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06/Mar/07 12:06
VENTA DE INMUEBLES

QUISIERA VER QUIEN ME PUEDE HAYUDAR PARA LA VENTA DE CASA: El caso es el siguiente,
se vende una casa en $360,000. y el notario me cobra $42,000
Como le puedo hacer para pagar menos.
 
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JUANAPEREZ
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06/Mar/07 12:07
Re: VENTA DE INMUEBLES

Demostrando que es casa habitación del que enajena....
 
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BR1
Coronel

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06/Mar/07 12:53
Re: VENTA DE INMUEBLES

Buenas tardes.

Primero hay que ver por que concepto te esta cobrando los $42,000.00 para poder ver si se puede hacer algo para pagar menos.


Saludos
 
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CARAS
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06/Mar/07 12:58
Re: VENTA DE INMUEBLES

[quote="CARAS"]Buenas tardes.

Primero hay que ver por que concepto te esta cobrando los $42,000.00 para poder ver si se puede hacer algo para pagar menos.


Saludos[/quote

Es correcto, ya que quizas sean honorarios....pero en su caso deberian ser absorvidos por el que compra...y con el ISAI es el mismo supuesto....a menos que me equivoque es ISR
 
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BR1
Coronel

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06/Mar/07 13:18
Re: VENTA DE INMUEBLES

Asi es BR1, y hay que ver si es la primera enajenacion de casa habitacion para ver si aplica la excencion del art. 109 fracc. XV de la Ley de ISR o no aplica si es la segunda o posteriores enajenaciones.
 
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CARAS
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06/Mar/07 13:51
Re: VENTA DE INMUEBLES

CARAS

si fué pregunta la tuya, te comento que LISR según yo, no distingue entre casa usada o nueva (por aquello de ser o no la primer enajenación)..siempre que cumpla con lo que señala el reglamento en sus art. 129 y 130
 
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BR1
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06/Mar/07 13:55
Re: VENTA DE INMUEBLES

[quote:b1d9413e6f="BR1"]CARAS

si fué pregunta la tuya, te comento que LISR según yo, no distingue entre casa usada o nueva (por aquello de ser o no la primer enajenación)..siempre que cumpla con lo que señala el reglamento en sus art. 129 y 130[/quote:b1d9413e6f]

CARAS se refiere a que solo se puede hacer una enajenacion de casa habitacion por ejercicio por cada contribuyente.
 
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DCT1979
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06/Mar/07 15:22
Re: VENTA DE INMUEBLES

Art. 109.- INGRESOS EXENTOS[/b:bd365443fa]
Enajenaciones

[b:bd365443fa]XV. Los derivados de la enajenación de:
Casa habitación [/b:bd365443fa]

a) [b:bd365443fa]La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público[/b:bd365443fa]. Por el excedente se determinará, en su caso, la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pago provisional en los términos del Capítulo IV de este Título, considerando las deducciones en la proporción que resulte de dividir el excedente entre el monto de la contraprestación obtenida. El cálculo y entero del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público conforme a dicho Capítulo.

[b:bd365443fa]La exención prevista en este inciso no será aplicable tratándose de la segunda o posteriores enajenaciones de casa habitación efectuadas durante el mismo año de calendario.
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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07/Mar/07 11:36

Otro detalle a considerar, es que en el calculo del impuesto, se considera la tarifa de isr sin subsidio.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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07/Mar/07 13:08
Re: VENTA DE INMUEBLES

Buenas tardes.

Tal vez no exprese bien mi comentario, por eso la confusion de BR1, pero hago mencion de que no me referia a que si se trataba de enajenacion de casa habitacion nueva o usada, sino a que si la persona que enajena la casa habitacion en las condiciones en que este (nueva o usada), no ha vendido anteriormente otra casa habitacion nueva o usada tambien, ya que la fraccion XV del art. 109 de la LISR dice que tratandose de la segunda o posteriores enajenaciones de casa habitacion efectuadas durante el mismo año de calendario, no sera aplicable la exencion prevista en dicha fraccion en su inciso a)...

En mi interpretacion, eso quiere decir que la exencion por venta de casa habitacion solo aplica a la primera enajenacion de una casa habitacion que haga una persona fisica, independientemente de que si dicha casa habitacion es nueva o usada.

Saludos
 
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CARAS
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