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15/Mar/07 12:17
Enejanció de bienes ¿duplicidad de deducción?

Que tal, buenas tardes.

Les presento el siguiente caso:

PF, dueña de terreno, construye locales para darlos en arrendamiento....esto apartir de 2005, en los ejercicio 2005,2006 y 2007 dedujo en base a "deducciones autorizadas" incluyendo la deducción del edificio.

Hoy, enajena dichos bienes (terrenos y construcciones), se determinará el impuesto en base al capítulo de "enajenacion de bienes", en el cual deducira el 3% anual de la construccion.

¿Existe doble deducción, al considerar como tal tanto el 5% de cada ejercicio (arrendamiento) y ahora el 3% por enajenación de bienes?

Saludos y gracias por su opinión!!
 
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BR1
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15/Mar/07 12:39

Creo que no se duplican las deducciones.

Porque, el 3%, es para efecto del pago de impuesto sobre enajenacion.
 
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vabdo
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15/Mar/07 12:41
Re: Enejanció de bienes ¿duplicidad de deducción?

Sí, dos capitulos diferentes...pero me surgio la inquietud..... 8O
 
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BR1
Coronel

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