsidio acreditable y si tienes todo junto podrías incluirlos indebidamente, también porque no son
salario base de cotización para efectos del IMSS y si no los tienes identificados como asimilados te pueden hacer pasar un mal trago, (los del IMSS).
No se si te sirva.
 
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nolz
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22/Mar/07 18:57
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Mil gracias por sus comentarios...

Tienen razon
Voy a separar los ISR para declararlos efectivamente en el renglon correspondiente
 
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GrupoAguila
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23/Mar/07 18:18
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

Pense que hablabas de cuenta bancaria :D

Deberas tener, para efectos de claridad los conceptos que señala el portal bancario (que esta acorde con la autoridad), ya que si no, enteraras impuestos por conceptos que no proceden...por ejemplo en el caso de retenciones de ISR, se manejan ademas de las que mencionas, las ret. de ISR por arrendamiento.....
 
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BR1
Coronel

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24/Mar/07 18:24
Re: ¿Se debe abrir cuenta por asimilados?

BUENAS TARDES ESOTY DE ACURDO CON LOS COLEGAS DEBES SEPARAS TANTO EN TU CUENTA DE GASTOS NO INCLUIRLA EN LA SUBCUENTA DE SUELDOS Y EN EL PASIVO UNA CUENTA APARTE PARA LA RETENCION ESTO CLARO DEPENDE EL MOVIMIENTO QUE SE TENGA YA QUE EN ISR PUEDE SER QUE TENGAS RETENCION POR HONORARIOS O ARRENDAMIENTO SI ES PERONA MORAL EL QUE PAGA Y ESTOS TRES CONCEPTOS SE DECLARAN APARTE EN EL PAGO AL SAT.

ESPERO TE SIRVA EL COMENTARIO.


SALUDOS.
 
EL BIEN Y EL MAL SIEMPRE ESTAN PRESENTES NOSOTROS ELEGIMOS.
 
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ANROSO
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