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28/Feb/07 14:19
DIAS FESTIVOS

HOLA COMO VERAN YA ACABAMOS FEBRERO, Y POR CONSIGUIENTE YA ESTAN PREGUNTANDO LO DEL 21 DE MARZO. SE QUE ESTA AÑO EL DIA FESTIVO SE ADELANTARA PARA EL 19 DE MARZO. PERO QUIERO PREGUNTARLES SI ALGUIEN DE USTEDES TIENE EL ARCHIVO DONDE VIENE EL DECRETO DEL CAMBIO DE LOS DIAS FESTIVOS PARA ESTE AÑO.

GRACIAS
 
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codi
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28/Feb/07 15:09
Re: DIAS FESTIVOS

Hola codi.
Dentro de esta misma pagina lo podrás encontrar
Te dejo la liga.

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&file=article&sid=1253


por si no lo encuentras dice así:

DECRETO por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. DOF 17/01/2006
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión , se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo . Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Por la conmemoración en el año 2006 del natalicio de Don Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, la fracción III, tendrá vigencia a partir del año 2007.
México, D.F., a 15 de diciembre de 2005.- Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Patricia Garduño Morales, Secretaria.- Sen. Micaela Aguilar González, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.

Saludos.
 
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cholilo
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28/Feb/07 15:29
Re: DIAS FESTIVOS

GRACIAS POR EL DATO
 
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codi
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